Libertad de catedra y deontolog¨ªa profesional
La Audiencia Nacional, en sentencia reciente, ha aceptado plenamente un recurso que hube de interponer contra una resoluci¨®n del consejo del departamento de Derecho Constitucional de la Universidad Nacional de Educaci¨®n a Distancia (UNED). El tribunal, en coherencia con mi demanda y de conformidad con la argumentaci¨®n del ministerio fiscal, ha considerado vulnerada mi libertad de c¨¢tedra y me ha otorgado su amparo. Poco despu¨¦s ha estallado una pol¨¦mica profesoral, entre otros medios, en EL PA?S. Y como no comparto todo lo que al respecto se ha dicho, creo que, lejos de inhibirme, debo contribuir a ce?ir la cuesti¨®n a sus justos t¨¦rminos.Sentemos, para comenzar, una premisa elemental. La libertad de c¨¢tedra no es un privilegio estamental ni un inter¨¦s sectorial del profesorado respecto del que deba desconfiar la sociedad en general y el alumnado m¨¢s en particular. Esta idea -que he escuchado ¨²ltimamente- de anteponer libertad de c¨¢tedra y derecho a la educaci¨®n del alumnado linda con la demagogia. Como es sabido, el inter¨¦s de las sociedades democr¨¢ticas modernas por garantizar la libertad y el progreso de la ciencia produjo a finales del siglo pasado, y sobre todo en el presente, la consagraci¨®n de una libertad que exonera al profesor-funcionario de la dependencia jer¨¢rquica de los ¨®rganos de la Administraci¨®n en cuanto a la orientaci¨®n y el contenido de la ense?anza de su disciplina. S¨®lo as¨ª en Europa se han podido construir universidades sin ciencia oficial y coherentes con los valores del pluralismo. Los beneficiarios de esta ciencia libre, viva y no burocratizada son el conjunto de la sociedad, y los estudiantes m¨¢s concretamente. La libertad de c¨¢tedra es, consecuentemente, un principio institucional en el funcionamiento de las universidades europeas de nuestro tiempo. Lo anterior pensar¨¢ el lector que es pura teor¨ªa abstracta. No hay tal, pero descendamos al caso concreto.
Al renunciar a mi esca?o de diputado y reincorporarme a mi c¨¢tedra de Derecho Pol¨ªtico en la UNED, en junio de 1987, me encontr¨¦ con que el director del departamento hab¨ªa constituido una empresa editorial cuyo r¨®tulo coincid¨ªa con sus iniciales (?tomo Ediciones, SA), que ha publicado cinco vol¨²menes para los alumnos de los dos cursos de la asignatura. S¨®lo se me conced¨ªa responsabilidad docente si mi programa coincid¨ªa con el ¨ªndice de sus libros de texto y si recomendaba sus libros de pr¨¢cticas (meras recopilaciones de pruebas, cuyo valor formativo -sin duda por mi corta inteligencia- no he logrado captar). As¨ª planteadas las cosas, desempe?ar¨ªa una docencia sin poder transmitir a los alumnos mi propia concepci¨®n de la asignatura ni mi experiencia en la elaboraci¨®n y el desarrollo de la Constituci¨®n. Todo ello con la ¨²nica ventaja objetiva -?para los alumnos o para Atomo Ediciones, SA?- de que no se redujeran las ventas de ?tomo.
Vi c¨®mo las ventas de ?tomo eran intocables. De uno de estos libros eran coautores un profesor titular de la asignatura y decano de la facultad y la vicedecana y secretaria del departamento. Esta ¨²ltima figura tambi¨¦n en el Registro Mercantil de Madrid como accionista de ?tomo Ediciones, SA.
Dada la participaci¨®n del decanato en los entusiasmos editoriales de ?tomo, no cab¨ªa recurrir a ¨¦l. ?Se pod¨ªa plantear la cuesti¨®n a la junta de la facultad
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Libertad de c¨¢tedra y deontolog¨ªa profesional
Viene de la p¨¢gina anteriorde Derecho de la UNED? Imposible. El decano lleva dos a?os y medio sin convocarla y dirigiendo la facultad personal¨ªsimamente. Sin duda, ha considerado prudente no reunir un ¨®rgano colegiado en el que puedan decir algo los numerosos profesores que creemos que la relaci¨®n docente es el nexo maestro-disc¨ªpulo y no la relaci¨®n empresa mercantil-cliente que se atiene a principios como el de ensanchar mercados y optimizar beneficios.
Acud¨ª al rectorado de forma reiterada y por escrito. Creo que present¨¦ m¨¢s de cinco escritos exponiendo la situaci¨®n y pidiendo una soluci¨®n acorde con los mejores usos acad¨¦micos, con el ordenamiento jur¨ªdico y con los principios de la deontolog¨ªa profesional. Recib¨ª de un hombre al que creo honorable buenas palabras y ni una sola l¨ªnea por escrito. El silencio administrativo era prueba palpable de que no hab¨ªa argumentos que facilitarme oficialmente.
