El Tribunal de Estrasburgo deniega toda indemnizaci¨®n del Gobierno a Ruiz-Mateos
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos har¨¢ ma?ana p¨²blica, en Estrasburgo, la sentencia sobre el caso Ruiz-Mateos contra Espa?a. El fallo niega expresamente que el Gobierno espa?ol deba reparar econ¨®micamente a Jos¨¦ Mar¨ªa Ruiz-Mateos, que pidi¨® dos billones de pesetas de indemnizaci¨®n. Por mayor¨ªa, el tribunal declara que el Estado espa?ol ha vulnerado el art¨ªculo 6 del Convenio Europeo de, Derechos Humanos en lo que se refiere al derecho a que las causas sean vistas "dentro de un plazo razonable" y por no haber sido o¨ªdo por el Tribunal Constitucional, al desestimar la cuesti¨®n de inconstitucionalidad planteada por un ¨®rgano judicial sobre la ley expropiadora de Rumasa.
Fuentes del tribunal de Estrasburgo aseguraron a este peri¨®dico que la sentencia no obliga a modificar la ley org¨¢nica del Tribunal Constitucional, sino s¨®lo a cambiar el criterio hasta ahora mantenido por el alto tribunal, que no oye a los interesados antes de resolver las cuestiones de inconstitucionalidad. Tales fuentes precisaron que el nuevo criterio de o¨ªr al interesado s¨®lo ser¨¢ obligado cuando se trate de una cuesti¨®n de inconstitucionalidad sobre una ley de caso ¨²nico, como la ley 7/1983, por la que se expropi¨® Rumasa.En cuanto a la aplicaci¨®n de este criterio a Ruiz-Mateos, otras fuentes jur¨ªdicas consideran que, a la vista de la sentencia, el ex propietario de Rumasa podr¨ªa plantear un recurso de: amparo ante el Tribunal Constitucional para que anulara la sentencia en la que resolvi¨® sin oirle, a fin de que le oyera y despu¨¦s resolviera. Sin embargo, los propios asesores de Ruiz-Mateos, en concreto el letrado Salvador S¨¢nchez Pardo, se?alaron en su d¨ªa que tal soluci¨®n no interesaba, por lo que la demanda ante el tribunal de Estrasburgo se centraba en la indemnizaci¨®n.
Sentencia categ¨®rica
Sobre este punto, la sentencia que se conocer¨¢ ma?ana es categ¨®rica: deniega no s¨®lo la indemnizaci¨®n de dos billones de pesetas solicitada por los abogados de Ruiz-Mateos el 27 de enero ¨²ltimo en la vista celebrada en Estrasburgo, sino cualquier reparaci¨®n econ¨®mica, por considerar que la vulneraci¨®n de derechos declarada no guarda relaci¨®n con los pretendidos da?os producidos al demandante. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos llega m¨¢s lejos en su denegaci¨®n de indemnizaci¨®n, ya que ni siquiera acepta que el Gobierno espa?ol pague a los abogados de Ruiz-Mateos, como tambi¨¦n se solicitaba en la demanda.
La decisi¨®n del tribunal de Estrasburgo desestima la pretensi¨®n de los abogados de Ruiz-Mateos de vincular la vulneraci¨®n de derechos reconocidos en el convenio europeo con la decisi¨®n del Gobierno espa?ol de expropiar Rumasa o con la correcci¨®n constitucional de la ley expropiadora. El tribunal presidido por el alem¨¢n R. Bernhart se ha centrado en la violaci¨®n de derechos durante el proceso ante el Tribunal Constitucional, con ocasi¨®n de la cuesti¨®n planteada por la Audiencia Provincial de Madrid, ante la que se plante¨® un interdicto para recuperar la posesi¨®n de las acciones de RuizMateos en Rumasa.
La sentencia razona que el incumplimiento de los plazos legalmente establecidos para resolver una cuesti¨®n de inconstitucionalidad ha violado el derecho de Ruiz-Mateos a que su causa sea vista "dentro de un plazo razonable", como establece el art¨ªculo 6 del convenio europeo. Asimismo, la falta de audiencia a Ruiz-Mateos ha vulnerado el derecho de defensa y la igualdad de armas, ya que antes de resolver la cuesti¨®n de inconstitucionalidad sobre la ley expropiadora de Rumasa, el Constitucional s¨ª oy¨® al abogado del Estado.
El tribunal de Estrasburgo, razona que en las leyes de caso ¨²nico el afectado debe ser o¨ªdo por el Tribunal Constitucional, ya que el interesado no puede impugnarla directamente ni plantear recurso de amparo sobre la misma. La victoria de Ruiz-Mateos afectar¨¢ a cualquier futura cuesti¨®n de inconstitucionalidad que se plantee contra una ley de caso ¨²nico. El propio Ruiz-Mateos tendr¨¢ que ser o¨ªdo por el Constitucional si, dentro de la mara?a de procesos que mantiene contra el Estado espa?ol, alg¨²n ¨®rgano judicial vuelve a plantear ante el Tribunal Constitucional una nueva impugnaci¨®n de la ley expropiadora de Rumasa.
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