El Supremo rechaza la anexi¨®n al Pa¨ªs Vasco de un Ayuntamiento c¨¢ntabro
El Tribunal Supremo acaba de rechazar el recurso interpuesto en su d¨ªa por la comunidad aut¨®noma vasca sobre la anexi¨®n del ayuntamiento c¨¢ntabro de Villaverde de Truc¨ªos y precisa que aqu¨¦lla no ser¨¢ posible sin la voluntad pol¨ªtica y estatutaria de esta comunidad regional.
En 1986 el Ayuntamiento de Villaverde de Truc¨ªos (2.000 hect¨¢reas de superficie y 500 habitantes, un enclave, geogr¨¢fico de Cantabria en territorio vizca¨ªno), aprob¨® una moci¨®n favorable a su ingreso en la comunidad vasca y solicit¨® una consulta popular que el Gobierno central rechaz¨® el 29 de abril de 1988.
En virtud del efecto negativo de silencio de la Administraci¨®n, el 23 de enero de 1989 se interpuso por la Diputaci¨®n Foral de Vizcaya recurso contencioso-administrativo ante el Supremo. El refer¨¦ndum propuesto est¨¢ previsto en el art¨ªculo 8 del estatuto de autonom¨ªa del Pa¨ªs Vasco, pero la sentencia del Supremo precisa ahora que el tema afecta asimismo a la comunidad aut¨®noma de Cantabria, a la que pertenece Villaverde de Truc¨ªos.
El Alto Tribunal, en su sentencia, considera que "el territorio es un elemento esencial" de las comunidades aut¨®nomas. "Ello lleva a concluir que no puede alterarse el territorio sin modificaci¨®n del ordenamiento estatutario espec¨ªfico (en este caso el de Cantabria) y menos a¨²n contra la voluntad o sin la voluntad de un ente como la comunidad aut¨®noma afectada, dotada de autonom¨ªa pol¨ªtica".
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