El Gobierno vasco invadi¨® competencias del Estado sobre emisoras de FM
El Tribunal Constitucional ha anulado dos art¨ªculos -el 10 y el 12- del decreto del Gobierno vasco sobre concesi¨®n de emisoras de frecuencia modulada (FM) por estimar que invaden las competencias del Estado en esta materia. Los art¨ªculos anulados se refieren a la regulaci¨®n de las limitaciones que se imponen a las personas f¨ªsicas y jur¨ªdicas para ser titulares de m¨¢s de una emisora y al plazo de las concesiones.
En los art¨ªculos anulados del decreto del Gobierno vasco se establec¨ªa que ninguna persona f¨ªsica o jur¨ªdica privada podr¨ªa participar como socio en m¨¢s de una emisora privada de FM dentro de la comunidad aut¨®noma y fija el plazo de concesi¨®n en 10 a?os. El Tribunal Constitucional hace prevalecer ahora la norma para todo el Estado que ordena que ninguna persona f¨ªsica o jur¨ªdica pueda explotar m¨¢s de una emisora en FM que cubra inicialmente la misma ¨¢rea de servicio y fija, por otra parte, en tan s¨®lo tres a?os el plazo de concesiones.
El alto tribunal ha declarado, sin embargo, que otros dos art¨ªculos -el 5,2 y el 14,e- recurridos por la Administraci¨®n central no invaden las competencias del Estado. Dichos art¨ªculos se refieren a los contenidos educativos y culturales de las emisoras institucionales, a la emisi¨®n de publicidad y contratos con programas patrocinados y al horario m¨ªnimo de emisi¨®n.
En la sentencia se recuerda que las normas que dicte la Comunidad Aut¨®noma Vasca sobre radiodifusi¨®n deben atenerse a lo dispuesto en las normas b¨¢sicas del Estado, que en este caso son el Estatuto de la Radio y la Televisi¨®n y las disposiciones complementarias con rango de ley.
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