El Constitucional anula otra negativa del Senado para procesar por injurias a Barral
El Tribunal Constitucional ha anulado una resoluci¨®n del Supremo que sobresey¨® la causa contra el senador socialista Carlos Barral -acusado de injurias por el editor Francisco Gracia-, con fundamento en la inicial denegaci¨®n por el Senado del suplicatorio para procesarle.
El alto tribunal recuerda que en su d¨ªa anul¨® tal acuerdo senatorial, por lo que vuelve a amparar al querellante. El origen de la sentencia dictada ahora fue la querella presentada en marzo de 1984 por el editor Francisco Gracia, por el presunto delito de injurias graves -vertidas contra ¨¦l por Barral en su novela Pen¨²ltimos castigos. La Sala Segunda del Tribunal Supremo solicit¨® del Senado autorizaci¨®n para procesar a Barral y la Mesa de la C¨¢mara devolvi¨® el suplicatorio por entender que el Senado ya se hab¨ªa pronunciado sobre las mismas injurias el 23 de noviembre de 1983. El Supremo dio por buena esta respuesta y el 10 de enero de 1985 sobresey¨® la causa.La sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, de fecha 24 de junio de 1988, es el tercer pronunciamiento del alto tribunal sobre el acuerdo inicial del Senado de no conceder el suplicatorio para procesar a Barral. Posteriormente, el Senado lo autoriz¨® y en este momento la prosecuci¨®n de la causa se encuentra pendiente del permiso solicitado por el Tribunal Supremo el pasado a?o al Parlamento Europeo, del que Barral es eurodiputado.
Abuso de la inmunidad
Seg¨²n fuentes jur¨ªdicas, la sentencia del Tribunal Constitucional significa una nueva victoria de Francisco Gracia contra la inicial decisi¨®n del Senado de denegar el procesamiento, que fue considerada por el alto tribunal .un abuso de la figura constitucional de la inmunidad".
Gracia impugn¨® este acuerdo por estimar que la Mesa del Senado no tiene facultades para denegar el suplicatorio "y menos a¨²n", aleg¨®, "para apreciar si se trata o no de las mismas injurias que aquellas sobre las que la C¨¢mara ya se pronunci¨®" [las referidas a un art¨ªculo publicado en Cuadernos del Norte, previo a la edici¨®n de la novela].
La sentencia del alto tribunal -de la que ha sido ponente su vicepresidenta, Gloria Begu¨¦- declara nula la decisi¨®n del Tribunal Supremo de sobreseer libremente a Barral y retrotrae las actuaciones al momento inmediatamente posterior a la solicitud de autorizaci¨®n al Senado para procesar al escritor. Con ello, el Tribunal Constitucional ampara el derecho del recurrente a la tutela judicial efectiva vulnerado por el Supremo.
En los fundamentos jur¨ªdicos de la sentencia se se?ala que el acuerdo del Pleno de Senado de 23 de noviembre de 1983 por el que no se concedi¨® el suplicatorio no pudo servir de base a la Mesa de la C¨¢mara para una nueva denegaci¨®n, porque tal acuerdo fue anulado por el Tribunal Constitucional el 22 de julio de 1985. "Los autos impugnados vulneran el art¨ªculo 24.1 de la Constituci¨®n ya. que, al decretar el sobreseimiento libre sobre la base de un acuerdo declarado nulo, hacen imposible", dice, "el ejercicio del derecho del hoy recurrente en amparo a la tutela judicial efectiva sin que se produzca indefensi¨®n".
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