Una norma de 1976 permite vender carne de reses enfermas
La carne de res que en los an¨¢lisis de tuberculosis bovina da positivo puede liberarse al consumo humano una vez que en los mataderos se decomisan las partes afectadas por la enfermedad, seg¨²n establece el reglamento t¨¦cnico de mataderos, vigente desde 1976. Teniendo en cuenta este reglamento, en Espa?a es legal la comercializaci¨®n para el consumo la carne perteneciente a reses infectadas en distinto grado por tuberculosis. Fuentes de la Junta de Castilla-Le¨®n se?alaron ayer a este peri¨®dico que se ha abierto una investigaci¨®n en relaci¨®n a la presunta comercializaci¨®n en la provincia de Le¨®n, de 500.000 kilos de carne de reses tuberculosas. El PSOE de Castilla-Le¨®n ha solicitado la presencia en las Cortes de esa comunidad de los consejeros de Bienestar Social, Francisco Javier Le¨®n de la Riva, y de Agricultura, Fernando Zam¨¢cola, para que aclaren los hechos, informa Luis Miguel de Dios. Un portavoz de la asociaci¨®n leonesa de consumidores Lancia ha afirmado que interpondr¨¢ querella criminal contra la Administraci¨®n, tratantes, mataderos y veterinarios que puedan tener responsabilidades penales en un delito, la comercializaci¨®n de carne tuberculosa, que consideran atentatorio contra la salud p¨²blica, informa Santiago Ramos.
De acuerdo con el reglamento t¨¦cnico de mataderos, los veterinarios inspectores de los mismos realizan una inspecci¨®n exhaustiva cuando se les presentan casos de reses afectadas por tuberculosis. Esto se hace dentro de las campa?as de saneamiento ganadero contra la tuberculosis bovina, la brucelosis y la leucosis. En estos casos el sacrificio de los animales enfermos es obligatorio. Fuentes de la Direcci¨®n General de Sanidad Animal del Ministerio de Agricultura se?alan que en Espa?a se sacrifican al a?o 80.000 reses vacunas afectadas por tuberculosis.
Seg¨²n el citado reglamento, el decomiso en una res tuberculosa puede ser total o parcial, dependiendo del grado en que est¨¦ afectado el animal. Si el decomiso es total, la res debe ser incinerada; pero si es parcial, una vez que se extirpa el ¨®rgano infectado, el resto de la canal se destina al consumo humano. Puede darse un tercer caso y es el de los animales que dieron positivo en la prueba tubercul¨ªnica pero no mostraron lesiones durante la inspecci¨®n post-morten. La carne de estas reses se destina al consumo una vez sometida a altas temperaturas. Generalmente los mataderos comarcales carecen de aparatos t¨¦rmicos para realizar este proceso, por lo que esta carne se destina a mataderos industriales que la comercializan en forma de embutidos cocidos como el chopped.
Indemnizaciones
Al ganado tuberculoso se le marca en la oreja con una identificaci¨®n especial y su ficha queda registrada en los servicios ganaderos de cada provincia. Seg¨²n la edad, calidad o actitud lechera y c¨¢rnica de la res, al ganadero se le indemniza por sacrificarla con una cantidad que oscila entre 7.000 y 45.000 pesetas. Adem¨¢s, en el caso de que se comercialice la carne despu¨¦s de ser sacrificada y analizada en el matadero, el ganadero puede recibir otras 35.000 o 40.000 pesetas. ?ste recibe tambi¨¦n un 40% de la diferencia entre el valor acumulado de la indemnizaci¨®n y la carne y el precio que supone la reposici¨®n de la caba?a. Las vacas con tuberculosis llegan a los mataderos con una gu¨ªa especial, denominada "conduce", expedida por los servicios ganaderos provinciales, donde se especifica que proviene de la campa?a de saneamiento. En muchos casos hay tratantes que se encargan de recoger reses de varios ganaderos para llevarlas todas a un mismo matadero. La investigaci¨®n iniciada por la Junta de Castilla-Le¨®n pretende descubrir si la carne de reses enfermas ha sido liberada al mercado de acuerdo con la legislaci¨®n, o por el contrario no ha pasado la inspecci¨®n sanitaria.
El veterinario del matadero debe acreditar si la res tuberculosa puede liberarse para el consumo o si debe incinerarse el animal. En tal caso el ganadero cobra 140 pesetas por kilo de canal.
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