Investigaci¨®n judicial y garant¨ªas
LOS HECHOS, presuntamente delictivos, que investiga en Valencia el juez Luis Manglano dar¨¢n la clave sobre si el magistrado se ha excedido en sus competencias inquisidoras (que rozan lo inquisitorial desde la perspectiva del PP y los allegados de los detenidos) o, por el contrario, est¨¢ utilizando los instrumentos que la ley pone en su mano para averiguar los hechos y obtener las pruebas que conduzcan al enjuiciamiento de unas conductas gravemente da?osas para el conjunto de la colectividad. S¨®lo la entidad delictiva real de los hechos investigados y la dificultad de avanzar en la investigaci¨®n utilizando medios m¨¢s usuales -dificultad que por ahora no se puede evaluar, pero que ser¨¢ necesario explicar en su momento- justificar¨¢n el empleo de unas medidas extremas, que bordean el respeto a derechos y libertades reconocidos constitucionalmente y que vinculan a todos los jueces y magistrados.El juez Manglano no parece, en principio, un magistrado atrabiliario que se ponga a alancear enemigos reales o imaginarios. Su trayectoria profesional y las actuaciones anteriores que de ¨¦l se conocen indican m¨¢s bien seriedad y mesura, junto a una vocaci¨®n especial hacia la investigaci¨®n, que le mantiene, tras ocho a?os de ejercicio, al frente de un juzgado de instrucci¨®n, a pesar de la movilidad de la carrera judicial, que podr¨ªa haberle permitido ya el acceso a un tribunal colegiado, paso necesario para ascender en su d¨ªa al Tribunal Supremo. Ninguno de estos datos impide someter a la cr¨ªtica sus actuaciones y sus decisiones, sobre todo cuando se conozcan los razonamientos en los que se apoya.
Del mismo modo, es comprensible que los detenidos y sus allegados traten de ampliar al m¨¢ximo el derecho de defensa y utilicen todos los mecanismos jur¨ªdicos, a su alcance. Desde el h¨¢beas corpus, en el caso de pretendidas detenciones ?legales, hasta la exigencia de responsabilidades criminales, civiles y disciplinarias -a las que los titulares del poder judicial est¨¢n sujetos-, pasando por la interposici¨®n de los recursos procedentes ante la Audiencia Provincial de Valencia y la excitaci¨®n al ministerio fiscal para que cumpla con su obligaci¨®n de velar por el "respeto de las garant¨ªas procesales del imputado".
Mientras tanto, y a salvo siempre de los resultados que se obtengan con las medidas judiciales tan intr¨¦pidamente adoptadas, nos encontramos ante unos instrumentos legales puestos en manos de los jueces de instrucci¨®n y, por tanto, susceptibles de ser empleados contra cualquier ciudadano sospechoso. Bien es verdad que la acci¨®n de la justicia no se dirige habitualmente contra las personas bien instaladas en la sociedad ni contra quienes se encuentran en los aleda?os de los legisladores, que caen en la cuenta de lo buenas que son las garant¨ªas y lo fundamentales que son los derechos ciudadanos cuando observan en carne propia o pr¨®xima los resultados de su obra.
Los parlamentarios conservadores -como los socialistas en los ¨²ltimos tiempos- no se han destacado precisamente por acentuar las garant¨ªas jur¨ªdicas de los delincuentes en las sucesivas reformas legislativas del proceso penal y han solicitado m¨¢s dureza para quienes quebrantan la ley o para quienes se encuentran en la c¨¢rcel cumpliendo condena. Que las medidas legales no se hayan aplicado en esta ocasi¨®n a terroristas, narcotraficantes o simples chorizos -como despectivamente suele denominarse a los delincuentes con escasos medios econ¨®micos y lejanos a los circuitos de poder- no debe ser motivo para alterar concepciones de la justicia o del derecho, o para hacer invocaciones de la Constituci¨®n que, no realizadas en el momento legislativo oportuno, resultan hoy extempor¨¢neas e interesadas.
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