Suspendido el juicio a Gorostiza para ver si es legal una grabaci¨®n sobre blancos de ETA
La Audiencia Nacional suspendi¨® ayer el juicio contra el abogado de Herri Batasuna Txemi Gorostiza, a fin de estudiar si la grabaci¨®n de su conversaci¨®n con el etarra del comando Madrid Juan Ignacio de Juana Chaos en la c¨¢rcel de Alcal¨¢ Meco (Madrid), en la que se mostraba partidario de atentar contra directores de prisiones, pudo vulnerar su derecho fundamental al secreto de las comunicaciones.Txemi Gorostiza, que tambi¨¦n dec¨ªa en la grabaci¨®n haber pasado a la organizaci¨®n terrorista "datos certeros de objetivos", compareci¨® ante el tribunal con toga y rodeado de una veintena de abogados de Herri Batasuna y simpatizantes de su causa para enfrentarse a la petici¨®n de siete a?os de prisi¨®n.
El abogado de Herri Batasuna Kepa Landa consigui¨® ayer imponer su estrategia de defensa y suspender el juicio a Txemi Gorostiza, forzando un pronunciamiento previo del tribunal sobre la eventual nulidad de la grabaci¨®n de conversaciones en la prisi¨®n.
Para ello plante¨® al tribunal cinco cuestiones de gran complejidad jur¨ªdica, de tal forma que los magistrados no pudieran resolver sobre la marcha, sino a trav¨¦s de una resoluci¨®n muy fundamentada que les obligase a suspender la causa. A continuaci¨®n solicit¨® la puesta en libertad de Txemi Gorostiza mientras el tribunal estudiaba el caso. Los jueces decidir¨¢n hoy sobre la liberaci¨®n del abogado.
La fiscal Mar¨ªa Dolores M¨¢rquez contest¨® puntualmente a todos los argumentos de Kepa Landa y pidi¨® que el tribunal resolviese los aspectos dudosos escuchando a los testigos.
Sin resoluci¨®n
El abogado de Herri Batasuna plante¨® que ni antes ni despu¨¦s de las grabaciones en la c¨¢rcel hubo resoluci¨®n judicial alguna y que, aunque el art¨ªculo 51.5 de la Ley General Penitenciaria faculta al director de la c¨¢rcel para "suspender" la comunicaci¨®n entre abogado e interno, debe darse cuenta de los motivos al juez de vigilancia, lo que no se hizo.La fiscal Mar¨ªa Dolores M¨¢rquez esgrimi¨® otro p¨¢rrafo del mismo art¨ªculo (el 51.2), seg¨²n el cual las comunicaciones podr¨¢n ser "intervenidas", adem¨¢s de suspendidas, en los supuestos de terrorismo.
La fiscal a?adi¨® que el director de la c¨¢rcel hab¨ªa tenido previamente "noticias fundadas de consignas entre presos de la organizaci¨®n terrorista ETA y abogados para atentar contra funcionarios", lo que le facultaba para intervenir las comunicaciones.
La propuesta de Landa para que se consultase al Tribunal Constitucional sobre el art¨ªculo 51.5. de la ley Penitenciaria fue tambi¨¦n combatida por la fiscal, que dijo que ¨¦ste ya se pronunci¨® en un recurso de amparo.
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