Paso atr¨¢s
EL DELITO de violaci¨®n no acaba de encontrar una l¨ªnea jurisprudencial firme en la interpretaci¨®n de los tribunales. Nuevamente una resoluci¨®n judicial ha dado un paso atr¨¢s en lo que parec¨ªa ser una posici¨®n doctrinal consolidada: que una mujer ha podido ser violada, es decir, obligada a realizar el acto sexual por la fuerza y en contra de su voluntad, y, no obstante, no haber opuesto ante el agresor una resistencia que haga peligrar su vida o su integridad fisica.La decisi¨®n de la Audiencia de Barcelona de archivar una denuncia por violaci¨®n por considerar insuficiente el grado de resistencia opuesta por la v¨ªctima a su agresor retorna a clich¨¦s jurisprudenciales anteriores a la Constituci¨®n. ?O no basta que la v¨ªctima manifieste al presunto agresor que no la toque, que desista de sus prop¨®sitos e, incluso, que intente marcharse del lugar donde se encuentran para deducir razonablemente que el acto sexual pudo realizarse contra su voluntad? Al menos eso es lo que estim¨® el juez instructor que investig¨® la denuncia y que decret¨® el procesamiento y la prisi¨®n preventiva del denunciado. Los hechos eran merecedores, en todo caso, de un debate contradictorio en juicio oral m¨¢s que de la decisi¨®n burocr¨¢tica, apenas motivada, de un auto de archivo judicial. Que, adem¨¢s, constituye un juicio en toda regla sobre la conducta observada por la v¨ªctima, pero sin escucharla. ?O no es tal atribuir su actitud, como temerariamente hacen los jueces, a una especie de treta tendente m¨¢s bien a despertar la libido que a oponerse realmente a la relaci¨®n sexual?
El acusado de violaci¨®n tiene derecho, obviamente, a no ser condenado sin pruebas, pero su presunta v¨ªctima lo tiene tanto o m¨¢s a ser escuchada y a que la justicia se pronuncie sobre hechos contrastados y no sobre atrevidas y arbitrarias introspecciones de psicolog¨ªa femenina. Resoluciones judiciales como ¨¦sta merecer¨ªan ser recordadas como una desgraciada excepci¨®n, como una anomal¨ªa. Ser¨ªa lamentable que presagiaran un retroceso jur¨ªdico y social en los esfuerzos que viene realizando el colectivo judicial por perfilar una interpretaci¨®n al delito de violaci¨®n m¨¢s acorde con la Constituci¨®n y la realidad social.
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