Revocada la pena a una abogada que denunci¨® y malos tratos a detenidos
El Tribunal Supremo ha revocado la condena a seis meses de prisi¨®n por un delito de calumnias impuesta a la abogada Blanca Ferrer Garc¨ªa, que denunci¨® en un diario regional malos tratos a cuatro detenidos en la Jefatura Superior de Polic¨ªa de Pamplona.
La abogada, que asisti¨® de oficio a los cuatro detenidos, "sienti¨¦ndose una convidada de piedra", remiti¨® una carta al diario Navarra Hoy en la que denunciaba "malos tratos policiales" a sus espaldas durante interrogatorios que se prolongaron "durante cuatro y seis horas" y en los que "hubo tortas a granel, y no precisamente de dulce".Por estas afirmaciones, Blanca Ferrer fue condenada por la Audiencia Provincial de Navarra a seis meses y un d¨ªa de prisi¨®n y a 30.000 pesetas de multa como autora de un delito de calumnias. (falsa imputaci¨®n de un delito).
La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el presidente de la Sala Segunda, Enrique Ruiz Vadillo, se?ala que no hay calumnia "cuando el sujeto actu¨® de buena fe, a trav¨¦s de un contenido m¨ªnimo, ¨¦tico social, incluso cuando en ello haya excesos". El alto tribunal entiende que no se produjeron los malos tratos denunciados por la letrada, ya que el forense que reconoci¨® a los detenidos no observ¨® ninguna patolog¨ªa y la "garant¨ªa extrema" que supone la intervenci¨®n del juez concluy¨® con el archivo de las diligencias.
No obstante, la sentencia dice que si los detenidos "denuncian malos tratos a su abogada, aunque se archiven las correspondientes diligencias y si algunos mantuvieron esta postura en el juicio oral, aunque otro no lo hiciera, todo ello no priva de credibilidad a las manifestaciones de la procesada".
A?ade que la abogada "no pretend¨ªa difamar, sino informar y denunciar", aunque "la exteriorizaci¨®n de estas inquietudes pudo canalizarse con m¨¢s eficacia a trav¨¦s de la autoridad judicial o del fiscal".
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