El Estado pagarar¨¢ intereses por retrasar las pensiones a los militares republicanos
La Audiencia Nacional ha condenado al Estado a indemnizar a. seis militares de la Rep¨²blica por el retraso de Econom¨ªa y Hacienda de entre tres y cuatro a?os en la concesi¨®n de sus respectivas pensiones. Otros 16 perjudicados han invocado ya esta sentencia y, si lo hacen las decenas de miles de afectados, la demora supondr¨¢ un alto coste.El tribunal condena al Patrimonio del Estado a pagar a cada, uno de los demandantes la cantidad que resulte de aplicar el inter¨¦s legal del dinero -superior al 10%- a las pensiones y atrasos que habr¨ªan devengado desde el 1 de septiembre de 1986. La sentencia de la Audiencia Nacional deja sin efecto la denegaci¨®n efectuada el 14 de marzo de 1985) por el Ministerio de Econom¨ªa y, Hacienda, al que se hab¨ªan dirigido seis ex militares republicanos, asesorados por el letrado Luis Rold¨¢n, en demanda de da?os y perjuicios "por la an¨®mala, demora producida en la tramitaci¨®n de sus expedientes". Iniciados en abril de 1985, para acogerse a la ley 37 de 1984, debieron terminar en agosto de 1986, pero tardaron entre tres y cuatro a?os.
Entre otras anomal¨ªas, denunciaron los "sucesivos env¨ªos y reenv¨ªos de Clases Pasivas al, Ministerio de Defensa y viceversa", y la vulneraci¨®n de los principios de celeridad y eficacia administrativa, todo lo cual produjo a los recurrentes "un perjuicio ef¨¦ctivo". Frente a esto, la representaci¨®n de la Administraci¨®n invoc¨® la prescripci¨®n de las reclamaciones y aleg¨® que "el retraso en la resoluci¨®n de los expedientes s¨®lo dar¨¢ lugar a la incoaci¨®n del oportuno expediente para determinar la responsabilidad disciplinaria del funcionario causante de la demora".
La Audiencia recuerda que el art¨ªculo 106 de la Constituci¨®n establece el derecho de los particulares "a ser indemnizados por toda lesi¨®n que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos (...), siempre que la lesi¨®n sea consecuencia del funcionamiento de los servicios p¨²blicos". La sentencia agrega que "basta examinar los expedientes (...) para apreciar su tortuosa tramitaci¨®n y su demora en el tiempo mucho m¨¢s all¨¢ de lo que las circunstancias exig¨ªan".
La sala razona que, "trat¨¢ndose del reconocimiento de pensiones a favor de quienes tienen unas edades avanzadas [por lo general, superiores a los 75 a?os], la demora en la tramitaci¨®n de los expedientes, casi tres a?os en el mejor de los casos y casi cuatro en el peor, no resulta justificada y sus consecuencias da?osas no pueden cargarse sobre el administrado".
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- Audiencia Nacional
- Militares Rep¨²blica espa?ola
- Ministerio de Defensa
- IV Legislatura Espa?a
- Guerra civil espa?ola
- Gobierno de Espa?a
- Armada
- Organismos judiciales
- Administraci¨®n militar
- Segunda Rep¨²blica Espa?ola
- Franquismo
- Fuerzas armadas
- PSOE
- Ministerios
- Legislaturas pol¨ªticas
- Pensiones
- Tribunales
- Poder judicial
- Partidos pol¨ªticos
- Prestaciones
- Defensa
- Juicios
- Gobierno
- Historia contempor¨¢nea
- Seguridad Social