'Intervi¨²' tendr¨¢ que indemnizar a Marta Ch¨¢varri por publicar una foto de la demandante sin ropa interior
La carencia de inter¨¦s social de las fotos de Marta Ch¨¢varri en Intervi¨² en las que se apreciaba la zona del pubis, y la falta de su consentimiento para publicarlas son las razones por las que una juez de Barcelona considera que la revista se entrometi¨® en su derecho a la propia imagen. La titular del Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 21 de Barcelona, Marta Rallo Ayezcuren; ha dictado una sentencia en la que da la raz¨®n a Marta Ch¨¢varri, al resolver la demanda que present¨® contra Intervi¨² por considerar que la publicaci¨®n de esas fotos, en febrero de 1989, supon¨ªa una violaci¨®n de su derecho a la intimidad y a la propia imagen.
Tanto Marta Ch¨¢varri como el que ejerzan un cargo p¨²blico y abogado que la ha representado, Gonzalo Casado, han mostrado su satisfacci¨®n porque con la sentencia se repara la grave intromisi¨®n que hab¨ªan producido en el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen.La sentencia condena a Ediciones Zeta, al director de la revista, Ignacio Fontes, y al autor del reportaje, Constantino Blanco Rodr¨ªguez, a indemnizar a Marta Ch¨¢varri, con car¨¢cter solidario por los perjuicios que le causaron.
La resoluci¨®n se?ala que la cuant¨ªa de la indemnizaci¨®n se fijar¨¢ cuando se ejecute la sentencia, y se establece que Intervi¨² est¨¢ obligada a publicar la parte dispositiva del texto legal a costa de los demandados, que tendr¨¢n que pagar tambi¨¦n las costas del juicio.
Tras afirmar que el derecho a la propia imagen no impide su captaci¨®n, reproduci¨®n o publicaci¨®n por cualquier medio cuando se trate de personas se obtenga durante un acto p¨²blico en lugares p¨²blicos, la juez asegura que "no se da tal circunstancia en el presente caso", porque no se conoce que Marta Ch¨¢varri ejerza una profesi¨®n de notoriedad ni cargo p¨²blico.
El fallo recuerda que el derecho a la informaci¨®n no se ha considerado preferente respecto del derecho a la propia imagen, cuando existe un inter¨¦s p¨²blico prevalente.
En cuanto a la obtenci¨®n de las instant¨¢neas en un lugar p¨²blico, la sentencia, asegura que "la imagen de la actora, en la forma en que aparece en la revista, no pod¨ªa ser apreciada en el lugar de la captaci¨®n por cualquier persona y que, con los medios de iluminaci¨®n utilizados por el fot¨®grafo, se produjo una ampliaci¨®n de la perfecci¨®n natural".
Para la juez, Marta Ch¨¢varri "ha preservado de la vista p¨²blica la zona de su cuerpo que exhiben las fotograf¨ªas"..
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.