Padres separados adeudan pensiones por 6 millones y algunos tribunales no les condenan
La Asociaci¨®n de Mujeres Juristas Themis, tras defender durante tres a?os a 418 mujeres a las que sus ex maridos adeudan pensiones para ellas y sus hijos por un importe total pr¨®ximo a los 446 millones de pesetas, ha enviado al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) un informe-denuncia en el que expone la resistencia de jueces y tribunales a condenar a los padres separados.Ante la no aplicaci¨®n judicial de] C¨®digo Penal, que prev¨¦ penas de c¨¢rcel y multa para estos supuestos, la abogada Alicia Herrera, presidenta de Themis, pide al CGPJ qu¨¦ "tome las medidas pertinentes".
Themis denuncia a los jueces que no aplican el art¨ªculo 417 bis del C¨®digo Penal, introducido en 1989 para asegurar a los miembros m¨¢s d¨¦biles de la relaci¨®n familiar la protecci¨®n que les garantiza la Constituci¨®n y las leyes". Seg¨²n este art¨ªculo, "el que dejar¨¦ de pagar durante tres meses consecutivos o seis no consecutivos cualquier tipo de prestaci¨®n econ¨®mica en favor de su c¨®nyuge o sus hijos, establecida en convenio judicialmente aprobado o resoluci¨®n judicial, en los supuestos de separaci¨®n legal, divorcio o declaraci¨®n de nulidad del matrimonio, ser¨¢ castigado con la pena de arresto mayor [de uno a seis meses de c¨¢rcel] y multa de 100.000 a 500.000 pesetas".La inaplicaci¨®n de este precepto ha sido constatada por Themis durante los tres a?os de vigencia de la norma mediante un programa -subvencionado por el Ministerio de Asuntos Sociales y. el Instituto de la Mujer- en el que han colaborado 77 abogadas de toda Espa?a, que han presentado 393 querellas, por prestaciones de alimentos y pensiones adeudadas durante a?os -el C¨®digo Penal s¨®lo exige tres meses- por un importe total de 445.961.136 pesetas.
"Agudas necesidades"
El informe resalta "la desesperaci¨®n y las agudas necesidades de las madres que no han podido, por la v¨ªa civil, obtener, el cumplimiento de lo resuelto por la Justicia" y refleja que de los juicios penales iniciados, s¨®lo se han resuelto por sentencia 33 (un 8% del total).
Algunos jueces, en lugar de aplicar la norma, la juzgan y manifiestan su desacuerdo con ella. As¨ª lo hicieron los magistrados de la secci¨®n primera de la Audiencia Provincial de Madrid que el 14 de noviembre de 1992 fundamentaron el archivo de un caso en la adversa acogida doctrinal al nuevo precepto y en "la arcaica y reprobable figura de la prisi¨®n por deudas", proscrita por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol¨ªticos. Themis recuerda que tal pacto se refiere a "obligaciones contractuales", no, como es el caso, "a obligaciones establecidas en sentencia judicial".
El juez de instrucci¨®n n¨²mero 23 de Barcelona se negaba el 16 de enero de 1992 a "utilizar la ley penal como grosero instrumento intimidatorio". El 6 de febrero de 1991, el mismo juez, en lugar de aplicar la ley, justificaba el archivo de un caso en la "poca fortuna" del art¨ªculo 417 bis, que "vulnera", dec¨ªa, entre otros principios, el de "intervenci¨®n m¨ªnima que debe presidir la ley penal".
La asociaci¨®n explica al CGPJ que hasta la llegada de la democracia, "una de las herramientas m¨¢s importantes con que contaba el marido para gobernar su persona y sus hijos era el control de los bienes". A?ade que este derecho se ha extinguido en la ley, pero "si las mujeres son privadas de los me dios econ¨®micos para lograr su sobrevivencia y la de sus hijos, se las est¨¢ haciendo regresar a esos estadios anteriores, en los que a trav¨¦s de estos mecanismos se las somet¨ªa a la dependencia y sumisi¨®n a sus maridos".
