El Tribunal Europeo juzga a Espa?a por atentado a la libertad de expr¨¦sion
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos celebra el pr¨®ximo d¨ªa 27 la vista del caso "Miguel Castells contra Espa?a". La demanda fue aceptada en 1989, al considerar un atentado a la libertad de expresi¨®n la pena de un a?o de c¨¢rcel impuesta al abogado y ex senador de Herri Batasuna (HB) por un art¨ªculo en el que acusaba al Gobierno de amparar asesinatos de las bandas de extrema derecha en Euskadi. Un fallo favorable a la demanda ser¨ªa la tercera condena contra Espa?a del Tribunal de Estrasburgo.
Un art¨ªculo publicado en junio de 1979 en el semanario Punto y Hora de Euskal Herria llev¨® a Castells ante los tribunales tras una querella del fiscal general del reino, Juan Manuel Fanjul, antiguo procurador en las Cortes franquistas. En virtud de su condici¨®n de senador por Guip¨²zcoa, era competente en exclusiva el Tribunal Supremo. Como ponente fue designado Jos¨¦ Hijas, antiguo magistrado del Tribunal de Orden P¨²blico.Castells, que no mantiene actividad pol¨ªtica desde 1983, fue condenado el 31 de octubre de ese a?o por un delito de injurias leves al Gobierno a un a?o de c¨¢rcel, con remisi¨®n condicional, y suspensi¨®n por el mismo plazo de cargo, profesi¨®n u oficio. Seg¨²n el fallo, el art¨ªculo sobrepasaba los l¨ªmites de la cr¨ªtica pol¨ªtica y encerraba ¨¢nimo de injuriar al Ejecutivo.
El ya ex senador recurri¨® en amparo al Tribunal Constitucional por indefensi¨®n y atentado a la libre expresi¨®n. Alegaba que el Supremo hab¨ªa rechazado su propuesta de prueba, basada en demostrar la veracidad de las acusaciones. El recurso fue desestimado en abril de 1985. Para el alto tribunal, no estaban en juego derechos constitucionales, sino principios de legalidad.
En septiembre siguiente, Castells recurri¨® ante la Comisi¨®n Europea de Derechos Humanos, que acept¨® la demanda s¨®lo en lo relativo a una presunta violaci¨®n del Convenio del Consejo de Europa en materia de libertad de expresi¨®n. El preceptivo intento de conciliaci¨®n entre las partes no obtuvo resultado. La comisi¨®n aprob¨® en enero pasado, por nueve votos a favor y tres en contra, el informe previo a la vista en el tribunal.
El informe, confidencial hasta la designaci¨®n de los magistrados integrantes del tribunal internacional, reconoce que Castells verti¨® "graves acusaciones" al considerar que "los grupos terroristas de extrema derecha, culpables de numerosos asesinatos, gozaban de la complicidad y hasta de la connivencia de las fuerzas policiales y del aparato del Estado" y que "era el Gobierno quien estaba detr¨¢s".
Injerencia injustificable
El informe de la comisi¨®n, que sirve de acta de acusaci¨®n sobre la que deber¨¢ decidir el tribunal, subraya no obstante que la libertad de expresi¨®n "reviste una importancia fundamental en el debate pol¨ªtico" y que "el papel de la prensa consiste en participar en el proceso pol¨ªtico vigilando el desarrollo del debate entre titulares de funciones p¨²blicas sobre cuestiones de inter¨¦s general". Las restricciones a la libertad "no deben ser utilizadas para limitar en la prensa la cr¨ªtica leg¨ªtima sobre el comportamiento de las autoridades".
Aunque la libertad de expresi¨®n y de discusi¨®n no es ilimitada, agrega el texto, Ias cr¨ªticas dirigidas a un Gobierno deber¨ªan obtener respuesta en forma de contraargumentos". Un Gobierno democr¨¢tio "dispone de una amplia gama de medios para responler las cr¨ªticas o los ataques inustificados dirigidos desde la oposici¨®n o los medios de comunicaci¨®n" medios que el Gobierno espa?ol no emple¨®. La condena de Castells, confluye la Comisi¨®n Europea, "constituye una injerencia en su derecho a la libertad de expresi¨®n sin justificaci¨®n en una sociedad democr¨¢tica".
El dictamen contiene dos votos particulares, uno del alem¨¢n J. A. Frowein y el brit¨¢nico sir Basil Hall y otro del espa?ol L. F. Mart¨ªnez. Los primeros creen que las opiniones de Castells, "representante pol¨ªtico del extremismo vasco", deben interpretarse como una justificaci¨®n del asesinato de polic¨ªas. Mart¨ªnez niega la competencia de la Comisi¨®n Europea y rechaza que haya habido violaci¨®n del art¨ªculo 10 del Convenio de Derechos Humanos, relativo a la libertad de expresi¨®n.
Espa?a acept¨® el derecho de sus ciudadanos a presentar demandas ante la jurisdicci¨®n de Estrasburgo, dependiente del Consejo de Europa, el 1 de julio de 1981. En m¨¢s de 10 a?os, ha sufrido dos condenas. En diciembre de 1988, el tribunal fall¨® a favor de los independentistas catalanes condenados por el asesinato del industrial Jos¨¦ Mar¨ªa Bult¨®, por falta de un juicio equitativo.
En julio del a?o siguiente conden¨® a Espa?a por el retraso en la resoluci¨®n de un pleito planteado por la Uni¨®n Alimentaria Sanders. Miguel Castells se defiende a s¨ª mismo, junto con los letrados Txema Montero, de Bilbao, y Enrique Villa, de San Sebasti¨¢n. El agente del Gobierno espa?ol ante el Tribunal es en la actualidad Javier Borrego.
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