Los principales damnificados por esta situaci¨®n pod¨ªan ser los estudiantes, muy sensibilizados desde hace a?os por la evoluci¨®n de la producci¨®n de textos en la UNED y transformados en clientes cautivos de ?tomo Ediciones, SA. Tem¨ª que a¨²n lo iban a ser en mayor medida. El 23 de noviembre de 1988 el consejo del departamento de Derecho Constitucional aprob¨® -con mi voto en contra- la propuesta del director del departamento de contratar con una editorial privada, para el mercado de los alumnos de primero, junto a libros de texto y de pr¨¢cticas, cintas de audio, cintas de v¨ªdeo, diskettes y programas de ordenador. Modestamente, pienso que la mayor parte de este material es simplemente innecesario para estudiar Derecho Pol¨ªtico, pero sin duda dif¨ªcilmente un alumno pod¨ªa llegar a ser un cliente m¨¢s rentable. Ante la pasividad, que no quiero juzgar, de los ¨®rganos acad¨¦micos, y la dispersi¨®n geogr¨¢fica del alumnado de la UNED, que le impide defender sus derechos con efectividad, la ¨²nica v¨ªa operativa a mi alcance consist¨ªa en solicitar la protecci¨®n jurisdiccional del derecho, que consagra la Constituci¨®n, a la libertad de c¨¢tedra. No era la defensa de un privilegio, sino la necesidad ¨¦tica de dar la cara frente a la situaci¨®n descrita.
Por supuesto, el problema es de libertad de c¨¢tedra, tal y como la hab¨ªa ya definido el Tribunal Constitucional (STC 5/ 1981), el Defensor del Pueblo (7 de mayo de 1987) y, seg¨²n ha resuelto en este caso, la Audiencia Nacional. Pero el problema es tambi¨¦n y en gran medida de deontolog¨ªa profesional y de incompatibilidades. Un profesor funcionario no puede, seg¨²n el art¨ªculo 2 y concordantes de la ley de Incompatibilidades, desarrollar "actividad privada [como la editorial] que pueda comprometer su imparcialidad o independencia". En paralelo a la solicitud de protecci¨®n judicial a la libertad de c¨¢tedra solicit¨¦ formalmente de la universidad que se esclarecieran las responsabilidades en que alguien hubiera podido incurrir por estos conceptos. La respuesta formal ha consistido en el socorrido silencio administrativo. La respuesta de facto del decanato -?preocupado por la posible reacci¨®n de tantos profesores vocacionales como hay en la facultad de Derecho de la UNED- fue la de ordenar que todos los profesores firmasen a la entrada y a la salida. Ins¨®lita medida de procurar coger en falta a los profesores que pudieran levantar la voz contra su actitud. Es la presi¨®n m¨¢s triste que he presenciado en mi vida acad¨¦mica, aunque no la primera. A finales del a?o pasado, el director del departamento, con el visto bueno del decano, me hab¨ªa negado el permiso para acudir a la universidad de Valencia a pronunciar una conferencia en el ciclo del X Aniversario de la Constituci¨®n. El mensaje era claro: quien no se pliega a las reglas del juego de un departamento convertido en pr¨®spera empresa mercantil debe atenerse a las consecuencias.
Con raz¨®n dec¨ªa Gumersindo de Azc¨¢rate que "la libertad de c¨¢tedra ven¨ªa a proteger... la dignidad de la ciencia y del profesorado p¨²blico... y el derecho a regirse por los principios que dictase la propia conciencia".
La universidad, como f¨¢brica de saberes, tiene que velar por su autonom¨ªa, debe proteger la libertad de creaci¨®n y exposici¨®n de la ciencia y, a la par, como centro de formaci¨®n de las generaciones j¨®venes, debe cumplir en todo momento con las exigencias de la ¨¦tica con algo m¨¢s que silencios administrativos. En caso contrario justificaremos entre todos la vieja aversi¨®n de los d¨¦spotas hacia los intelectuales. Como recuerda Heller, con motivo de unos graves sucesos en la universidad de Gotinga, el rey de Hannover "pronunci¨®, en presencia de Wilhelm von Humboldt, aquellas nauseabundas palabras: profesores, prostitutas y bailarinas son cosas que siempre pueden comprarse con dinero".
Quiero creer que todo ha sido un mal sue?o. Deseo confiar en la totalidad de cuantos se dedican a la importante pero desconsiderada tarea de la docencia. Procuremos disculpar errores y culpas. S¨®lo hay un l¨ªmite: no nos autoenga?emos y no enga?emos a la opini¨®n. El problema te¨®rico libertad de c¨¢tedra-departamento es tan s¨®lo una importante faceta de la cuesti¨®n. En el fondo late la visi¨®n deontol¨®gica de la funci¨®n docente, y la universidad que no la afronte con seriedad y honradez no merece el t¨ªtulo de universidad.
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