Un juez dicta una sentencia consciente de que deteriora la imagen de la Justicia
El titular del Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 5 de Granada, Jos¨¦ Mar¨ªa Jim¨¦nez Burkhardt, ha revocado una sentencia condenatoria contra los responsables de la construcci¨®n de un bloque de pisos con defectos en la obra, pese a la "impopularidad" del fallo y el "detrimento de la imagen de la justicia y de la confianza que en ella han de tener los ciud¨¢danos" que ello provocara. El juez establece que es la v¨ªa civil y no la penal la competente en el caso, aunque admite el "reconocido calvario" que han padecido los 23 propietarios de los pisos. Desde que los habitaron, hace cuatro a?os, no han podido utilizar el agua potable por estar contaminada por hidrocarburos.La sentencia ahora anulada fue hecha p¨²blica el pasado 9 de marzo, y en ella se condenaba al arquitecto, los dos aparejadores y al instalador de fontaner¨ªa a abonar 101 millones de pesetas a los propietarios de las viviendas. Para cuantificar las indenir¨¢zaciones, el juez de distrito, Miguel Angel del Arco, no s¨®lo tuvo en cuenta las inversiones que durante cuatro a?os los vecinos hicieron en agua envasada, sino tambi¨¦n los da?os morales y los perjuicios causados. El fallo declaraba asimismo responsables subsidiarios a la inmobiliaria Inonsa y a la firma Construcciones Moreno Medina.
Seg¨²n los an¨¢lisis de que consta el sumario, el origen de la contaminaci¨®n del agua est¨¢ en las estopas que recubren las junturas de las ca?er¨ªas, que est¨¢n empapadas de gas¨®leo. La primera sentencia consideraba omisiva la conducta de los t¨¦cnicos, una conducta an¨®mala "no s¨®lo inicial sino sucesiva y final, dado que su autoridad profesional podr¨ªa imponer incluso la rectificaci¨®n de obra".
La nueva sentencia indicaba que no hay prueba objetiva que permita afirmar que la conducta de los t¨¦cnicos "haya estado impregnada de desidia profesional, negligencia o dejadez, que permita considerar sus conductas encuadradas en el ¨¢mbito penal y no en el civil". El juez dicta el fallo "en la seguridad de que los tribunales civiles dar¨¢n cumplida satisfacci¨®n a los perjudicados.
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