El Constitucional anula una condena de tr¨¢fico por faltar la la previa acusaci¨®n
El Tribunal Constitucional ha anulado una sentencia del Juzgado de Instrucci¨®n de La Coru?a que conden¨® a un ciudadano como autor de una falta de da?os ocasionados en un accidente de tr¨¢fico. La raz¨®n de la anulaci¨®n de la sentencia es que el juez condeno sin que se hubiera producido acusaci¨®n por el fiscal ni por la parte perjudicada en el juicio de apelaci¨®n, por lo que el condenado no tuvo oportunidad de defenderse.En el accidente de tr¨¢fico participaron Jos¨¦ Corsino Arias Gonz¨¢lez y Jos¨¦ Antonio Figueiras. Tanto ¨¦ste como el MinIsterio Fiscal solicitaron ante el Juzgado de Distrito n¨²mero 4 de La Coru?a la condena de Jos¨¦ Corsino Arias Gonz¨¢lez como autor de una falta de imprudencia. El juez de distrito absolvi¨® a los dos conductores, quienes interpusieron recurso de apelaci¨®n. Sin embargo, en el acto de la vista ante el juez de instrucci¨®n n¨²mero 1 de La Coru?a, Figueiras no compareci¨®, por lo que no formul¨® acusaci¨®n contra Jos¨¦ Corsino Arias, quien, sin embargo, fue condenado por el juez.
La sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, de la que ha sido poenente el magistrado Jes¨²s Leguina Villa, reconoce el derecho de Jos¨¦ Corsino Arias a la tutela Judicial efectiva sin indefensi¨®n y anula la sentencia que le conden¨®. La sala estima que "el demandante de amparo no conoci¨® acusaci¨®n alguna deducida frente al mismo en la apelaci¨®n, ni pudo, por tanto, defenderse conforme a las exigencias del principio de contradicci¨®n". Frente al fiscal y Figueiras, la sala afirma que la existencia de acusaci¨®n en la primera instancia no suple la falta de acusaci¨®n en la vista de apelaci¨®n.
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