Espa?a incorpora a su legislaci¨®n el control de las ventas al Este dise?ado por Estados Unidos en la guerra fr¨ªa
Cinco a?os despu¨¦s de su ingreso en el Comit¨¦ Multilateral para el Control de las Exportaciones (Cocom), en septiembre de 1985, Espa?a acaba de incorporar a su legislaci¨®n interna los mecanismos que, en plena guerra fr¨ªa, impuso Estados Unidos a sus aliados para evitar el trasvase de alta tecnolog¨ªa occidental a los pa¨ªses comunistas. Los pasados d¨ªas 7 y 8 de febrero, el Bolet¨ªn 0ficial del Estado public¨®, a lo largo de m¨¢s de 80 p¨¢ginas, las listas completas de material de defensa y tecnolog¨ªas de doble uso (civil y militar), cuya exportaci¨®n requerir¨¢ la autorizaci¨®n previa de la junta. interministerial creada al efecto.
La lista de productos sensibles cuya exportaci¨®n queda sujeta a control especial a partir del pr¨®ximo 10 de mayo ha sido confeccionada por el Ministerio de Econom¨ªa en base a las directrices aplicadas por el Cocom y es similar, en consecuencia, a la vigente en los restantes 16 pa¨ªses miembros de dicho comit¨¦ (todos los de la OTAN, menos Irlanda, m¨¢s Australia y Jap¨®n). Para Fernando G¨®mez Avil¨¦s, secretario general de Comercio y presidente de la junta interministerial, la nueva normativa no supone un. cambio radical respecto a la situaci¨®n vigente hasta ahora, ya que los mismos criterios ven¨ªan aplic¨¢ndose de facto desde hace al menos un a?o, aunque las empresas no estuvieran legalmente obligadas a pedir una licencia especial para exportar.El hecho de que Espa?a incorpore los controles a la exportaci¨®n en el momento en que la acelerada democratizaci¨®n de los pa¨ªses del Este y la distensi¨®n mundial los pone en cuesti¨®n, si no los vuelve obsoletos, no supone, en opini¨®n de G¨®mez Avil¨¦s, contradicci¨®n alguna. "Si hay que adaptar estos controles a las nuevas circunstancias, y no cabe duda de que habr¨¢ que hacerlo, es mejor estar dentro para participar en su revisi¨®n", afirma.
Seg¨²n el alto cargo de Comercio, la incorporaci¨®n a la legislaci¨®n espa?ola de las directrices del Cocom redunda en una "mayor seguridad jur¨ªdica" para las empresas espa?olas, que a partir de ahora podr¨¢n desenvolverse .en un entorno igual al de sus competidoras occidentales". Desde su punto de vista, el problema para las empresas no radica tanto en que las operaciones sean aprobadas por el Gobierno espa?ol, sino en que cuenten con el visto bueno internacional, ya que de lo contrario se arriesgar¨ªa sufrir duras represalias.
Dado nuestro nivel de desarrollo, muchos productos de alta y media tecnolog¨ªa fabricados en Espa?a incorporan componente de patente extranjera, y son los pa¨ªses propietarios de esas patentes, sobre todo Estados Unidos, los que, a trav¨¦s del Cocom, vetan su reexportaci¨®n.
La posibilidad de que el Gobierno espa?ol apruebe contratos sin el refrendo del Cocom es una hip¨®tesis "poco l¨®gica" para Fernando G¨®mez Avil¨¦s. "Una parte del compromiso adquirido por Espa?a al ingresar en dicho organismo", explica, "estriba en someter a consulta de sus miembros determinadas operaciones. Una vez obtenido este visto bueno, la junta dar¨¢ su criterio favorable". Adem¨¢s, agrega, "son la propias empresas las que no est¨¢n interesadas en esa soluci¨®n, pues lo que les preocupa es precisamente la aprobaci¨®n de terceros pa¨ªses".
Registro especial
Un d¨ªa despu¨¦s de concluir la publicaci¨®n de las listas de material sensible (que incluyen una ampl¨ªsima gama de productos relacionados con la defensa, la energ¨ªa nuclear, la electr¨®nica, las telecomunicaciones, la inform¨¢tica y muchos otros sectores), el Bolet¨ªn Oficial del Estado public¨® el pasado 9 de febrero la orden ministerial por la que se crea el registro de empresas exportadoras de este tipo de bienes. Con ambas medidas se completa el desarrollo normativo del decreto de 25 de marzo de 1988, origen de la Junta Interministerial Reguladora del Comercio Exterior de Material de Defensa y Productos y Tecnolog¨ªas de Doble Uso, que hasta ahora hab¨ªa venido funcionando en precario, desde el punto de vista jur¨ªdico.
El registro constituir¨¢ la base del control, ya que en el mismo deber¨¢n inscribirse obligatoriamente, como condici¨®n previa para poder exportar, todas las empresas vendedoras de material militar o de doble uso. La Direcci¨®n General de Comercio Exterior, depositaria del registro, podr¨¢ denegar la inscripci¨®n de una empresa, e incluso cancelarla si ya estuviera inscrita, en caso de existir contra la misma "sanciones administrativas o penales en materias relacionadas con la seguridad nacional, contrabando y comercio exterior en general", o cuando se aprecie "falsedad u ocultaci¨®n de datos en la solicitud de inscripci¨®n en el registro".
Las solicitudes de inscripci¨®n deber¨¢n incluir, entre otros datos, la composici¨®n del capital, especialmente la participaci¨®n extranjera, as¨ª como una lista de los art¨ªculos y tecnolog¨ªas exportados en los ¨²ltimos tres a?os; entendi¨¦ndose por tecnolog¨ªa tanto la transmisi¨®n de informaci¨®n como la asistencia t¨¦cnica.
Para Enrique Linde, secretario de la junta interministerial, la posible cancelaci¨®n de la inscripci¨®n de una empresa en el registro, que le impedir¨ªa volver a exportar, supone un mecanismo sancionador suficientemente expeditivo para disuadir a presuntos infractores. Adem¨¢s, el Ministerio de Econom¨ªa prepara un proyecto de ley sobre sanciones a las infracciones al comercio exterior que podr¨ªa incluir medidas espec¨ªficas para las firmas exportadoras de material sensible. Pese a ello, Enrique Linde asegura que la intenci¨®n del Gobierno es la de .no perturbar m¨¢s de lo imprescindible la exportaci¨®n de tecnolog¨ªa". Con este objetivo se dictar¨¢ una orden ministerial destinada a agilizar en determinados su puestos la obtenci¨®n de las licencias.
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