La juez del ¡®caso Nacho Cano¡¯ pide que se repita el informe de la Inspecci¨®n de Trabajo: ¡°No hizo su labor¡±
La magistrada concluye en un nuevo auto que la funcionaria no investig¨® ni comprob¨® la actividad de los supuestos becarios, ni qui¨¦nes eran sus profesores, ni c¨®mo se gestionaban sus ¡°estudios¡±
![El productor musical Nacho Cano a su llegada a los juzgados de Plaza de Castilla en Madrid para declarar como investigado.](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/7V2HFQIARIUP2S3UDANSM5EDRA.jpg?auth=84a05f1f85d9cacf10c5850749bd713a5072524e3a02437e3aafbb6eb0ee77a8&width=414)
![Patricia Ortega Dolz](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/https%3A%2F%2Fs3.amazonaws.com%2Farc-authors%2Fprisa%2Fa33dfeb6-4026-4031-a4a6-7d2d5d5e7732.png?auth=3021d96c3c521439c6dab41a89dbc6ab0069d6810cb6ad96f2259133dd6ae86e&width=100&height=100&smart=true)
En su ¨²ltimo auto, del 5 de febrero, la jueza que investiga un delito contra los derechos de los trabajadores extranjeros y de favorecimiento de la inmigraci¨®n irregular cometido presuntamente por Nacho Cano y, al menos, tres de sus colaboradoras, tira por tierra el informe de la subinspectora de trabajo y ordena que se repita porque ¡°no llev¨® a cabo una verdadera labor inspectora¡±. El informe de la funcionaria conclu¨ªa que los 17 becarios mexicanos, que fueron tra¨ªdos a Espa?a en diciembre de 2023 por la empresa del excomponente de Mecano ¡°aleccionados¡± para que se hicieran pasar por turistas, realizaban ¡°pr¨¢cticas no laborales¡± en el marco de una formaci¨®n ¡°no reglada¡±. Es decir, la subinspectora, sin entrar a valorar si ten¨ªan o no permiso de estudios o de trabajo, aseveraba que estudiaban. Cano, y parte de su equipo, est¨¢n inmersos en este procedimiento despu¨¦s de que una de esas becarias, Lesly Ochoa, lo denunciara al sentirse estafada y explotada.
La juez del juzgado de instrucci¨®n n¨²mero 19 que instruye esta causa, tras desmenuzar el informe y analizar las declaraciones de testigos e investigados, entiende que la subinspectora no hizo bien su trabajo, porque no comprob¨® nada de lo que le dijeron los becarios, las colaboradoras de Cano ¡ªque s¨ª les estaban dando clase en el momento en que se produjo su intervenci¨®n¡ª y la supuesta empresa que gestionaba sus estudios, Jana, que no acredit¨® documentalmente el tipo de estudios que cursaban los alumnos, ni quienes eran sus profesores ni c¨®mo se financiaba.
El auto es demoledor contra la labor desarrollada por la funcionaria. Y deja entrever en su relato la estructura que ten¨ªan Cano y sus colaboradores, incluido el responsable de Jana, Javier Mu?oz Peinado (que ha pasado de ser testigo a investigado), y por el vicepresidente de su empresa Malinche, David Hatchwell, ahora tambi¨¦n investigado. Este ¨²ltimo, adem¨¢s de financiar el espect¨¢culo de Cano, es presidente de la Fundaci¨®n Hispano-Jud¨ªa y se reconoce como ¡°mentor¡± de la presidenta de Madrid, Isabel D¨ªaz Ayuso. Desde que el excomponente de Mecano fuera detenido el 9 de julio, ha querido presentarse como v¨ªctima de una conspiraci¨®n pol¨ªtico-policial por ser ¡°amigo de Ayuso¡±.
Ahora, sobre la labor de la subinspectora de Trabajo, la juez dice: ¡°Requiri¨® las matr¨ªculas en Jana de las 16 personas que manifestaron encontrarse becadas y consider¨® cumplimentado el requerimiento con el citado documento firmado y sellado por Javier Mu?oz Peinador y, por otro lado, no consta que se aportara la documentaci¨®n acreditativa de la actividad de formaci¨®n de cada uno de los becarios ni la documentaci¨®n financiera de dicho proyecto. Tampoco se aport¨® informaci¨®n de los profesores de la escuela Jana que realizaban la formaci¨®n de los becarios¡±.
Sin comprobaciones
¡°Respecto a la situaci¨®n de las 16 personas que manifestaron estar becados por Malinche, la subinspectora se?ala que Susana Jov¨¦ comunic¨® que ¡°sus abogados han tramitado el visado de estudios para cada uno de ellos¡± . Pues bien, no consta que se hiciera requerimiento alguno para que aportara a la Inspecci¨®n la documentaci¨®n acreditativa, resultando de la documental obrante en autos que en esa fecha, 27 de junio de 2024, las solicitudes de autorizaci¨®n de estancia por estudios hab¨ªan sido denegadas por la Delegaci¨®n del Gobierno de Madrid¡±, a?ade la magistrada.
