Tribunales del contribuyente
Comenz¨® con una notificaci¨®n de la Delegaci¨®n de Hacienda de Madrid en la que a trav¨¦s de una carta certificada y por la v¨ªa de apremio se me requer¨ªa (exig¨ªa) el pago del impuesto de transmisiones, por un importe de 190.000 pesetas m¨¢s un recargo de 38.000 por el apremio. El concepto no se especificaba, para qu¨¦.Puesto al habla con la delegaci¨®n de zona, siguiendo instrucciones de una atenta carta, se me inform¨® que no ten¨ªan ni tendr¨ªan informaci¨®n sobre el concepto requerido, y que lo solicitase a la central. Puesto a ello, se me indic¨® que deber¨ªa, si no estaba de acuerdo, rellenar un impreso de reclamaci¨®n, sin informarme cu¨¢l era el objeto impositivo y con la amenaza de un posible embargo de mis cuentas corrien.. tes si no lo hac¨ªa. A los 15 d¨ªas, tras recorrer cinco ventanillas y dos despachos, tuve la suerte de que me informasen del objeto tributario: la compra de mi vivienda por valor de tres millones de pesetas. A partir de entonces todo fue de mal en peor, si cabe. Les expliqu¨¦ que mi vivienda era le protecci¨®n oficial y que en prinera transmisi¨®n no procede el mencionado impuesto. Me conestaron que a pesar de ello y reconociendo: 1) que era inconstitucional una notificaci¨®n sin especificar el concepto, y 2), que no ne correspond¨ªa seguramente pagar el citado impuesto, que me encontraba dentro del procedimiento de embargo y apremio, siendo imprescindible primeramente paralizar ¨¦ste y despu¨¦s, por la v¨ªa ordinaria, anular el principal, para lo cual deber¨ªa hacer la oportuna reclamaci¨®n.
Visto que el procedimiento es m¨¢s importante que el origen del posible impuesto injustificado, me dirijo a la oficina del contribuyente y expongo mi caso y mi queja al director provincial, entreg¨¢ndola en registro. A los d¨ªas vuelvo a solicitar el n¨²mero de registro del documento y me informan que por error lo han mandado a una delegaci¨®n de zona que para m¨¢s inri no es ni tan siquiera la m¨ªa. Pasan los d¨ªas, semanas y meses, e interes¨¢ndome nuevamente por las reclamaciones se me indica de palabra en Tesorer¨ªa que est¨¢ pendiente de un informe del abogado del Estado; en la delegaci¨®n de zona, que est¨¢ pendiente de un informe de la central, y en Transmisiones, que seguramente tendr¨¦ que pagar, para empezar, el apremio (38.000 pesetas). Pero de lo que s¨ª me informan es de que tengo retenida la devoluci¨®n que me corresponde del impuesto sobre IRPF correspondiente a 1987.
Resultado:
1) Se me intenta cobrar un impuesto que se reconoce que no me corresponde. 2) El procedimiento es m¨¢s importante que la justificaci¨®n del origen del impuesto. 3) No se notifica respuesta sobre mis reclamaciones, pero s¨ª un impuesto injustificado sin indicar el concepto. 4) Se me apremia para pagar algo que no me corresponde, pero no se puede exigir respuesta de la Administraci¨®n, reteni¨¦ndome una devoluci¨®n que se me debe.
?Se puede pedir m¨¢s de Hacienda?- Manuel Jes¨²s Gonz¨¢lez.
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