Los presuntos
Las quejas de personas que se sienten injustamente tratadas, cuando no acusadas o difamadas, en casos relacionados con la justicia, aterrizan peri¨®dicamente en la mesa del Ombudsman. Son personas que buscan una reparaci¨®n moral. Son los presuntos. En este pa¨ªs se ha instalado en el lenguaje period¨ªstico la costumbre de denominar presunto -homicida, estafador, defraudador, etc¨¦tera- a cualquier persona detenida o acusada del delito presumido. A veces, ni siquiera son acusados. Su nombre aparece mencionado en un sumario, en unas diligencias. Ni el fiscal ha formulado acusaci¨®n, ni el juez ha dictado auto, ni existe acusaci¨®n particular y los presuntos llevan ya colgando el sambenito. Pero a veces, incluso, ni siquiera su nombre aparece mencionado en un sumario o en unas diligencias, sino que la presunci¨®n se cuelga de una nota informativa de la polic¨ªa o de fuentes an¨®nimas. En este ¨²ltimo caso, con el agravante de desconocer qui¨¦n lanza la acusaci¨®n. La presunci¨®n, como toda expresi¨®n que se adelanta a los hechos, alcanza su forma m¨¢s est¨²pida y execrable cuan, do llega a su grado m¨¢ximo: el presunto culpable.La presunci¨®n de inocencia, a la que todo ciudadano tiene un derecho inalienable, no existe en ese lenguaje acu?ado. Los protagonistas habituales de la informaci¨®n de sucesos, de la cr¨®nica negra o roja, lo saben bien. Pero, hasta hace unos a?os, los habituales de estas secciones de los medios de comunicaci¨®n, salvo excepciones, eran poblaci¨®n marginal, con poca capacidad para hacerse escuchar.
La judicializaci¨®n de la vida p¨²blica espa?ola est¨¢ cambiando las cosas. Los esc¨¢ndalos, reales o ficticios, las acusaciones, las tramas, los casos judiciales, alcanzan a todas las actividades de la vida p¨²blica y privada. Los medios de comunicaci¨®n est¨¢n llenos de presuntos o implicados en los casos m¨¢s dispares. Son tanto personas destacadas como desconocidas, de la pol¨ªtica, la econom¨ªa, la cultura o el deporte. As¨ª, al amparo de la notoriedad de las personas, se da publicidad a querellas, algunas de las cuales no son siquiera admitidas a tr¨¢mite por el juez. La acusaci¨®n publicada, sin embargo, permanece. La notoriedad de las personas o el inter¨¦s social de la causa ampara, en la pr¨¢ctica, el derecho de los periodistas a facilitar informaci¨®n que se encuentra bajo secreto sumarial.
El Ombudsman no considera que en Espa?a sea posible aplicar el acuerdo que las empresas period¨ªsticas y los periodistas mantienen en Suecia de no facilitar ni el nombre ni la imagen de las personas acusadas o procesadas para proteger la presunci¨®n de inocencia. En un caso tan grave como la investigaci¨®n sobre el asesinato del primer ministro Olof Palme, y en el juicio contra un ciudadano que fue acusado del asesinato y absuelto, la prensa y los medios de comunicaci¨®n de Suecia no facilitaron ni su nombre ni su imagen, pese a que toda la prensa europea, que se vend¨ªa en los mismos quioscos, lo hiciera. El acuerdo, que no obligaci¨®n, alcanza a no publicar la identidad de los ciudadanos suecos condenados a penas leves, para facilitar su reintegraci¨®n social.
Entre el modelo sueco, con sus ventajas y sus limitaciones, y el modelo espa?ol caben algunos matices. Puede que se trate de un problema de conocimientos t¨¦cnicos y del buen o mal empleo del lenguaje preciso; o tal vez sea una falta de escr¨²pulos que permite vender esc¨¢ndalos a cualquier precio.
Los fallos de la justicia son un buen material informativo para los periodistas. El drama que atraviesa todo hombre o mujer injustamente condenado conmueve a los ciudadanos que valoran su libertad. La capacidad del lenguaje para crear realidad obliga a los periodistas a respetar la libertad de las personas y no presuponer la culpabilidad de nadie. El Libro de estilo de EL PA?S no contempla en ning¨²n apartado, ni siquiera en el de errores m¨¢s corrientes, el asunto de los presuntos delincuentes. Esperemos que lo haga en las pr¨®ximas ediciones a fin de reducir m¨¢s si cabe los da?os colaterales de la informaci¨®n. Aqu¨ª tambi¨¦n se alcanza a personas inocentes.
Infarto en vuelo
El pasado 15 de marzo, en la secci¨®n de Madrid, este diario publicaba una noticia bajo el siguiente titular: La falta de medios en un avi¨®n impide atender un infarto en vuelo. La informaci¨®n fue facilitada por un pasajero del avi¨®n que llam¨® por tel¨¦fono al diario a ¨²ltima hora de la tarde. En la noticia, entre otras cosas, se dec¨ªa que el enfermo no pudo ser atendido por falta de medios sanitarios, que "ninguna de las cuatro bombonas de ox¨ªgeno del avi¨®n funcionaba correctamente" y que una azafata hab¨ªa se?alado que no hab¨ªa jeringuillas en el botiqu¨ªn. El redactor que tom¨® la informaci¨®n intent¨® contrastar la versi¨®n del pasajero con un empleado de la compa?¨ªa a¨¦rea, el cual dijo desconocer el incidente.
La compa?¨ªa a¨¦rea Aviaco, en una nota enviada al diario, niega la exactitud de la informaci¨®n, se?ala que el pasajero fue atendido por dos doctores que viajaban en el mismo vuelo y que, en contra de lo que se afirma en la informaci¨®n, le fue aplicado ox¨ªgeno; que el avi¨®n dispon¨ªa de un botiqu¨ªn abastecido de acuerdo con las especificaciones internacionales y que al paciente le fue inyectado un medicamento para enfermedades cardiacas, por lo que la inexistencia de jeringuillas es "absolutamente infundada".
El Libro de estilo de EL PA?S, en una de sus normas m¨¢s conocidas, exige que el periodista transmita a los lectores noticias comprobadas. La colaboraci¨®n de los lectores siempre es bien venida, pero el trabajo de los periodistas consiste en confirmar los datos que se facilitan, salvando los obst¨¢culos que a veces se interponen, para dar la informaci¨®n m¨¢s veraz y completa posible, y, en caso de conflicto, conocer la versi¨®n de todas las partes.
El tel¨¦fono directo del Ombudsman es el 754 45 53 de Madrid.
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