El Constitucional ampara a un preso sancionado por la administraci¨®n penitenciaria
El Tribunal Constitucional ha reconocido a un recluso -sancionado con tres fines de semana de aislamiento- su derecho "a ser informado del contenido de la acusaci¨®n y a no sufrir indefensi¨®n en el expediente disciplinario penitenciario". En consecuencia, el Constitucional ha anulado el acuerdo de la Administraci¨®n Penitenciaria que le sancion¨® y las resoluciones del juez de vigilancia que confirm¨® el castigo. El alto tribunal fundamenta su fallo en que el preso no pudo defenderse, porque s¨®lo se le acus¨® de "insultar a otros reclusos".La sanci¨®n a Manuel J. P. L. le fue impuesta por acuerdo de la Junta de R¨¦gimen y Administraci¨®n de la prisi¨®n de Logro?o el 21 de noviembre de 1991, y confirmada por el juez de vigilancia penitenciaria de dicha ciudad el 1 de diciembre de 1991 y el 3 de febrero de 1992. El recurso de amparo ante el Constitucional, promovido por el recluso "en su propio nombre y representaci¨®n", fue impugnado por el Ministerio Fiscal, que pidi¨® fuera desestimado, ya que, seg¨²n aleg¨®, "no lleg¨® a existir una verdadera y material indefensi¨®n".
En cambio, la sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, de la que ha sido ponente el vicepresidente del alto tribunal Luis L¨®pez Guerra, concede el amparo y lo fundamenta en que, "durante la tramitaci¨®n del expediente sancionador [el recluso] no lleg¨® a obtener una informaci¨®n suficiente de la acusaci¨®n", ya que el pliego de cargos "no conten¨ªa una relaci¨®n circunstanciada de los hechos que se le imputaban".
Conocer los cargos
El alto tribunal se?ala que, aunque el informe emitido por el jefe de servicios conten¨ªa una relaci¨®n detallada de los hechos, al interno s¨®lo se le notific¨® que el expediente disciplinario se hab¨ªa producido por "insultar a compa?eros de internamiento".
La sentencia recuerda que "el derecho de defensa presupone el derecho a conocer los cargos antes de la imposici¨®n de la sanci¨®n", para poder defenderse de los mismos, y ello tambi¨¦n en el ¨¢mbito penitenciario, ya que, citando una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, el r¨¦gimen disciplinario especial de las c¨¢rceles "no significa", dice, "que la justicia se detenga a la puerta de las prisiones".
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