Las elecciones deber¨¢n repetirse en Melilla y en 30 mesas de Pontevedra
Las elecciones legislativas habr¨¢n de repetirse en la circunscripci¨®n de Melilla y en m¨¢s de 30 mesas de Pontevedra, seg¨²n las sentencias que el Tribunal Constitucional har¨¢ p¨²blicas esta misma semana. Se cierra as¨ª el recurso de amparo presentado por el PSOE contra el fallo de los tribunales superiores de Andaluc¨ªa y de Galicia, que anularon en su d¨ªa los comicios celebrados el 29 de octubre.
Las numerosas irregularidades detectadas en Melilla han llevado al Constitucional a mantener la decisi¨®n de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Andaluc¨ªa, que orden¨® repetir las elecciones en aquella ciudad.Por lo que respecta a Pontevedra, y seg¨²n ha podido saber EL PA?S, el Tribunal ordenar¨¢ repetir las elecciones en unas 30 mesas si no se logra obtener los resultados aut¨¦nticos de las mismas.
En el caso de Melilla se desestimar¨¢ el recurso del Partido Socialista Obrero Espa?ol (PSOE) y se mantendr¨¢ el criterio opuesto al que se ha mantenido en la sentencia de Murcia, hecha p¨²blica el jueves, y el que se sostendr¨¢ respecto a la elecci¨®n en Pontevedra. En Melilla, el PSOE obtuvo el esca?o de diputado al Congreso y los dos para el Senado.
El fallo respecto al recurso de Pontevedra es semejante al de Murcia, ya que, seg¨²n fuentes conocedoras del texto sometido al pleno del Tribunal y salvo retoques de ¨²ltima hora, se ordenar¨¢ al Tribunal Superior de Justicia de Galicia que, si no encuentra el medio adecuado para obtener los datos aut¨¦nticos, anule las elecciones correspondientes s¨®lo en una treintena de mesas, en las que deber¨¢n repetirse los comicios.
En Pontevedra desaparecieron 208 papeletas pertenecientes a 24 mesas de Vigo, Villagarc¨ªa de Arosa, Redondela, Sanxenxo, Cerdedo y Pontevedra. Tampoco fueron computados 38 votos v¨¢lidos por extrav¨ªo u omisi¨®n, lo que cuestiona el resultado de 9 mesas m¨¢s.
Estas sentencias del Tribunal Constitucional no resuelven, como tampoco lo hizo la referida a las elecciones de Murcia, las diferencias de criterio existentes entre los diferentes tribunales superiores de Justicia sobre los conceptos electores de mesa y votantes.
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