La Caja de Madrid tendr¨¢ presidente ejecutivo, seg¨²n la nueva ley de cajas
La nueva ley de cajas que elabora actualmente la consejer¨ªa de Hacienda de la Comunidad de Madrid establece que la Caja de Ahorros de Madrid contar¨¢ con un presidente ejecutivo que ser¨¢ elegido por un consejo de administraci¨®n de 20 miembros. Asimismo, el texto legal, que estar¨¢ listo antes de finalizar el mes de enero, ampl¨ªa hasta 320 el n¨²mero de miembros de la asamblea general, es decir, dos veces el actual n¨²mero de sus componentes.
La Comunidad de Madrid est¨¢ negociando con los diversos grupos pol¨ªticos el texto definitivo de una ley que sentar¨¢ las bases futuras de la ¨²nica caja de ahorros de la Comunidad y la segunda por dimensi¨®n de las 58 cajas de ahorros confederadas, la Cajade Ahorros de Madrid. Esta ley se elabora tomando en cuenta la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la Ley de ¨®rganos Rectores (LORCA). El punto que m¨¢s discusiones ha planteado es la composici¨®n del consejo de administraci¨®n, que a su vez debe elegir al presidente ejecutivo.Al final se ha acordado un n¨²mero de 20 miembros que proceder¨¢n de las corporaciones locales, de los impositores, de la Asamblea de Madrid y de los trabajadores. La distribuci¨®n de la representaci¨®n de esos grupos est¨¢ por delimitar, seg¨²n fuentes del Gobierno madrile?o.
Otro de los puntos abiertos a discusi¨®n y sobre los que no hay decisi¨®n tomada es la figura del director general en la Caja de Madrid y cuales ser¨¢n sus cometidos. La asamblea de la Caja de Madrid contar¨¢ 320 miembros, porque la entidad "es lo suficientemente grande como para ampliar la representatividad desde los 160 miembros actuales", seg¨²n fuentes de la Consejer¨ªa de Hacienda. El proceso de elecci¨®n del presidente no sufrir¨¢ cambios con respecto al que est¨¢ en vigor y el actual presidente, Jaime Terceiro, ver¨¢ reforzados sus poderes con el nuevo texto legal.
Con la nueva ley, el presidente de la entidad podr¨¢ proponer al consejo de administraci¨®n el nombramiento de la totalidad del comit¨¦ ejecutivo. Otra de las novedades de este texto, que se est¨¢ consensuando entre los diferentes grupos pol¨ªticos de la Comunidad, es que ampl¨ªa la posibilidad de ser consejeros a todos los impositores o clientes, y no s¨®lo a aquellos que hayan sido designados por sorteo, como se hac¨ªa hasta ahora. Es decir que los electores deben salir del sorteo pero los elegibles pueden no haber salido del mismo.
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