Condenado a 14 a?os de c¨¢rcel un preso que oblig¨® a otro a hacerle una felaci¨®n
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 14 a?os y ocho meses impuesta al recluso de la prisi¨®n de C¨®rdoba Manuel Jim¨¦nez Moreno por obligar a otro preso a hacerle una felaci¨®n. De acuerdo con la sentencia de la Audiencia de C¨®rdoba, el Supremo considera la existencia de un delito de violaci¨®n por v¨ªa bucal y mantiene la pena impuesta.
Seg¨²n la sentencia de instancia, el 27 de marzo de 1990 Manuel Jim¨¦nez Moreno se encontraba en una celda de la enfermer¨ªa de la prisi¨®n con J. H. C., preso "de d¨¦bil car¨¢cter y aquejado de ezquizofrenia paranoide", al que requiri¨® para que le practicase una felaci¨®n "cosa que ya hab¨ªa realizado antes con otros internos".
J. H. C. se neg¨® "porque en esa ocasi¨®n no quer¨ªa hacerlo", y Jim¨¦nez Moreno le golpe¨® con una bota y le amenaz¨® con un cristal. Amedrantado, J. H. C. "se vi¨® obligado a la succi¨®n del pene hasta que el procesado consigui¨® la eyaculaci¨®n". Al d¨ªa siguiente, el recluso violado denunci¨® los hechos a los funcionarios del centro.
Violaci¨®n bucal
Seg¨²n el Tribunal Supremo, "la conducta del procesado atent¨® contra la libertad sexual del otro interno, al que oblig¨® a sufrir un acceso carnal por v¨ªa bucal", lo que en la actualidad constituye un delito de violaci¨®n.El Supremo recuerda que para la existencia del delito de violaci¨®n no es suficiente "una mera oposici¨®n formal de la v¨ªctima", pero a?ade que tampoco se exige "un comportamiento heroico". La sentencia reconoce que un importante sector doctrinal sostiene que, dada la gravedad de la pena con que se sanciona este delito, para su estimaci¨®n debe concurrir una "intimidaci¨®n de extraordinaria gravedad", lo cual, seg¨²n el recurrente, no concurre en este caso.
Sin embargo, el Supremo considera que la conducta de Jim¨¦nez Moreno con el otro preso, al que golpe¨® con una bota y amenaz¨® con un cristal, "fue suficiente para doblegar la d¨¦bil y enfermiza voluntad del otro preso".
El alto tribunal rechaza tambi¨¦n otros motivos aducidos en el recurso, porque "nada se dice en los hechos probados de que el procesado tuviera alguna limitaci¨®n en sus facultades de conocer y querer".
El procesado quiso satisfacer con la v¨ªctima sus deseos libidinosos y ante su negativa, actu¨® de forma consciente y voluntaria hasta conseguir vencer su voluntad", a?ade la sentencia, que tampoco considera motivo para reducir la pena la "situaci¨®n ambiental" de la prisi¨®n.
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