Delk¨¢der denuncia al juez Moreiras por implicar a la SER en el fraude del IVA
Augusto Delk¨¢der Teig, director general de la Sociedad Espa?ola de Radiodifusi¨®n (SER), present¨® ayer ante la comisi¨®n disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) una denuncia contra el juez Miguel Moreiras por estimar que la difusi¨®n de una lista de supuestos implicados en el fraude del IVA constituye falta grave. En su escrito, Delk¨¢der califica la conducta del magistrado de "temeraria e irresponsable", y asegura que ha causado "un perjuicio irreparable" a la SER.
Delk¨¢der relata que el Juzgado Central de Instrucci¨®n n¨²mero 3 de Madrid, del que es titular Miguel Moreiras, tramita las diligencias previas n¨²mero 253 / 91, para el esclarecimiento del fraude sobre el impuesto del valor a?adido (IVA). El juez Moreiras, "al parecer a trav¨¦s de la oficina de prensa de la Audiencia Nacional", relata Delk¨¢der, "dio a conocer el d¨ªa 16 del corriente mes y ano una lista de sociedades a las que calificaba de presuntos implicados en el referido fraude, y entre las que figuraba la SER".El escrito de denuncia se?ala que en el mencionado juzgado no se ha recibido declaraci¨®n alguna a los representantes de la SER "ni cuando se hace p¨²blica esa lista, ni siquiera en esta fecha [23 de enero]", en que ya se encuentra personada en, las citadas diligencias, para que "se la tenga por parte y se le d¨¦ vista de lo actuado". "De esta forma, ha podido comprobar", a?ade, "que la ¨²nica referencia que en las actuaciones practicadas se refiere a ella, es el estar incluida en una carpetilla dedicada a la sociedad Hartland, SL, en la que, entre otras sociedades, aparece y se le atribuye una relaci¨®n comercial con la misma por 1.680.000 pesetas".
Factura por 1,5 millones
El director general de la SER reconoce que "esa relaci¨®n responde a la realidad de lo acontecido, ya que la Sociedad Espa?ola de Radiodifusi¨®n, SA, contrat¨® con la sociedad Hartland, SL, la realizaci¨®n de obras de acondicionamiento de los accesos a su centro emisor de Co¨ªn (M¨¢laga)", por lo que el 11 de septiembre de 1989, la SER "abon¨® por los trabajos realizados el importe convenido de 1.500.000 pesetas y el correspondiente IVA, que ascend¨ªa a 180.000 pesetas". Agrega que "esta factura y esta documentaci¨®n fue a su debido tiempo presentada en Hacienda".El escrito de denuncia argumenta que "la publicaci¨®n de la lista por parte del magistrado juez, sin haber previamente depurado los hechos, sin haberlos esclarecido, sin comprobar si todas o parte de las operaciones respond¨ªan a una realidad, no puede ser calificada de otra forma que de conducta temeraria e irresponsable, con la que ha causado un perjuicio irreparable a una sociedad que ni por asomo es autora de conducta delictiva alguna". "Esta sociedad se siente agredida con esa irresponsable conducta", a?ade, porque "el simple hecho de figurar en la carpeta de Hartland, SL, como un cliente de ¨¦sta, en modo alguno puede determinar una declaraci¨®n por parte del juzgado de la gravedad como la de imputar una conducta delictiva sin haber depurado previamente esa inf¨®rmaci¨®n".
"Por aparecer como cliente de una sociedad", insiste la SER, "no se puede deducir que existan indicios racionales de criminalidad, ni siquiera apariencia delictiva alguna contra ella". La sociedad denunciante razona que "figurar en la carpeta de Hartland, SL, como una sociedad que ha tenido una relaci¨®n comercial con ella, en modo alguno puede justificar una declaraci¨®n por parte del juzgado como la de considerar su actuaci¨®n como delictiva sin comprobaci¨®n judicial alguna".
Como complemento de estos argumentos, la SER explica que "no es racionalmente pensable que una sociedad que en el a?o 1989 factur¨® por un importe de 11.073.701.000 pesetas y con sus filiales 13.130.835.000 pesetas, pueda involucrarse en una falsificaci¨®n de factura por 1.680.000 pesetas".
Revelaci¨®n de noticias
Por todo ello, la denunciante estima que "la publicaci¨®n de una lista de sociedades entre las que aparece la denunciante, puede ser tipificada como una falta grave del n¨²mero 2 del art¨ªculo 480 en relaci¨®n con el 396 de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial, que establece: "Los jueces y magistrados no podr¨¢n revelar los hechos o noticias referentes a personas fisicas o jur¨ªdicas de los que hayan tenido conocimiento en el ejercicio de sus funciones".En consecuencia, la SER suplica al CGPJ que "tenga por presentado este escrito de denuncia contra el magistrado juez titular del Juzgado Central de Instrucci¨®n n¨²mero 3 de Madrid, procediendo a incoar el correspondiente expediente y, previos los tr¨¢mites legales procedentes, dictar la resoluci¨®n que en derecho proceda".
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