Las el¨¦ctricas deben dedicar parte de los beneficios a asegurar a sus pensionistas
El Ministerio de Econom¨ªa es partidario de que las obligaciones atrasadas de las compa?¨ªas el¨¦ctricas en materia de pensiones se cubran con cargo a beneficios, seg¨²n fuentes de la Administraci¨®n. El capital necesario para asegurar los compromisos de pensiones complementarias asciende a unos 500.000 y para su cobertura se barajan varias posibilidades con cargo a reservas, con cargo a benericios, o sufragando parte del d¨¦ficit v¨ªa tarifa.
La actualizaci¨®n de las obligaciones contra¨ªdas por las empresas como complemento al R¨¦gimen General de la Seguridad Social supuso para las empresas el¨¦ctricas la sorpresa de encontrarse con que deb¨ªan hacer frente a un total de 500.000 millones de pesetas. Ante esta situaci¨®n, la patronal del sector, los Ministerios de Econom¨ªa e Industria, el Instituto de Contabilidad y Auditor¨ªa de Cuentas (ICAC) y Arthur Andersen consituyeron una comisi¨®n para estudiar la adaptaci¨®n legal de los compromisos de las compa?¨ªas a la nueva situaci¨®n y su armonizaci¨®n con el Plan General Contable.En estos momentos, las conclusiones de la comisi¨®n se encuentran en fase de elaboraci¨®n, tarea que corre a cargo del ICAC. Una vez terminado este documento, deber¨¢ ser aprobado por el Ministerio de Econom¨ªa y Hacienda, por la v¨ªa de la Secretar¨ªa de Estado de Econom¨ªa. A pesar de que las conclusiones est¨¢n sometidas a variaciones ulteriores, hay un conjunto de soluciones pr¨¢cticamente inamovibles.
El tema central de debate en esa comision ha sido la f¨®rmula sobre la que se articular¨ªa la consecuci¨®n de los fondos destinados a cubrir las obligaciones sobre pensiones. Las opciones giraban en torno a tres alternativas: utilizar las reservas, recortar los resultados o establecer una ayuda v¨ªa tarifas.
Desde el primer momento, los representantes de UNESA se mostraron partidarios de que, al igual que sucede en otros casos como el coste de la moratoria de las centrales nucleares, parte de la deuda se cubriera mediante un recargo de las tarifas el¨¦ctricas. Sin embargo, fuentes de la Administraci¨®n se?alan que el Ministerio de Econom¨ªa y Hacienda no es partidario de esta f¨®rmula.
Entre las dos alternativas restantes, la preferida por la Administraci¨®n es que se efect¨²e don cargo a beneficios, dado que optar por un deterioro, de las reservas puede ser peligroso de cara a la solidez de las entidades. Esta soluci¨®n cuenta, obviamente, con la oposici¨®n frontal de las el¨¦ctricas.
No obstante, esta discrepancia no tiene r¨¦plica en otros aspectos del plan. El conjunto de los integrantes de la comisi¨®n est¨¢n de acuerdo en aumentar los plazos de amortizaci¨®n tanto para pensiones causadas (personal pasivo) como para las no causadas (personal activo).
En teor¨ªa, el plazo de amortizaci¨®n para obligaciones pasivas de 7 a?os, y para las activas de 15. La soluci¨®n articulada es que en el primero de los casos se aumente hasta 10 a?os, y el segundo hasta 20.
Otro de los aspectos concordantes es que la tasa nominal de actualizaci¨®n sea del 6%. Sin embargo, algunas compa?¨ªas, como Uni¨®n Fenosa han optado por hacer su c¨¢lculos con un 8%. Adem¨¢s, todas las compa?¨ªas, excepto Iberduero e Hidrola, han optado por recoger sus compromisos en un fondo interno, es decir, controlando la gesti¨®n, directa.
Iberduero e Hidrola, convertidas en Iberdrola I e Iberdrola II, han optado por dos mecanismos distintos. Iberduero posee una mutualidad para canalizar a sus obligaciones con el personal, con la que controla un capital superior a 30.000 millones de pesetas. Hidrola fue la ¨²nica el¨¦ctrica que se acogi¨® a la Ley de Planes y Fondos de Pensiones.
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