El fallo sobre el despido del comit¨¦ de Al¨²mina puede provocar un cambio de las leyes laborales
El juicio celebrado ayer ante la Magistratura de Trabajo n¨²mero 2 de Lago por el despido de los 23 miembros del comit¨¦ de Al¨²mina-Aluminio no tiene precedentes en la historia laboral espa?ola al tratarse del primer caso en que se produce el despido de la totalidad del comit¨¦. El fallo sentar¨¢ jurisprudencia y, seg¨²n las fuentes jur¨ªdicas consultadas, puede provocar incluso, la modificaci¨®n de leyes laborales. Pese a ello, el profesor Sagardoy, defensor de la empresa, considera que "no se trata de un juicio a la clase trabajadora, a sus ¨®rganos de representaci¨®n ni a los sindicatos".
Juan Antonio Sagardoy, miembro del equipo de juristas que defiende a la empresa, entiende que se analiza el alcance del art¨ªculo 68 del Estatuto de los Trabajadores. "Lo que est¨¢ en juego es el modelo de relaciones laborales en una democracia", afirm¨®. Antonio G¨®mez de Enterr¨ªa, defendiendo a Al¨²mina Espa?ola, SA; calific¨® de "tumulto revolucionario" la pretensi¨®n del comit¨¦ de hacerse cargo de la empresa.El comit¨¦ de empresa de la factor¨ªa de Inespal Al¨²mina-Alumino, situada en San Cipri¨¢n, al norte de la provincia de Lugo, actu¨® con vulneraci¨®n de la legalidad, un claro desbordamiento de sus competencias y transgrediendo la buena fe contractual siendo el principal responsable de la paralizaci¨®n de la producci¨®n en el complejo, seg¨²n las conclusiones a las que lleg¨® el letrado de la empresa, Juan Antonio Sagardoy Bengoechea, en el juicio celebrado ayer por el despido de los 23 miembros que lo componen. El defensor de los trabajadores, Luis Enrique de la Villa, solicit¨® que los despidos sean declarados radicalmente nulos y en ¨²ltimo extremo improcedentes.
La defensa de los trabajadores, representada por el catedr¨¢tico de Derecho Procesal Luis Enrique de la Villa y Esperanza L¨®pez Silvosa, sostuvo en la vista de ayer que el despido es irregular y absolutamente injustificado, ya que se llev¨® a cabo por participar, incitar y sostener una huelga que en su opini¨®n no ha existido. Como en el anterior juicio por el despido de 111 trabajadores, centr¨® su intervenci¨®n en defender las tesis de que no se produjo abandono de los puestos de trabajo sino una evacuaci¨®n que previamente hab¨ªa sido pactada con la direcci¨®n de la empresa y destac¨® que cuando una persona que ostenta una representatividad laboral es despedida por el ejercicio de su funci¨®n se trata de un despido radicalmente nulo. De igual forma mantuvo que el comit¨¦ no actu¨® en ning¨²n momento por la fuerza y que se produjo un despido con car¨¢cter retroactivo. Por todo ello solicit¨® la declaraci¨®n de radicalmente nulos, nulos de derecho o improcedentes.
El equipo de letrados de la empresa, integrado por el tambi¨¦n catedr¨¢tico de Derecho Procesal, Juan Antonio Sagardoy, Daniel Salazar, Julio Veloso y Antonio G¨®mez de Enterr¨ªa, mantuvo que la conducta de los 23 representantes de los trabajadores "es en todo momento insostenible" pero de forma especial desde que el mercante Galerno abandona San Cipri¨¢n con los bidones hacia Holanda y no se produce una reintegraci¨®n a los puestos de trabajo. Especial atenci¨®n prest¨® a la comunicaci¨®n remitida a la empresa por el comit¨¦, en la cual solicitaba la transferencia de todas las competencias civiles y administrativas sobre la factor¨ªa, para que el comit¨¦ junto con los trabajadores pusiesen en servicio las instalaciones y constituy¨¦ndose en consejo de administraci¨®n.
"Constituirse como quiso el comit¨¦ en consejo de administraci¨®n es un hecho ins¨®lito", dijo Sagardoy. "Y no se nos diga que el art¨ªculo 6 del C¨®digo Civil les ampara, en base a la interpretaci¨®n realista de las normas, ya que al pedir todos los poderes de la empresa, ni se trataba de poner en funcionamiento la experiencia francesa o italiana de restricci¨®n del poder empresarial, ni la alemana de compartir el poder, ni aun siquiera la yugoslava de asunci¨®n del mismo, pues aun en este caso hay parcelas de poder ajenas a los trabajadores".
Testimonios contradictorios
Entre los numerosos testigos de las dos partes que prestaron declaraci¨®n, se hallaba adem¨¢s del director del complejo, Jos¨¦ Luis Benito Mo?ita, y el subdirector y jefe de la planta de aluminio, Manuel Franco Leal, que incurrieron en contradicciones, los alcaldes de los municipios coru?eses de Corcubi¨®n y Noya, Rafael Mouzo y Pastor Alonso, quienes confirmaron que seg¨²n sus informaciones, los bidones del Cason que se trasladaron a Lugo eran los que conten¨ªan los productos m¨¢s peligrosos y que existi¨® un clima de p¨¢nico e histerismo generalizado entre la poblaci¨®n, por su presencia.El presidente del comit¨¦ Jos¨¦ Angel P¨¦rez, afirm¨® que ¨¦ste actu¨® de forma colegiada y que en ning¨²n momento se impidi¨® el acceso a la factor¨ªa de los trabajadores que pretend¨ªan reincorporarse a sus puestos, lo que fue desmentido m¨¢s tarde por testimonios de otros testigos, quienes mantuvieron que ¨²nicamente se permiti¨® el acceso a los jefes de departamento. L¨ªderes sindicales, alcaldes y concejales de la comarca lucense de A Mari?a y trabajadores del complejo, aseguraron que se trat¨® de una evacuaci¨®n y no de una huelga, lo que fue rebatido por otros testigos.
Al juicio, seguido por un elevado n¨²mero de trabajadores a trav¨¦s de un circuito cerrado de v¨ªdeo, asistieron en calidad de observadores los l¨ªderes sindicales, Manuel Zaguirre (USO), Apolinar Rodr¨ªguez (UGT), Ignacio Tojo (CC OO) y Xan Carballo (INTG). En las inmediaciones de la magistratura casi un millar de trabajadores se manifest¨® en solidaridad con los despedidos.
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