El Ejecutivo ultima una norma con rango de ley para el Plan de Empleo Juvenil
El Gobierno inici¨® ayer su campa?a de informaci¨®n sobre el Plan de Empleo Juvenil con la entrevista que el ministro de Trabajo, Manuel Chaves, mantuvo con la ejecutiva de la Federaci¨®n Espa?ola de Municipios y Provincias (FEMP). En la citada reuni¨®n se abordaron tres cuestiones: el papel que pueden desempe?ar las administraciones locales en la difusi¨®n del plan, las posibilidades de que los ayuntamientos y diputaciones hagan uso de esta f¨®rmula para contratar j¨®venes, y la formaci¨®n de "bolsas de trabajo" en los municipios, gestionadas por las autoridades locales. La pr¨®xima semana comenzar¨¢ a funcionar una comisi¨®n mixta de trabajo entre el ministerio y la FEMP.Mientras tanto el Gobierno est¨¢ dando los primeros pasos para elaborar la normativa que desarrolle el Plan de Empleo Juvenil (PEJ). Esta medida empezar¨¢ a funcionar el 1 de enero de 1989, con las dotaciones incluidas ya en los Presupuestos Generales del Estado para el pr¨®ximo ejercicio.
La primera de las normas que aprobar¨¢ el Gobierno tiene que ser de rango legal, ya que las bases del PEJ suponen un cambio en las relaciones laborales de car¨¢cter especial contenidas en el art¨ªculo 2 del Estatuto de los Trabajadores. Al parecer, se elegir¨¢ el sistema del decreto-ley, por la premura de tiempo, aunque algunas fuentes no descartan que se elabore una ley de tipificaci¨®n de lectura ¨²nica, que se enviar¨ªa al Parlamento por el procedimiento de urgencia.
Incentivaci¨®n
Adem¨¢s de esa norma de rango legal, los ministerios de Econom¨ªa y de Trabajo est¨¢n elaborando dos decretos sobre incentivaci¨®n de la contrataci¨®n indefinida de car¨¢cter general, y para los j¨®venes. El primero de esos decretos sustituye al de mayo de 1985, vencido en junio pasado, y establece con car¨¢cter general la exoneraci¨®n de 500.000 pesetas para las empresas que contraten, nuevos empleados, siempre que suponga una ampliaci¨®n de plantilla y que la contrataci¨®n tenga car¨¢cter indefinido.El segundo decreto se refiere a la incentivaci¨®n para la contrataci¨®n de j¨®venes, tambi¨¦n con car¨¢cter indefinido, que sustituye al mismo decreto de 1985, y que viene a complementar la actual normativa sobre contrataci¨®n ¨ªndefinida de mayores de 45 a?os, que goza de una exoneraci¨®n de 400.000 pesetas y el 50% de la cuota de la Seguridad Social, y la de minusv¨¢lidos, cuya exoneraci¨®n es de 500.000 pesetas por trabajador contratado.
Por otro lado, la Confederaci¨®n Espa?ola de Organizaciones Empresariales ha elaborado un informe sobre el Plan de Empleo Juvenil para argumentar su apoyo incondicional. Seg¨²n el citado estudio, esta medida "permite desarrollar una actividad laboral de responsabilidad reducida" adecuada a la situaci¨®n de aprendizaje de los j¨®venes. Por ¨¦l, los j¨®venes tendr¨¢n cobertura legal en caso de acccidente de trabajo, enfermedad profesional y paro.
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