Demoras fiscales
LA INSEGURIDAD jur¨ªdica y la provisionalidad no han dejado de planear durante estos a?os sobre el sistema tributario espa?ol, lo que -unido a la ausencia de una s¨®lida tradici¨®n de conciencia fiscal- ha favorecido actitudes insolidarias o demag¨®gicas sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias. La sentencia del Tribunal Constitucional que declar¨® inconstitucionales cinco art¨ªculos de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas F¨ªsicas de 1978 pareci¨® proporcionar un fundamento firme sobre el que asentar un definitivo y s¨®lido sistema fiscal. Pero no ha sido as¨ª. Nuevamente han surgido las dudas, se aplazan una y otra vez las decisiones y se alimentan sospechas de inconstitucionalidad sobre algunas de las nuevas f¨®rmulas que se pretende introducir.La actual legislaci¨®n sobre el IRPF, circunscrita inicialmente a los a?os 1988 y 1989, lleva camino de ser una m¨¢s de las normas que en Espa?a han nacido bajo el signo de la provisionalidad y que, sin embargo, han estado vigentes durante a?os. Por lo pronto, su provisionalidad va a extenderse tambi¨¦n al ejercicio de 1990. De otro lado, la inseguridad jur¨ªdica que en s¨ª misma encierra toda norma provisional se ve reforzada a¨²n m¨¢s en este caso con los recursos de inconstitucionalidad presentados por el Partido Popular.
La pr¨®rroga durante un a?o m¨¢s de la normativa provisional del IRPF es consecuencia obligada de la demora que se est¨¢ produciendo en la elaboraci¨®n de la normativa definitiva, que hace pr¨¢cticamente inviable su entrada en vigor en la fecha prevista de 1 de enero de 1991. Y esta demora es consecuencia a su vez de la incapacidad de los grupos parlamentarios para ponerse de acuerdo sobre el contenido b¨¢sico de la nueva ley del IRPF. La dificultad t¨¦cnica de articular un sistema impositivo progresivo y no discriminatorio -tal como ordena la Constituci¨®n- es obvia. Tambi¨¦n la pol¨ªtica. Sin embargo, nada justificar¨ªa un desacuerdo tal entre los grupos parlamentarios que retrase todav¨ªa m¨¢s la existencia en Espa?a de un r¨¦gimen fiscal jur¨ªdicamente s¨®lido y homologable al vigente en la mayor¨ªa de los pa¨ªses de la CE. Y si fuera cierto que esta demora se debe tambi¨¦n a ocultas motivaciones recaudatorias -el proyecto del nuevo IRPF contempla una disminuci¨®n de ingresos por este impuesto-, a¨²n lo estar¨ªa menos. El Gobierno sacrificar¨ªa la urgente y necesaria estabilizaci¨®n del sistema fiscal al objetivo de allegar unos cuantos miles de millones m¨¢s de pesetas para las arc¨¢s p¨²blicas.
En cualquier caso, el recurso una vez m¨¢s en esta materia al Tribunal Constitucional -son preocupantes las sospechas de inconstitucionalidad que ya se lanzan sobre la nonata nueva ley del IRPF- revelar¨ªa una preocupante incapacidad de las fuerzas parlamentarias, y sobre todo de la mayoritaria, para construir por s¨ª mismas el sistema impositivo que necesita el Estado espa?ol de nuestros d¨ªas. Por otra parte, requerir nuevamente el dictamen del Tribunal Constitucional respecto de cuestiones sobre las -que ya se ha pronunciado -por ejemplo, el car¨¢cter individual del impuesto sobre la renta y, por tanto, la incongruencia de utilizarlo como referencia de comparaci¨®n entre unidades familiares- contribuye a reforzar su nada deseable papel de tercera C¨¢mara que tanto le critican quienes precisamente m¨¢s lo promueven con su incompetencia, pol¨ªtica y legislativa.
El inter¨¦s general y el particular de cada contribuyente exigen acabar cuanto antes con la incertidumbre que genera un marco fiscal cambiante y forjado a golpe de decisiones tomadas al hilo de la coyuntura pol¨ªtica y econ¨®mica. Ser¨ªa tan temerario elaborar una norma que de nuevo fuese recurrida -y perdida o matizada- ante el Tribunal Constitucional como debatir indefinidamente y ampliar un vac¨ªo legal que, qui¨¦rase o no, genera una sensaci¨®n de crisis fiscal permanente, que no beneficia al Estado y causa perjuicios evidentes a los ciudadanos. Si existe una cuesti¨®n que merezca el consenso de las fuerzas pol¨ªticas, ¨¦sta es la fiscal. En este sentido, tiene raz¨®n el secretario de Estado de Hacienda, Jos¨¦ Borrell, cuando supedita los plazos de la elaboraci¨®n de la nueva ley del IRPF a la obtenci¨®n del consenso. Pero a condici¨®n de que no sea una coartada que encubra prop¨®sitos menos edificantes.
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