De lo posible a lo confuso
Considera el autor del texto -escrito desde la perspectiva de su publicaci¨®n antes de la jornada dominical, puesto que el tema formaba parte del debate electoral- que las pol¨ªticas de protecci¨®n y de inserci¨®n social deben acompasarse a las posibilidades de la sociedad y contar con un cuadro claro de prioridades y objetivos. Otra cosa es confundir a los ciudadanos y dificultar su elecci¨®n.
El sistema espa?ol de protecci¨®n al desempleo est¨¢ concebido para dar protecci¨®n a personas que ya han tenido un trabajo. Para las personas que buscan su primer empleo, lo m¨¢s conveniente es ampliar y reforzar las medidas de acci¨®n positiva que facilitan su incorporaci¨®n al trabajo, bien sea a trav¨¦s de subvenciones o de bonificaciones para fomentar la inserci¨®n o la integraci¨®n profesional, bien a trav¨¦s de cursos de reciclaje y cualificaci¨®n profesional -que en circunstancias de necesidad se acompa?an de subsidios similares a la protecci¨®n asistencial al desempleo-, bien mediante la participaci¨®n de los j¨®venes que se encuentran en situaci¨®n de necesidad en los programas p¨²blicos de empleo-formaci¨®n, como las escuelas-taller y las casas de oficios.La Constituci¨®n espa?ola de 1978, por su parte, reserva la competencia de la asistencia social a las comunidades aut¨®nomas, de acuerdo con lo establecido por el art¨ªculo 148.1.20. Ello quiere decir que las modalidades de protecci¨®n social basadas en la apreciaci¨®n de la necesidad econ¨®mica a trav¨¦s del llamado trabajo social recaen sobre las instituciones auton¨®micas. Ciertamente que estas pr¨¢cticas cuentan con mayor tradici¨®n en el mundo anglosaj¨®n que en el continental, pero no por ello pueden descartarse como modalidades viables de aproximaci¨®n a las contingencias protegibles.
De hecho, la modalidad de asistencia denominada salario m¨ªnimo de inserci¨®n, implantada recientemente en Francia, ha tenido que echar mano de la apreciaci¨®n y valoraci¨®n de la situaci¨®n de necesidad por parte de un consejo departamental presidido por el prefecto, basada en informe! realizados bajo la t¨¦cnica de la asistencia social. Sin embargo, la historia de este tipo de pol¨ªticas tiene en Espa?a una memoria poco grata por su conexi¨®n con pol¨ªticas de control social, religioso o pol¨ªtico, a trav¨¦s de las instituciones de beneficencia.
Son las comunidades aut¨®nomas, pues, los poderes p¨²blicos que debieran asumir el establecimiento de pol¨ªticas estrictamente asistenciales, naturalmente en conexi¨®n con las corporaciones locales, que son las que han actuado tradicionaldiente en ese terreno. La m¨¢s estrecha colaboraci¨®n con la Administraci¨®n laboral, por su parte, es la v¨ªa para garantizar un ¨®ptimo en el alcance de la protecci¨®n del sistema general de prestaciones por desempleo, las pol¨ªticas activas de recursos humanos y los sistemas de asistencia social. Por el contrario, las pol¨ªticas que ponen ¨¦nfasis en el concepto de salario social equivocan el uso de las palabras (el salario es siempre la contrapartida de un trabajo) y confunden la direcci¨®n de las pol¨ªticas a adoptar.
Imperativo ¨¦tico
Pero la dificultad del empe?o no debe ser obst¨¢culo para avanzar en esa direcci¨®n, que es un imperativo ¨¦tico para todos, ya que la estatura moral de una sociedad se mide precisamente por la manera en que trata a sus miembros m¨¢s d¨¦biles y desvalidos.
La adopci¨®n de un anteproyecto de ley de pensiones no contributivas ha iniciado el camino de proteger a las personas mayores que no tienen ingresos m¨ªnimos, con independencia de cu¨¢l haya sido su historia vital y laboral.
El paso siguiente a dar en esa direcci¨®n, con vistas a 1992, es alcanzar una garant¨ªa social efectiva de que los trabajadores mayores de 45 a?os que pierden su empleo no corran el riesgo de atravesar ning¨²n per¨ªodo de su vida -hasta su jubilaci¨®n- sin la protecci¨®n o el subsidio de de sempleo, o sin un empleo o activ¨ªdad remunerada, ya sea en el sector privado -por cuenta ajena o accediendo a una actividad como aut¨®nomos-, ya participando en programas de empleo p¨²blico o de recualificaci¨®n profesional que faciliten una renta digna.
Esta garant¨ªa social no debe provenir tan s¨®lo de la concesi¨®n generalizada de subsidios. La f¨®rmula m¨¢s correcta consiste precisamente en la combinaci¨®n de medidas activas con medidas de protecci¨®n, desarrollando los programas en estrecha colabora ci¨®n del Estado con las comuni dades aut¨®nomas y los ayunta mientos, y recabando -all¨ª don de sea posible- el apoyo de las empresas y organismos radicados en cada zona, de modo que se difunda y se perciba p¨²blicamente la solidaridad social.
La consecuci¨®n de esa forma de garant¨ªa social es un objetivo ambicioso para el pr¨®ximo cuatrienio a escala nacional, sin perjuicio de que el grado de dificultad resulte muy distinto en las diferentes comunidades aut¨®nomas.
Tras la reciente ampliaci¨®n de la protecci¨®n al desempleo, los avances en la garant¨ªa social para otros colectivos menos prioritarios deber¨ªan consistir, durante esta etapa, en la oferta de acciones adecuadas de formaci¨®n profesional para el reciclaje a los parados mayores de 25 a?os y menores de 45 sin derecho a protecci¨®n, facilit¨¢ndoles durante el curso ayudas equivalentes al subsidio de desempleo. Para los j¨®venes o los desempleados en busca de primer empleo, la garant¨ªa debe otorgarse a los que tengan responsabilidades familiares, y consistir en la participaci¨®n en cursos de formaci¨®n profesional con subsidios o en los programas de escuelas-taller y de casas de oficios.
Para los parados sin empleo anterior o menores de 25 a?os sin responsabilidades familiares debe garantizarse el acceso a cursos de formaci¨®n en un tiempo adecuado y la concesi¨®n de becas de inserci¨®n laboral durante la duraci¨®n de los mismos, adem¨¢s de todas las medidas de discriminaci¨®n positiva para fomentar el empleo estable.
Porque las pol¨ªticas de protecci¨®n y de inserci¨®n social tienen que acompasarse a las posibilidades de la sociedad en cada momento y contar con un cuadro claro de prioridades y objetivos. Otra cosa es confundir a los ciudadanos y dificultar su elecci¨®n.
?lvaro Espina es secretario general de Empleo y Relaciones Laborales del Ministerio de Trabajo.
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