El Consejo de Ministros estudia hoy introducir cambios sustanciales en el r¨¦gimen fiscal del butano y el fuel
El Consejo de Ministros estudiar¨¢ hoy, y previsiblemente aprobar¨¢, dentro del proyecto de ley de Presupuestos, la sustituci¨®n del actual r¨¦gimen impositivo del fuel y el butano por el sistema de un impuesto especial que, como sucede con las gasolinas, se determinar¨¢ anualmente v¨ªa presupuestos. El nuevo sistema no incrementar¨¢ la presi¨®n fiscal ni repercutir¨¢ de inmediato sobre el precio de venta, aunque s¨ª facilitar¨¢ su modificaci¨®n casi autom¨¢tica cuando cambien los costes en origen de la materia prima, los de procesamiento y los de transporte. Los cambios ir¨¢n acompa?ados de la liberalizaci¨®n parcial de venta de ambos productos.
Al mismo tiempo, el Ministerio de Industria y Energ¨ªa prepara estos d¨ªas un decreto de liberalizaci¨®n de la venta al por menor de cuatro productos petrol¨ªferos que, dentro del proceso de negociaciones con la Comunidad Europea para la adaptaci¨®n del monopolio de petr¨®leos, ser¨¢ publicado previsiblemente antes del mes de diciembre. El decreto permitir¨¢ la liberalizaci¨®n de la venta al por menor de los fuel¨®leos (a grandes consumidores), del butano a granel, el queroseno de aviaci¨®n y los combustibles de navegaci¨®n.Los cambios en el r¨¦gimen impositivo del fuel y del butano est¨¢n vinculados, en gran medida, con el proceso iniciado hace ya m¨¢s de dos a?os para la armonizaci¨®n del sector petrol¨ªfero a la normativa comunitaria y, en menor escala, con la pr¨®xima salida bolsa del grupo petrolero p¨²blico Repsol, una de cuyas empresas, Repsol Butano, todav¨ªa mantiene un sistema arcaico en lo que al pago de impuestos se refiere. Industria estima que el cambio es obligado ante la necesidad de ofrecer una mayor transparencia sobre la configuraci¨®n empresarial de Repsol.
El famoso canon
Repsol Butano paga anualmente, en concepto de impuestos, una cantidad que determina cada a?o el Ministerio de Econom¨ªa y Hacienda en funci¨®n de sus beneficios. A este impuesto se le conoce como el canon del butano y, aparte de su dudosa coherencia con la legalidad vigente, plantea interrogantes respecto a las contingencias fiscales de una empresa que, a partir del primer semestre de 1989, cotizar¨¢ en bolsa integrada en Repsol.Por su parte, los impuestos del fuel se derivan de la denominada renta del petr¨®leo, sistema heredado de la situaci¨®n en la que Campsa era una compa?¨ªa que, al arrendar al Estado un patrimonio concreto (instalaciones, etc¨¦tera) pagaba una cantidad a Hacienda en concepto de renta. La transformaci¨®n jur¨ªdica de la compa?¨ªa y la armonizaci¨®n impositiva con la CE, con el necesario proceso de facilitar la recaudaci¨®n fiscal a trav¨¦s de los nuevos operadores en este mercado, conllevar¨¢ su sustituci¨®n por el concepto de impuesto especial, ya introducido en, la recaudaci¨®n derivada de otros carburantes.
El Consejo de Ministros, aparte de aprobar ambas novedades contenidas en el proyecto de presupuestos para el pr¨®ximo a?o, deber¨¢ determinar el porcentaje y cantidad en que se fijar¨¢ el impuesto especial de ambos productos. Aunque, aparentemente, existen todav¨ªa divergencias entre Hacienda e Industria, lo m¨¢s probable es que se fije una cantidad en torno a la media comunitaria para los fuel¨®leos, entre 1.500 y 1.700 pesetas por tonelada seg¨²n sea fuel-1 o fuel-2, cuyo precio de venta es de 16.500 y 15.000 pesetas respectivamente.
En el caso del Butano, donde las divergencias son mayores en principio, el abanico de imposici¨®n fiscal que est¨¢ en estudio en torno a banda de una peseta y peseta y media por litro de la bombona de butano. Fuentes oficiales insisten en que el cambio impositivo introducido en el proyecto de presupuestos no modifica ni incrementa la presi¨®n fiscal ni tendr¨¢ repercusiones inmediatas en los precios de venta.
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