¡°En cuanto a los recursos econ¨®micos de las 17 personas becadas, la subinspectora consider¨® que era suficiente el certificado de Malinche The Musical Spain en el que se indica que con la finalidad de proporcionar al estudiante los recursos econ¨®micos necesarios durante su periodo de estancia en Espa?a, se le ha dotado con un importe (8.400€) y el justificante bancario en el que aparece como ordenante ¡°Malinche the Musical Spain S.L y como beneficiario ¡°Malinche the Musical Spain S.L. Estos documentos ponen de manifiesto que los ¡°supuestos becarios¡± no tuvieron disponibilidad en ning¨²n momento de la dotaci¨®n econ¨®mica de la beca¡±, subraya la jueza.
En lo que se refiere a que tres de las 20 becas fueran financiadas por la Casa de M¨¦xico, puntualiza: ¡°Llama la atenci¨®n que este convenio de colaboraci¨®n de Jana Producciones y la Fundaci¨®n Casa M¨¦xico es de 4 de junio de 2024, por tanto, se firm¨® cuando hab¨ªan transcurrido seis meses desde la entrada de los supuestos becarios en Espa?a y con posterioridad a dictarse las resoluciones de la Delegaci¨®n del Gobierno denegando las solicitudes de autorizaci¨®n de estancia por estudios¡±. Adem¨¢s, se?ala que una de las tres becadas (con una beca de 13.000 euros), Victoria Hern¨¢ndez Rivera, era menor cuando entr¨® en Espa?a, ¡°sin visado de estudios y formando parte de los supuestos becarios que recibieron las instrucciones para simular una entrada tur¨ªstica¡±.
La juez insiste en que, en cuanto a la formaci¨®n, ¡°del informe resulta que el d¨ªa de la visita no hab¨ªa ning¨²n profesor de la escuela Jana, siendo Susana Jov¨¦ quien se form¨® en el m¨¦todo de aprendizaje de la escuela, la persona que organiza la formaci¨®n de los becarios de acuerdo a dicho m¨¦todo y que Jana asesora y gu¨ªa a Jov¨¦ en la organizaci¨®n de la formaci¨®n de los becarios conforme a dicho m¨¦todo y esta a su vez, informa a la escuela del resultado obtenido por los becarios durante la formaci¨®n y Jana emitir¨¢, una vez finalizada la formaci¨®n de los becarios, un diploma a cada uno de ellos haciendo constar el total de horas realizadas de la formaci¨®n en la que han participado¡±. Una f¨®rmula que no convenci¨® a la Delegaci¨®n de Gobierno, que deneg¨® los visados por estudios, como tambi¨¦n recuerda la jueza: ¡°Las solicitudes de estancia presentadas en Espa?a se denegaron por no acreditarse que los estudios objeto de la solicitud conduzcan a la obtenci¨®n de un t¨ªtulo o certificado de estudios (art. 37.1a y 38.2-a del Real Decreto 557/2011 de 20 de abril)¡±.
Seg¨²n la jueza, ¡°el consejero y administrador de Jana no ha aportado la documentaci¨®n requerida para acreditar el proyecto formativo y la documentaci¨®n financiera, ni ha identificado a ning¨²n profesor de Jana que impartiera formaci¨®n a los supuestos becarios¡±. Respecto a la actividad que desarrollaban, ¡°del informe y de la declaraci¨®n de la subinspectora resulta que la misma no llev¨® a cabo una verdadera labor inspectora. Reconoci¨® que ni visit¨® el centro de trabajo ni ha tenido acceso a las actuaciones judiciales en las que constan las investigaciones llevadas a cabo por el grupo de extranjer¨ªa de Polic¨ªa Judicial y que para emitir el informe se bas¨® en los datos obtenidos durante la visita a la Parroquia San Juan de la Cruz el d¨ªa 27 de junio de 2024, en las manifestaciones realizadas por los becarios en dicho lugar y los trabajadores de la empresa y los representantes de estas y la documental aportada y consultada en la base de datos de la Tesorer¨ªa de la Seguridad Social. Es m¨¢s, ¡°al ser interrogada en el Juzgado, manifest¨® que no pod¨ªa distinguir si el d¨ªa de la visita estas personas estaban recibiendo clases o ensayando el musical¡±, remacha la jueza.
Y concluye: ¡°Del atestado policial, ratificado en sede judicial por el instructor y el secretario y de las declaraciones judiciales de [la denunciante] Lesly Guadalupe Ochoa y [la supuesta becaria] Victoria Hern¨¢ndez Rivera se desprende, por un lado, que la formaci¨®n que recibieron los supuestos becarios consisti¨® en ensayar el Malinche para poder representarlo posteriormente en M¨¦xico y por otro, que ning¨²n profesor de Jana, que era la ten¨ªa que expedir el t¨ªtulo o certificado de estudios les imparti¨® clases ni te¨®ricas ni pr¨¢cticas¡±. Por todo ello, la jueza dispone que se cite a declarar como investigados al director de Jana y al vicepresidente de Malinche y que Inspecci¨®n emita un nuevo informe completo y con todas las comprobaciones hechas y acreditadas.
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