Medidas contra los jueces
Themis manifiesta que los derechos de las mujeres "nacen en el Parlamento, pero se hacen realidad en los tribunales, ¨²nicos ¨®rganos autorizados para ejercer las coacciones necesarias a fin de hacerlos cumplir a los obligados a respetarlos". Las denunciantes piden al CGPJ que tome "las medidas pertinentes, a fin de que termine la inseguridad jur¨ªdica de las mujeres -por falta de tutela judicial- y puedan recibir en los tribunales el trato de igualdad ante la ley que les garantiza la Constituci¨®n".
Por eso denuncian a magistrados que, como la juez de lo Penal n¨²mero 13 de Madrid, neg¨® que existiera delito, porque el acusado pagaba la mitad de lo ordenado por el juez civil. O acusan a otros varios jueces, que archivan el caso por falta de "dolo [intenci¨®n] o culpa" en el querellado. As¨ª lo hizo, entre otros, el titular del Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 5 de Palencia, a pesar de que el padre separado reconoci¨® no haber pagado la pensi¨®n debida.
Regalos a los hijos como pago de lo debido
El informe-denuncia de la Asociaci¨®n de Mujeres Juristas Themis manifiesta que algunos maridos pretenden justificar que han cumplido la obligaci¨®n de pagar a su ex-esposa la cantidad de dinero ordenada por el juez de familia mediante el pro cedimiento de hacer regalos a los hijos. Lo que parece m¨¢s sorprendente a Themis es que "algunos jueces se alegran y perdonan" a quien actua as¨ª.De ah¨ª que las denunciantes expresen su satisfacci¨®n cuando, como hizo el juez de Primera Instancia n¨²mero 24 de Madrid, ante el padre que dec¨ªa haber pagado lo debido mediante regalos a sus hijos, resolvi¨® que "no se pueden considerar cantidades abonadas en concepto de alimentos, los gastos que el se?or P. V. haya realizado adquiriendo para su hijo ropa, juguetes o material deportivo, los cuales deben considerarse actos de mera liberalidad de dicho progenitor que en modo alguno -subraya Themis puede justificar el incumplimiento por ¨¦ste de su obligaci¨®n alimenticia".
Deudas sin intereses
Themis denuncia tambi¨¦n que las sumas de dinero que deben los maridos a las mujeres, por lo general, no devengan intereses, por decisi¨®n judicial. La asociaci¨®n de mujeres juristas considera que "estas facilidades que dan los jueces de familia a los maridos de no pagar intereses cuando retardan el pago de las obligaciones l¨ªquidas en dinero es lo que ha permitido que se incumplan las resoluciones que ordenan alimentos o pensiones". Y a?ade: "El dinero en el banco produce intereses y la deuda en el juzgado no los causa, con lo que el negocio es clar¨ªsimo". Igual se?ala respecto a las costas judiciales, "por lo que, a los maridos tambi¨¦n les sale gratis su incumplimiento".
La juez de lo Penal n¨²mero 21 de Madrid aplica lo que Themis llama "peregrina teor¨ªa", seg¨²n la cual "sin requerimiento no hay obligaci¨®n de pago de las cantidades ordenadas en sentencia firme".
Otros jueces "toman", seg¨²n Themis, "la defensa del querellado" y exigen requisitos no previstos, como el de si es o no solvente. Las denunciantes reprochan al juez de lo Penal n¨²mero 1 de Pontevedra que absolviera a un querellado por no estar acreditada su solvencia.
Algunos jueces neutralizan la norma penal "retrasando su tramitaci¨®n", que en un caso de Alicante super¨® los dos a?os. Themis acusa a otros de condenar, pero no ordenar que se indemnicen los da?os producidos por el delito. Una resoluci¨®n de' Barcelona neg¨® tal indemnizaci¨®n, pero la Audiencia Provincial la orden¨®, tras reconocer "la generalizaci¨®n del impago de las prestaciones".
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