La inversi¨®n en programas culturales definidos por el Gobierno gozar¨¢ de una exenci¨®n fiscal del 20%
El Consejo de Ministros aprob¨® ayer la ley del mecenazgo
El Consejo de Ministros aprob¨® en su reuni¨®n de ayer el proyecto de ley de incentivos fiscales a la participaci¨®n privada en actividades de inter¨¦s general -m¨¢s conocida como ley del mecenazgo-. La ley fiscal del Ministerio de Econom¨ªa y Hacienda fue, sin embargo, presentada por el ministro de Cultura, Jordi Sol¨¦ Tura, que consigui¨® introducir en el proyecto de Hacienda un art¨ªculo por el que los programas culturales, definidos anualmente por el Gobierno en la Ley de Presupuestos, gozar¨¢n de una exenci¨®n fiscal de un 20%.
Despu¨¦s de largos meses de debates, borradores y anteproyectos, el Gobierno aprob¨® ayer el proyecto de ley del mecenazgo, que ser¨¢ enviado al Parlamento en los pr¨®ximos d¨ªas. La larga pol¨¦mica entre los departamentos de Hacienda y Cultura se sald¨® con un acuerdo te¨®rico -"Todos somos corresponsables de la ley, que ha sido consensuada con nosotros", dijo Sol¨¦ Tura-, aunque la pretensi¨®n inicial de Cultura de Firmar conjuntamente con Hacienda el proyecto, manera ¨¦sta de asegurarse el desarrollo posterior de la normativa, fue rechazado.En conferencia de prensa, el ministro de Cultura, acompa?ado del subsecretario de su departamento, Santiago Torres, y del director general de Tributos del Ministerio de Hacienda, Miguel Cruz, resalt¨® como objetivo fundamental del texto la generaci¨®n de recursos del sector privado hacia actividades de inter¨¦s general, en un momento de desarrollo importante de la sociedad y del aumento del potencial econ¨®mico. "Es una ley de fomento de actividades", dijo Sol¨¦ Tura, "que no hay que confundir con otra reglamentaci¨®n de ordenaci¨®n de las fundaciones", en referencia al anteproyecto elaborado por el Ministerio de Justicia (EL PA?S, 21 de mayo) y puesto en circulaci¨®n entre las instituciones afectadas para recabar sus opiniones.
Tanto Sol¨¦ Tura como Santiago Torres recalcaron que la ley se mueve en "un terreno in¨¦dito no s¨®lo en Espa?a, sino tambi¨¦n en Europa", y que con su aplicaci¨®n se ir¨¢ comprobando la eficacia y sus posibles mejoras o ajustes. Se?alaron adem¨¢s que el proyecto no obliga a todas las fundaciones a acogerse al nuevo r¨¦gimen fiscal, pudiendo seguir con el sistema vigente en la actualidad si prefieren no cumplir todos los requisitos exigidos. Entre ¨¦stos destacan la. obligaci¨®n de destinar al menos el 80% de las rentas e ingresos a. la actividades propias de la instituci¨®n y la prohibici¨®n de ser titulares, directa o indirectamente, de participaciones mayoritarias en sociedades mercantiles.
Indic¨® asimismo el ministro que la ley recoge cuatro niveles de acci¨®n de fomento para las actividades de inter¨¦s general: las entidades generales de car¨¢cter p¨²blico, la tributaci¨®n de las instituciones sin af¨¢n de lucro y las fundaciones, los beneficios fiscales para las donaciones de personas f¨ªsicas y jur¨ªdicas a estas entidades y, por ¨²ltimo, la definici¨®n de las actividades y programas prioritarios del mecenazgo.
Deducci¨®n extraordinaria
Este ¨²ltimo aspecto es el que m¨¢s destac¨® el titular de Cultura durante su intervenci¨®n. Se refiri¨® al art¨ªculo 29 del proyecto, que establece una deducci¨®n fiscal extraordinaria (hasta el 20% de la inversi¨®n) para las actividades o programas que se fijen cada a?o como prioritarios, preferentemente de car¨¢cter cultural y de duraci¨®n determinada, en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Sol¨¦ Tura neg¨® que con ello se pueda llevar a cabo un dirigismo excesivo de la cultura por parte del Gobierno y explic¨® que la determinaci¨®n de esos programas se realizar¨¢ de acuerdo con los Gobiernos aut¨®nomos y las instituciones afectadas.
El proyecto de ley aprobado ayer por el Gobierno introduce algunas modificaciones sobre el primer borrador estudiado (EL PA?S, 6 y 7 de noviembre de 1991), adem¨¢s del citado art¨ªculo 29, aunque mantiene la filosof¨ªa inicial y las grandes l¨ªneas de actuaci¨®n. Las principales novedades sobre la fiscalidad de las entidades sin af¨¢n de lucro y las fundaciones se refieren a la posibilidad de compensar ingresos y gastos a la hora de determinar la base imponible en el impuesto sobre sociedades, la exenci¨®n por reinversi¨®n de todos los incrementos patrimoniales que se obtengan y se vuelvan a invertir, la aplicaci¨®n de un tipo de gravamen ¨²nico del 20%, la posibilidad de recuperar el exceso de retenciones realizadas a lo largo del ejercicio y la reducci¨®n fija de cuota de 200.000 pesetas para las entidades que realicen exclusivamente prestaciones gratuitas. Adem¨¢s, la ley p6sibilita a las sociedades a saldar sus deudas con Hacienda con aportaciones de obras de arte, como pueden hacer ahora los particulares.
Respecto a las deducciones de particulares y sociedades por las donaciones realizadas a estas entidades, la ley establece una deducci¨®n de la cuota del impuesto sobre la renta de las personas f¨ªsicas (IRPF) del 15% de las cantidades donadas o bienes del Patrimonio Hist¨®rico, y del 10% para las donaciones en bienes. Para sociedades, la deducci¨®n tiene un l¨ªmite que va desde el 10% de la base imponible hasta el 30% si se trata de bienes del Patrimonio Hist¨®rico, o alternativamente el 1 por 1.000 del volumen de ventas.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- MEH
- Declaraciones prensa
- IV Legislatura Espa?a
- Ley Mecenazgo
- Jordi Sol¨¦ Tura
- Gobierno de Espa?a
- Legislaturas pol¨ªticas
- Pol¨ªtica social
- Ministerios
- Legislaci¨®n espa?ola
- PSOE
- Gobierno
- Gente
- Partidos pol¨ªticos
- Administraci¨®n Estado
- Espa?a
- Administraci¨®n p¨²blica
- Pol¨ªtica
- Pol¨ªtica cultural
- Legislaci¨®n
- Sociedad
- Justicia
- Cultura