El Constitucional declara la competencia estatal en dos materias reclamadas por el Pa¨ªs Vasco
El pleno del Tribunal Constitucional, en sendas sentencias dictadas el 8 de junio ¨²ltimo, ha declarado la competencia del Estado en materia de coordinaci¨®n de administraciones penitenciarias y de elecciones sindicales de los funcionarios p¨²blicos auton¨®micos, en contra del criterio de la comunidad aut¨®noma vasca, que reivindicaba ambas competencias. La segunda de las sentencias citadas anida la regulaci¨®n, convocatoria e intervenci¨®n del Gobierno vasco en las elecciones sindicales de sus funcionarios, que se iban a celebrar en febrero de 1984.
La primera de estas sentencias resuelve el conflicto de competencia planteado por el Gobierno vasco frente al Gobierno del Estado en relaci¨®n con algunas disposiciones del decreto de 20 de junio de 1984 sobre coordinaci¨®n de las administraciones penitenciarias. El Gobierno vasco estim¨® que le corresponde la gesti¨®n de la actividad penitenciaria y, en concreto, "la direcci¨®n, organizaci¨®n e inspecci¨®n" de las instituciones reguladas en la ley general penitenciaria.La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Miguel Rodr¨ªguez-Pi?ero, declara que, trat¨¢ndose de un conflicto de competencias, la cuesti¨®n a resolver es la de si el Estado la tiene para dictar las normas impugnadas, "y esta competencia, como tal", dice, "no le puede ser negada". El alto tribunal analiza las dispociciones concretas del decreto y llega a la conclusi¨®n de que ninguna de ellas condiciona o configura inadecuadamente las competencias propias en materia penitenciaria de la comunidad aut¨®noma vasca.
El otro conflicto fue promovido por el Gobierno del Estado contra la actuaci¨®n material de convocatoria e intervenci¨®n del Gobierno vasco o de otros ¨®rganos de dicha comunidad autonom¨ªa en las elecciones sindicales de sus funcionarios p¨²blicos". El Gobierno central pidi¨® que se declarara competencia suya la regulaci¨®n del derecho de representaci¨®n colectiva de los funcionarios de la comunidad aut¨®noma vasca, no respetada por los ¨®rganos del Gobierno vasco. La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Carlos de la Vega Benayas, manifiesta que en esta materia la actuaci¨®n auton¨®mica debe atenerse a la regulaci¨®n estatal de car¨¢cter b¨¢sico, ya que en el momento de suscitarse el conflicto, la comunidad aut¨®noma del Pa¨ªs Vasco "carec¨ªa de competencias para intervenir en este ¨¢mbito, ni siquiera con car¨¢cter provisional o transitorio".
En consecuencia, el alto tribunal anula los actos impugnados, "por vulneraci¨®n del orden de competencias establecido en la Constituci¨®n y en el Estatuto de Autonom¨ªa del Pa¨ªs Vasco".
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