El fiscal del caso del voto por correo plantea revisar los resultados electorales
El fiscal del caso sobre el fraude del voto por correo presuntamente cometido por el PP en Palencia, Ricardo Gonz¨¢lez Cerr¨®n, plante¨® ayer ante el tribunal la revisi¨®n de la proclamaci¨®n de los concejales electos. El fiscal entiende que si se contabiliz¨® un n¨²mero significativo de votos que no fueron emitidos por los electores, debe comunicarse a la Junta Electoral para que act¨²e al respecto.
Las pasadas elecciones dieron un resultado muy apretado en Palencia, cuya Diputaci¨®n Provincial fue obtenida por el PP merced a una diferencia de 14 votos; y el concejal n¨²mero 10 de la capital fue adjudicado al PP por un resto de cinco votos sobre IU. Los votos por correo que gestion¨® este partido en asilos y hospiales de manera supuestamente irregular suman cerca de 200.El juicio contra las afiliadas del PP Marisa Nebreda y Rosario Antol¨ªn concluy¨® ayer con los informes del fiscal y de la defensa. La sentencia se dictar¨¢ previsiblemente la semana pr¨®xima. Gonz¨¢lez Cerr¨®n mantuvo su petici¨®n de nueve meses de prisi¨®n menor, 10 a?os de inhabilitaci¨®n y 200.000 pesetas de multa contra las dos procesadas. Por otro lado, el fiscal introdujo una alternativa para el caso de que el tribunal considere que existi¨® un delito de coacciones sobre los electores -alguno declar¨® que le "mandaron" firmar la solicitud de voto-, hecho por el que ha pedido adem¨¢s tres meses de arresto mayor y 200.000 pesetas para cada una de las acusadas.
Antonio Hermoso, abogado defensor, pidi¨® la absoluci¨®n y manifest¨® que el fiscal "ha querido llevar el proceso como si se tratase de un juicio pol¨ªtico o un juicio en defensa de la democracia".
En la parte final de sus conclusiones definitivas, el fiscal cit¨® la hip¨®tesis de que la sala entendiera que existe un n¨²mero de votos tramitados por correo, y efectivamente contabilizados en los comicios, que no hubieran sido emitidos por el elector titular del derecho de sufragio. En ese caso, propuso que se tramitara ante la Junta Electoral Central, si procediera, la revisi¨®n del caso de oficio con respecto a los actos de proclamaci¨®n de electos en raz¨®n de la existencia de vicios en el procedimiento electoral.
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