El Constitucional admite los recursos contra la ley de datos personales
El Tribunal Constitucional ha acordado admitir a tr¨¢mite los recursos de inconstitucionalidad presentados contra algunos art¨ªculos de la Ley Org¨¢nica de Regulaci¨®n del Tratamiento Automatizado de Datos Personales (LORTAD) por el Defensor del Pueblo, el Grupo Parlamentario Popular, el Consejo Ejecutivo de la Generalitat de Catalu?a y el Parlamento de Catalu?a.El recurso presentado por el Defensor del Pueblo a instancia de la Comisi¨®n de Libertades e Inform¨¢tica (CLI), se refiere a la cesi¨®n de datos entre administraciones p¨²blicas, excepci¨®n para los ficheros de estas mismas administraciones. de la garant¨ªa de informar al afectado y a las excepciones del derecho de informaci¨®n y cancelaci¨®n de datos por razones de inter¨¦s p¨²blico".
El Defensor del Pueblo estim¨® en la presentaci¨®n del recurso que los art¨ªculos 19.1; 22.1 y 22.2 que hacen referencia a las libertades vulneran el art¨ªculo 18.4 de la Constituci¨®n, seg¨²n el cual 1a ley limitar¨¢ el uso de la inform¨¢tica para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar".
El Grupo Popular present¨® recurso. contra cinco art¨ªculos de la ley por entender que establece "excepciones de tal calibre a la protecci¨®n de derechos fundamentales de las personas en favor de la Administraci¨®n, que esas excepciones vac¨ªan el contenido de los derechos que la ley pretende proteger". En s¨ªntesis el recurso del los populares contra los art¨ªculos 6.2; 19. 1; 20.3; 22.1 y 22.2 de la LORTAD, plantea que la ley permite a la Administraci¨®n prescindir del consentimiento de los ciudadanos para tratar de forma automatizada datos personales sin necesidad de justificaci¨®n alguna. Adem¨¢s permite ceder esos datos de un ministerio a otro sin ning¨²n tipo de control.
Los recursos presentados por la Generalitat y el Parlamento de Catalu?a se refieren exclusivamente a temas de competencias auton¨®micas.
La resoluci¨®n de estos recursos por el Tribunal Constitucional se producir¨¢ dentro de unos tres a?os, seg¨²n fuentes jur¨ªdicas. No obstante, la ley, publicada en el Bolet¨ªn Oficial del Estado el 29 de octubre de 1992, se mantendr¨¢ en vigor durante todo este tiempo.
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