Los bancos con fuertes intereses industriales soportar¨¢n mayores exigencias de solvencia
"Zapatero a tus zapatos" parece decirle el proyecto de real decreto de recursos propios a los bancos. El objetivo del proyecto es que esos zapatos sean la actividad de cr¨¦dito y no -o lo menos posible- la industria. Esta determinaci¨®n, que ya qued¨® clara en la ley de recursos propios, ha levantado pol¨¦mica entre los bancos con iinayor presencia industrial. El presidente de Banesto, Mario Conde, es quien ha criticado m¨¢s abiertamente la ley y le ha achacado la importante venta de participaciones industriales de su grupo, a pesar de que tiene diez a?os para adaptarse a esta nueva norma.
El proyecto de real decreto de Recursos Propios y Supervisi¨®n en Base Consolidada de las Entidades Financieras -que ha elaborado la Secretar¨ªa de Estado de Econom¨ªa- desarrolla de forma prolija la ley del mismo nombre que acaba de aprobar el Parlamento. Su objetivo consiste en garantizar que las entidades financieras (desde bancos y otras entidades de cr¨¦dito, sociedades y agencias de valores, entidades aseguradoras, o sociedades de inversi¨®n mobillaria, a cualesquiera otras que se dediquen a estas actividades) cumplan estrictas condiciones de solvencia que sean homologables a las de cualquier pa¨ªs de la CE.El control de las participaciones industriales de los bancos es lo m¨¢s destacable del proyecto, pues pone una serie de condiciones para que cuanto mayores sean las participaciones industriales de control que tiene una entidad de cr¨¦dito, menores sean sus recursos propios de cara a garantizar la solvencia. Y a menos recursos propios, tambi¨¦n menos posibilidades de desarrollar el negocio bancario, que consiste en asumir, a cambio de rentabilidad, riesgos.
La regulaci¨®n de esa solvencia en las entidades de cr¨¦dito -y sus grupos consolidablesparte de una definici¨®n exhaustiva de qu¨¦ son y qu¨¦ no son recursos propios, para despu¨¦s catalogarlos en primera y segunda categor¨ªa en l¨ªnea con las recomendaciones del Banco de Pagos de Basilea. Contin¨²a con una extensa enumeraci¨®n de los elementos que deben restarse de esos recursos propios, ocasi¨®n que aprovecha para definir de todas las maneras posibles la autocartera, y castigarla. Y remata con un variado men¨² de limitaciones a las participaciones que pueden tener las entidades de cr¨¦dito, y sus grupos, en empresas industriales.
Crisis bancarias
El men¨², que detalla el art¨ªculo 24 del real decreto, tiene como materia prima el recuerdo de crisis bancarias que aparecieron como resultado de crisis econ¨®micas que hab¨ªan afectado mucho a determinados sectores en los que los bancos ten¨ªan una fuerte inversi¨®n. En cualquier caso, los bancos con mayores inversiones en la industria -como BBV, Central-Hispano o Banesto- tendr¨¢n, por ley, un plazo de 10 a?os para adaptar su situaci¨®n a la nueva norma.
El objetivo del Gobierno es que si un banco -o un grupo consolidable de entidades de cr¨¦dito- invierte en empresas no financieras con la idea de controlar -en todo o en parte- ese negocio le cueste caro en su actividad principal, que es la financiera.
Para lograr ese objetivo, el proyecto de real decreto propone la siguiente carrera de obst¨¢culos. Primero dice que una entidad de cr¨¦dito -o, como siempre, un grupo consolidable- tiene una "participaci¨®n cualificada" en una empresa no financiera si posee el 10% de su capital o sus derechos de voto (incluso a trav¨¦s de empresas interpuestas o de hipot¨¦ticos terceros), o "puede ejercer una influencia notable en su gesti¨®n". Esto significa que puede "nombrar el 20% de sus consejeros" o Ios ha nombrado".
Y tener participaciones cualificadas en empresas no financieras significa, seg¨²n el texto legal, quedarse con menos recursos propios con los que cumplir el coeficiente de solvencia. Este coeficiente obliga desde hace tiempo a tener ocho pesetas de recursos propios por cada 100 de riesgos.
?Cu¨¢ntos recursos menos? Aqu¨ª el decreto obliga a saltar el m¨¢s alto de dos listones. El primero es el importe conjunto de todas las participaciones cualificadas que tenga el banco en la parte que exceda al 60% de sus recursos propios. El segundo es el importe de la participaci¨®n cualificada de una s¨®la empresa en la parte que exceda al 15% de esos recursos.
Sobre esos riesgos, y sobre la conveniencia de que est¨¦n bien repartidos, trata el cap¨ªtulo tercero. Lo m¨¢s novedoso es la definici¨®n y los l¨ªmites que impone,a los "grandes riesgos", con el objetivo de evitar el efecto domin¨® de los fallidos.
Aparece un gran riesgo cuando los pr¨¦stamos se concentran en una s¨®la persona o en un grupo econ¨®mico por una cuant¨ªa que supere al 10% de los recursos propios. Y ese gran riesgo no podr¨¢ nunca exceder del 25% de los recursos propios. Adem¨¢s, si el banco (o grupo) mantiene con ese cliente una relaci¨®n de control el tope ser¨¢ del 20%. Por ¨²ltimo, el conjunto de los grandes riesgos no podr¨¢ supe rar el 800% de los recursos propios.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- IV Legislatura Espa?a
- Legislaci¨®n financiera
- Gobierno de Espa?a
- Ministerios
- PSOE
- Legislaturas pol¨ªticas
- Pol¨ªtica financiera
- Gobierno
- Espa?a
- Partidos pol¨ªticos
- Banca
- Administraci¨®n Estado
- Administraci¨®n p¨²blica
- Pol¨ªtica
- Finanzas
- Legislaci¨®n
- Justicia
- Pol¨ªtica econ¨®mica
- Econom¨ªa
- Ministerio de Econom¨ªa, Comercio y Empresa