Secretarios judiciales denuncian a los agentes que deniegan auxilio a la justicia
Representantes del colectivo Uni¨®n Progresista de Secretarios Judiciales (UPSJ) han pedido al fiscal general del Estado, Javier Moscoso, que inicie las acciones pertinentes ante el posible delito de denegaci¨®n de auxilio judicial, cometido por la polic¨ªa cuando se niega a cumplimentar las ¨®rdenes de los juzgados si van firmadas s¨®lo por el secretario judicial. La UPSJ -corriente del colegio nacional integrada por unos 300 secretarios judiciales, sobre un total de 1.600, y que el lunes pr¨®ximo se constituir¨¢ como asociaci¨®n independiente- pide energ¨ªa ante una actitud policial que estima contraria a la ley.La negativa policial a acata las ¨®rdenes procedentes de los secretarios judiciales no es nueva, seg¨²n Luis Mart¨ªn Contreras portavoz de la UPSJ, pero ha saltado a la opini¨®n p¨²blica con ocasi¨®n de las reiteradas negativas de la Jefatura Superior de Polic¨ªa de Barcelona a cumplimentar dichas ¨®rdenes (ve¨¢se EL PA?S del 18 de octubre ¨²ltimo). En ocasiones anteriores, algunos secretarios han pedido la negativa por escrito, a fin de tener constancia de la conducta policial presuntamente ?l¨ªcita.
La acumulaci¨®n de hechos ahora conocida ha originado que la USPJ se haya dirigido al fiscal general del Estado para que .previas las diligencias informativas procedentes, se evacuen las responsabilidades pertinentes, ante lo que puede constituir un delito de denegaci¨®n de auxilio judicial", seg¨²n el mencionado portavoz. Asimismo, los miembros catalanes de este colectivo pedir¨¢n a la juez decana de Barcelona, Mar¨ªa ?ngeles Vivas, "la m¨¢xima energ¨ªa en la resoluci¨®n que adopte la Junta de Jueces ante una actitud ilegal".
La posici¨®n de la USPJ se fundamenta en el art¨ªculo 279.3 de la ley org¨¢nica del Poder Judicial, que atribuye a los secretarios judiciales "la pr¨¢ctica de las notificaciones y dem¨¢s actos de comunicaci¨®n y cooperacion judicial en la forma que determinen las leyes". Asimismo, recuerda que, seg¨²n el art¨ªculo 22 del Reglamento de la Polic¨ªa Judicial, los miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad, en sus funciones de polic¨ªa judicial, deben cumplimentar los "requerimientos de la autoridad judicial". A este respecto, resalta que el art¨ªculo 28 1.1 de la misma ley otorga a los secretarios judiciales "el car¨¢cter de autoridad".
Frente a lo afirmado en fuentes judiciales catalanas, el colectivo de secretarios judiciales niega que la obligaci¨®n policial de cumplimentar los oficios firmados por ellos derive de la delegaci¨®n de funciones por parte de los jueces e insiste en que tal deber de los funcionarios policiales tiene su origen en la ley org¨¢nica del Poder Judicial.
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