Ninguna empresa ha sido multada por colocar vallas publicitarias ilegales en las carreteras
El Gobierno aprob¨® el proyecto de la actual ley de carreteras el 20 de noviembre de 1987. El texto, que entr¨® en vigor el 30 de julio de 1988, establece en su art¨ªculo 24 una restricci¨®n que fue deso¨ªda en los primeros meses y que actualmente muy pocos recuerdan: "Fuera de los tramos urbanos de las carreteras estatales queda prohibido realizar publicidad en cualquier lugar visible desde la zona de dominio p¨²blico de la carretera, sin que esta prohibici¨®n d¨¦ en ning¨²n caso derecho a indemnizaci¨®n". Sin embargo, cientos de vallas invaden los m¨¢rgenes de las carreteras de Madrid.
La Comunidad de Madrid tom¨® tambi¨¦n partido y aprob¨®, el 1 de marzo de 1991, una ley regional que redoblaba en teor¨ªa esta limitaci¨®n. Estado y Comunidad se reservaban la potestad para montar sin cortapisas sus propios "carteles informativos".
La Administraci¨®n distingue, en los m¨¢rgenes de las carreteras, dos ¨¢reas a regular: de dominio p¨²blico y de protecci¨®n. La zona de dominio p¨²blico se extiende a ambos lados del viario entre tres y ocho metros. Colocar una valla con un mensaje no permitido en este espacio se considera una infracci¨®n muy grave y deber¨ªa multarse con sanciones de uno a 25 millones de pesetas. No ha sucedido nunca.
La zona de protecci¨®n, reservada para futuras ampliaciones de la calzada o para instalar gasolineras y otros servicios, abarca 15 metros a partir de las cunetas de las carreteras comarcales, 25 de las regionales m¨¢s importantes y 50 en las autov¨ªas y autopistas. Vulnerar este apartado se cataloga como infracci¨®n grave y tiene sanciones de 200.000 a un mill¨®n de pesetas. No se conoce ning¨²n caso.
Para el Consejo de Ministros
El Ministerio de Obras P¨²blicas y Transportes, el departamento competente, ha dejado correr ya tres a?os desde que finaliz¨® el plazo concedido en su d¨ªa a las empresas del sector (19 de agosto de 1989) para que retirasen las vallas no permitidas.
El ministerio ha levantado desde entonces 247 expedientes sancionadores por infracciones observadas en toda la red nacional, incluida la madrile?a, contra distintas empresas publicitarias y ha propuesto 1.000.001 pesetas, en cada caso, de multa (infracci¨®n muy grave por una peseta).
Estas sanciones, para comenzar su proceso de ejecuci¨®n, deben ser aprobadas antes por el Consejo de Ministros. Todav¨ªa no se ha tomado esta decisi¨®n, "aunque est¨¢ a punto de hacerse", explica un portavoz del ministerio.
Obras P¨²blicas no sabe cu¨¢ntas vallas han desaparecido de las carreteras, pero aventura que "han sido muchas".
La direcci¨®n regional de carreteras pasa por una tesitura similar a la del Estado. En este caso, la ley aprobada est¨¢ a la espera de un reglamento, previsto para despu¨¦s del verano. Mientras, los inspectores han abierto 115 expedientes sancionadores, de los que s¨®lo se han tramitado 76. El 90% de estas multas han sido calificadas como graves, pero ninguna se ha cobrado. La Comunidad ha contactado con el Ministerio de Hacienda para estudiar una forma de cobro " posiblemente por v¨ªa de apremio, que sea realmente operativa", explica Agust¨ªn Herrero, director regional de carreteras.
La patronal m¨¢s importante del sector, adem¨¢s, ha impugnado el reglamento general de la ley de carreteras ante el Consejo de Estado sin ning¨²n resultado. "La ley es un bodrio. El Estado ha querido meter mano aqu¨ª y no ha sabido hacerlo. Si quieren que una ley funcione no necesitan reglamento ninguno, como ha sucedido con la ley Corcuera ", afirma Gregorio Ray¨®n, secretario de la Asociaci¨®n de Empresas de Publicidad Exterior.
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