El Supremo considera ilegal la asociaci¨®n promovida por el cabo Rosa
La Uni¨®n Democr¨¢tica de Guardias Civiles (UDGC), promovida por el cabo Manuel Rosa Recuerda, es una asociaci¨®n ilegal, dado el car¨¢cter militar de este cuerpo, seg¨²n una sentencia del Tribunal Supremo. Esta sentencia, que viene a ratificar la tesis mantenida por el Ministerio del Interior, explica que la UDGC debe ser considerada como "sindicato o asociaci¨®n profesional reivindicativa" y, por tanto, su constituci¨®n ser¨ªa "un caso de fraude de ley", dado el car¨¢cter militar de la Guardia Civil.La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo rechaza as¨ª el recurso interpuesto por el cabo Rosa contra la decisi¨®n del Ministerio del Interior de no admitir en el Registro de Asociaciones a la UDGC. La sentencia explica que "el problema nuclear que plantea este litigio es si la denominaci¨®n Uni¨®n Democr¨¢tica de Guardias Civiles es una asociaci¨®n en sentido gen¨¦rico, que goza de la cobertura del art¨ªculo 22 de la Constituci¨®n -sobre libre asociaci¨®n-, o se trata de un sindicato".
El tribunal da la raz¨®n al abogado del Estado, que argument¨® que esta agrupaci¨®n "tiene fines propios de los sindicatos" y lo ratifica en la lectura del art¨ªculo quinto de los estatutos de la UDGC, que incluye la defensa de los intereses profesionales de sus miembros en todos los aspectos". Esta expresi¨®n, seg¨²n el Supremo, es muy amplia y comprende "indudablemente los intereses de car¨¢cter econ¨®mico y social, cuya promoci¨®n es preelsamente la raz¨®n de ser de los sindicatos".
Sobre la posibilidad de que la UDGC fuera una asociaci¨®n profesional del tipo de las formadas por jueces y magistrados, el Supremo se?ala que estas ¨²ltimas est¨¢n sujetas a una inscripci¨®n en un registro especial, a cargo del Consejo General del Poder Judicial, "mientras que lo que se debate en este litigio es el gen¨¦rico derecho de asociaci¨®n".
La sentencia insiste en que si se pudiera denominar a la UDGC como una asociaci¨®n profesional relvindicativa, esto mismo "podr¨ªa predicarse tambi¨¦n de las denominadas organizaciones sindicales que pueden constituir los miembros del Cuerpo Nacional de Policia, y es revelador que tal derecho no se reconozca en la ley a los miembros de la Guardia Civil". "En conclusi¨®n", se?ala la sentencia, "ya se considere la UDGC como un sindicato o como una asociaci¨®n profesional relvindicativa, lo cierto es que nos encontramos ante un fraude de ley".
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