ApIiquen las leyes
Es triste, lamentablemente triste, que vayan a cumplirse pr¨®ximamente 16 a?os desde que el rey Juan Carlos I accedi¨® a la jefatura, de Estado, volviendo con ello a implantarse la legalidad democr¨¢tica, y que todav¨ªa no haya sido aplicada la amnist¨ªa a diversos colectivos que sufrieron importantes lesiones en sus derechos a consecuencia de la guerra civil. Nuestro caso es uno m¨¢s entre los muchos que est¨¢n pendientes de resolver por la Administraci¨®n (ministerios de Econom¨ªa y Hacienda, Defensa e Interior), aunque, al recurrir a la v¨ªa jurisdiccional, la Administraci¨®n de justicia (Audiencia Nacional y audiencias territoriales) haya dado la raz¨®n a casos individuales de este peque?o colectivo.Los componentes de este colectivo, guardias de seguridad y asalto ingresados con anterioridad al 18 de julio de 1936 y por tanto profesionales a todos los efectos, permanecieron durante el periodo de guerra civil en zona de la Rep¨²bl¨ªca prestando los servicios de su clase, por lo que fueron sancionados (degradados y depurados) al acabar la guerra, reingresando en el Cuerpo de Polic¨ªa Armada y de Tr¨¢fico hasta su retiro del cuerpo, sin serles nunca reconocidos los empleos que les fueron anulados. Este colectivo lleva 15 a?os reivindicando sus leg¨ªtimos derechos ante la Administraci¨®n, no siendo atendidas debidamente sus peticiones.La Administraci¨®n actual considera que no es aplicable la legislaci¨®n de amnist¨ªa a este colectivo (leyes 46/1977 y 37/1984) argumentando que "continuaron en el servicio activo", y estableciendo, por tanto, una discriminaci¨®n entre este colectivo y el de otros compa?eros que fueron separados del servicio activo al terminar la guerra civil. Sin embargo, la ley no discrimina entre los que fueron separados y los que continuaron en servicio, sufriendo ambos lesiones en sus derechos.Aunque se hayan hecho indudables esfuerzos por parte del actual Gobierno y los anteriores, desde 1976, para resolver estos problemas, al acercarse 1992 quedan muchos de ellos por resolver, siendo obligados los afectados a recurrir (los menos) en la v¨ªa jurisdiccional a la soluci¨®n de sus problemas, que previsiblemente no llegar¨¢n a ver en raz¨®n de sus avanzadas edades.
?nicamente pedimos que se apliquen correctamente las leyes que el Parlamento ha aprobado y para todos los colectivos implicados que, habiendo acreditado sus derechos ante la Administraci¨®n, esperan que los mismos les sean reconocidos y que se cierre definitivamente esta triste etapa de la historia de Espa?a.- Hijo de un guardia de seguridad y asalto.
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