M¨¦dicos en paro
El n¨²mero de m¨¦dicos generales en paro en el territorio nacional sobrepasa la cifra de 25.000. Y hay que hacer la especificaci¨®n de m¨¦dicos generales, porque el paro m¨¦dico en nuestro pa¨ªs afecta casi exclusivamente a ¨¦stos, que no a los especialistas, de los que existe incluso necesidad, como puede comprobarse por la demanda creciente que de ellos se hace en las ofertas de empleo de los diarios y revistas (tanto de difusi¨®n general como profesional), y por la ausencia de solicitudes en las bolsas de empleo de la mayor¨ªa de las especialidades (lo que llega a producir an¨¦cdotas de todo tipo, como la sucedida en una localidad de la provincia de Sevilla, en la que un m¨¦dico especialista condenado a un per¨ªodo de suspensi¨®n de empleo y sueldo ha tenido que cumplir su condena ocupando su puesto de trabajo por falta de otro especialista que se hiciese cargo de atender su consulta de la Seguridad Social).Sin embargo, ¨¦ste parece ser el pa¨ªs de las paradojas. Y digo esto porque m¨¢s de 3.000 m¨¦dicos de los que nos encontramos en paro poseemos formaci¨®n especializada, adquirida en los distintos servicios de las instituciones sanitarias de nuestro pa¨ªs y siguiendo los programas oficiales de cada especialidad, todo ello probado documentalmente ante los Ministerios de Sanidad y Consumo y Educaci¨®n y Ciencia, que se reparten las competencias en esta materia, y, no obstante, estos ministerios no establecen los cauces necesarios para la valoraci¨®n objetiva de dichas pruebas documentales con vistas al reconocimiento de esta formaci¨®n con el correspondiente t¨ªtulo-oficial.
Por nuestra parte, los citados 3.000 m¨¦dicos que padecemos esta frustrante situaci¨®n desde hace ya cuatro a?os, en la que vemos c¨®mo los puestos de trabajo que podr¨ªamos ocupar por nuestra formaci¨®n se nos escapan de las manos por falta de titulaci¨®n, tenemos cifrada nuestra esperanza en la futura ley de especialidades m¨¦dicas. Pero mientras que la ley general de Sanidad (publicada en el BOE de 29 de abril de 1986), en su disposici¨®n final primera daba al Gobierno un plazo de 18 meses para "regularizar, aclarar y armonizar" la mara?a de textos legales que regulan la formaci¨®n m¨¦dica especializada, la nueva regulaci¨®n legal que deber¨ªa surgir de ¨¦sta actuaci¨®n gubernamental se retrasa m¨¢s y m¨¢s, haciendo insostenible nuestra frustrada situaci¨®n.-
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