Solchaga pasa factura a las fundaciones
El ministro de Econom¨ªa y Hacienda, Carlos Solchaga, no ha querido dejar pasar la oportunidad para regular la fiscalidad de la fundaciones. Tras un largo debate en el Gobierno, con fuertes presiones de los grupos pol¨ªticos y de las fundaciones, Solchaga ha impuesto sus criterios sobre los de su colega de Cultura, Jordi Sol¨¦ Tura y el del vicepresidente, Narc¨ªs Serra.
El anteproyecto de ley que estudiar¨¢ hoy el Gobierno establece el r¨¦gimen fiscal de las entidades consideradas de inter¨¦s general, entre las que se incluyen las fundaciones. El nuevo marco impositivo tiene una doble vertiente: se regula la tributaci¨®n de estas entidades por los rendimientos de explotaci¨®n econ¨®mica o las rentas de su patrimonio; y se fijan las deducciones fiscales de particulares y sociedades por sus aportaciones a estas instituciones.
Pol¨¦mica
El primer aspecto es el que m¨¢s pol¨¦mica ha suscitado entre fundaciones y patronos, ya que es la primera vez que se establece una carga fiscal a estas actividades. El anteproyecto mantiene la exenci¨®n de tributar para los ingresos procedentes de cuotas de asociados, subvenciones oficiales, transmisiones externas y otros ingresos procedentes de patrocinadores, pero establece que tendr¨¢n que pagar impuestos los ingresos derivados de actividades no vinculados al objeto social de la entidad. A este respecto, al art¨ªculo 12 del primer borrador oficial se?alaba que la base imponible se determinar¨¢ mediante la suma de los rendimientos obtenidos por explotaci¨®n econ¨®mica, de los incrementos o disminuciones patrimoniales obtenidos a t¨ªtulo oneroso o lucrativo y los rendimientos generados por los bienes o derechos que integran el patrimonio de la sociedad. Con ello, Hacienda obliga a que la renta de los enormes patrimonios de la mayoria de la fundaciones tributen como ingresos, con un tipo del 20% en el Impuesto sobre Sociedades.
El anteproyecto fija tambi¨¦n las deducciones que podr¨¢n aplicar los particulares y las empresas que hagan donaciones a las fundaciones y otras entidades consideradas de inter¨¦s general. Las personas f¨ªsicas podr¨¢n deducir de la cuota del Impuesto sobre la Renta (IRPF) el importe de los donativos que realicen en favor de estas entidades, con un l¨ªmite del 10% de su base liquidable. Por su parte, las personas jur¨ªdicas (bancos, empresas y otras sociedades), podr¨¢n incluir como gasto deducible en el Impuesto sobre Sociedades, las mismas donaciones con una limitaci¨®n del 10% de la base imponible del donante, salvo en las aportaciones que formen parte del Patrimonio Hist¨®rico Espa?ol, en que el l¨ªmite se sit¨²a en el 30% de la base.
Babelia
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- Ley Mecenazgo
- Carlos Solchaga
- Tramitaci¨®n parlamentaria
- IV Legislatura Espa?a
- MEH
- Gobierno de Espa?a
- PSOE
- Legislaci¨®n espa?ola
- Actividad legislativa
- Ministerios
- Legislaturas pol¨ªticas
- Hacienda p¨²blica
- Partidos pol¨ªticos
- Instituciones culturales
- Tributos
- Parlamento
- Gobierno
- Finanzas p¨²blicas
- Administraci¨®n Estado
- Legislaci¨®n
- Cultura
- Justicia
- Administraci¨®n p¨²blica
- Pol¨ªtica
- Espa?a