La Comunidad Europea emplaza a Espa?a para que modifique la legislaci¨®n de ayudas a la Prensa
El sistema de ayudas a la Prensa va t tener que ser reformado en profundidad en Espa?a porque el vigente es incompatible con los principios del Tratado de Roma, que constituy¨® la Comunidad Europea. La Comisi¨®n Europea se dispone a dar los primeros pasos para obtener su modificaci¨®n. El comisario europeo encargado de velar por el respeto de la libre competencia, el irland¨¦s Peter Sutherland, tiene la intenci¨®n de pedir a sus hom¨®logos despu¨¦s de Semana Santa que remitan al Gobierno espa?ol un requerimiento inst¨¢ndole a cambiarla ley.
La iniciativa comunitaria, que ser¨¢ probablemente seguida por el env¨ªo de un dictamen motivado, es la primera de una serie que en el plazo de seis meses puede llevar a Espa?a ante el tribunal de justicia si es reacia a modificar su legislaci¨®n La rapidez con que actuar¨¢ Sutherland depender¨¢ en gran parte de la. resistencia que opongan sus colegas espa?oles Manuel Mar¨ªn y Abel Matutes.El texto del requerimiento o carta de emplazamiento, como se le llama en la jerga comunitaria, al que ha tenido acceso EL PA?S, se?ala que el requisito de la nacionalidad espa?ola para poder beneficiarse de las subvenciones y las ayudas al consumo de papel de imprenta producido en Espa?a constituyen dos graves infracciones al Tratado de Roma.
A lo largo de sus 15 p¨¢ginas el requerimiento de a muy claro que las ayudas a la Prensa espa?ola no suponen, en principio, una distorsi¨®n de la competencia, porque las publicaciones nacionales de informaci¨®n general apenas salen fuera de su mercado tradicional para in tentar competir m¨¢s all¨¢ de sus fronteras. EL PA?S, por ejemplo, apenas vende en el resto de Europa m¨¢s de un 3% de su di fusi¨®n diaria.
Las modalidades de concesi¨®n de las subvenciones s¨ª perjudican, en cambio, a la libre competencia. Para poder acogerse a las ayudas es necesario, en el caso de una empresa de prensa unifamiliar, que su due?o sea espa?ol, y en el caso de una sociedad por acciones, que sus propietarios sean espa?oles o que los accionistas de las sociedades que posean sus t¨ªtulos sean tambi¨¦n todos ciudadanos de Espa?a. "La discriminaci¨®n de los beneficiarios en funci¨®n de la nacionalidad para la concesi¨®n de ayudas que figura en la ley y en el real decreto", se?ala la carta de emplazamiento, .constituye una violaci¨®n del principio de igualdad recogido en los art¨ªculos 7 y 52" del tratado de la CE.
Las ayudas directas a la Prensa se basan en tres criterios: la difusi¨®n de la publicaci¨®n, las necesidades de reconversi¨®n tecnol¨®gica y, sobre todo, su consumo de papel de imprenta de fabricaci¨®n nacional, cuya diferencia en el precio de venta con el importado queda compensada a trav¨¦s de las subvenciones estatales. De ah¨ª que Sutherland estime que, m¨¢s que una subvenci¨®n a la Prensa, se trata de una ayuda a los fabricantes espa?oles de papel.
En consecuencia, indica la citada carta, "supone una ventaja para las papeleras espa?olas, cuyas ventas aumentan en detrimento de potenciales importadores extranjeros de papel de imprenta ( ... )", y esto significa "una distorsi¨®n de la competencia, que favorece a los productores espa?oles al jugar un papel disuasivo con vistas a las importaciones de otros pa¨ªses en general, y en especial de los dem¨¢s Estados miembros". Hace dos a?os, la Prensa espa?ola consumi¨® 89.764 toneladas de papel importado del resto de la CE, es decir, tan s¨®lo un 8% de su consumo global.
Acta ¨²nica Europea
En sus conclusiones, el requerimiento concede dos meses al Gobierno espa?ol, a partir de la fecha de expedici¨®n de la carta, para que le informe de las medidas que tiene la intenci¨®n de tomar para que "de ninguna manera pueda haber elementos de discriminaci¨®n en base a la nacionalidad para poder beneficiarse de las ayudas ( ... )" y para que "el papel de imprenta de otros Estados miembros disfrute del mismo tratamiento que el espa?ol ( ... )". Las ayudas a la Prensa diana y a las agencias de informaci¨®n espa?olas est¨¢n reguladas por sendos decretos de agosto y noviembre, respectivamente, de 1984, que sustituyeron a la Ramada ley de Prensa, de Manuel Fraga Iribarne.
La Direcci¨®n General de Medios de Comunicaci¨®n Social, seg¨²n informa Inmaculada G. Mardones, remiti¨® a la CE, a trav¨¦s de la Secretar¨ªa de Estado para las Comunidades Europeas, la documentaci¨®n sobre las bases que regulan la ayuda a la Prensa en sus tres modalidades. El a?o pasado estas ayudas superaron los 2.500 millones de pesetas.
Tras estudiar ese documento, la CE ha decidido remitir su carta al Gobierno para que informe sobre sus planes de adaptaci¨®n a la legislaci¨®n comunitaria. Francisco Virseda, titular de la citada direcci¨®n general, ha declarado a EL PA?S que mantiene conversaciones con representantes de la Asociaci¨®n de Editores de Diarios Espa?oles (AEDE) para estudiar la manera de modificar el sistema de subvenciones y hacerlo compatible con la legislaci¨®n comunitaria.
Virseda justifica el origen de las subvenciones en la grave crisis que atraves¨® la Prensa espa?ola entre las d¨¦cadas de los sesenta y ochenta y en el bajo ¨ªndice de lectura de los espa?oles. En este momento considera que esa etapa ya est¨¢ superada, debido al incremento que ha experimentado la cartera publicitaria. Virseda ha restado importancia a la perentoriedad de la respuesta y apunta al a?o 1992, en que entrar¨¢ en vigor el Acta ?nica Europea, como plazo de referencia para la acomodaci¨®n de esta u otras normativas a las comunes de la CE.
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