Solchaga y el suelo
RUBENS HENR?QUEZ HERN?NDEZEl autor sostiene que la disciplina urban¨ªstica ha empeorado en Espa?a, a pesar de las leyes promulgadas por las comunidades aut¨®nomas, y repasa el estado de la cuesti¨®n.
A ra¨ªz de su intervenci¨®n en la convenci¨®n del PSOE en Bilbao, Carlos Solchaga public¨® un art¨ªculo exponiendo sus ideas sobre el intervencionismo y los poderes p¨²blicos en relaci¨®n con el mercado del suelo.Ahora que se ha producido una llamada concreta de atenci¨®n sobre estos problemas, sorprende que en Espa?a ocupen tan poco a la opini¨®n p¨²blica, incluso que ni en los ambientes pol¨ªticos, ni siquiera en los t¨¦cnicos, sean objeto de un tratamiento acorde con su importancia. Como se dice en el art¨ªculo, el suelo es una parte esencial de uno de los bienes de consumo m¨¢s importantes -la vivienda- de las actividades productivas y de servicios y, por tanto, de factores econ¨®micos y sociales primordiales.
El inter¨¦s del debate es, por tanto, excepcional. Carlos Solchaga, adem¨¢s, acierta cuando critica la discrecionalidad de la autoridad urban¨ªstica en Espa?a y la grave incidencia econ¨®mica de la p¨¦rdida de tiempo originada por la intervenci¨®n de las administraciones p¨²blicas; el traslado a los productos inmobiliarios finales del sobrecoste que sufren los operadores econ¨®micos, y el efecto de este sistema en el incumplimiento generalizado de las leyes urban¨ªsticas.
No obstante, la v¨ªa de soluci¨®n aportada se centra exclusivamente en la introducci¨®n en el mercado del suelo de situaciones de competencia, que es una visi¨®n corta dentro de la complejidad del problema. Flexibilizar los usos del suelo para que entren en competencia como medio para abaratar los precios del mercado puede tener efectividad en casos concretos -los usos de oficinas en determinadas zonas urbanas, por ejemplo-, pero tiene poca incidencia en el uso de vivienda, al que se dedica la generalidad del suelo ordenado, y menos a¨²n en la vivienda de car¨¢cter social, de por s¨ª un producto de poco nivel de competencia.
Ciertamente, la pol¨ªtica espa?ola sobre el suelo parte de la base de que los propietarios est¨¢n interesados s¨®lo en el lucro y de que cuanto m¨¢s se les aparte del sistema se ordenar¨¢ mejor el urbanismo, para lo cual se les merma su capacidad de acci¨®n, trasladando las decisiones a la autoridad urban¨ªstica, que es la que debe buscar el inter¨¦s p¨²blico.
Igualmente, cierto es que este planteamiento falla y que uno de sus defectos es ese "complej¨ªsimo sistema de tramitaciones que han de ser resueltas por distintos organismos que a su vez act¨²an con lentitud"; pero Solchaga ofrece un enfoque superficial en su an¨¢lisis de las razones por las que la Administraci¨®n no logra sus objetivos.
El problema, que es m¨¢s profundo, comienza con un fallo b¨¢sico de la pol¨ªtica de suelo: el conceder la mayor importancia en la ley al ¨¢mbito de la ordenaci¨®n, y se acrecienta -en ese mismo ¨¢mbito- con lucubraciones que llegan a desenfocar su planteamiento.
En este cap¨ªtulo de consideraciones est¨¢ la reciente ley de 1990, que da un paso, digamos, progresista, al extender al suelo urbano el sistema de regulaci¨®n de los aprovechamientos edificables, de derechos y deberes, en los que se alinean las participaciones de la Administraci¨®n en el suelo, pero la cr¨ªtica especializada ha se?alado ya que el sistema es tan complejo que es casi imposible ponerlo en pr¨¢ctica y que se est¨¢ produciendo una creciente resistencia en su aplicaci¨®n.
Y lo que no se dice sobre este desenfoque -por un generalizado desconocimiento del problema- es que, en el fondo, la filosof¨ªa esencial de la ley, al operar sobre unos plazos perentorios para que el suelo se urbanice, castigando simult¨¢neamente al propietario que los inclumple mediante expropiaciones a unos precios artificiosos, fue exactamente el planteamiento de la ley espa?ola de 1945, que luego la ley de 1956 generaliz¨®, con un resultado hist¨®rico que ser¨ªa bueno repasar. A¨²n m¨¢s: el montar un sistema absolutamente artificioso de valoraci¨®n del suelo al servicio de esa pol¨ªtica es, por un lado, un claro retroceso respecto a la ley de 1975, en la que se cambia el valor-artificio por una contemplaci¨®n de los valores del mercado en su versi¨®n fiscal; y, por otro lado, supone que a la pol¨ªtica espa?ola del suelo se le par¨® el reloj en uno de los acontecimientos hist¨®ricos m¨¢s importantes del siglo, que puede simbolizarse en la ca¨ªda del muro de Berl¨ªn.
Si pasamos de este primer cap¨ªtulo de la ordenaci¨®n al cap¨ªtulo en el que reside la mayor parte del problema, el de la gesti¨®n, ni siquiera la ley de 1975 supo dar un paso necesario en la aportaci¨®n creativa de nuevos sistemas de actuaci¨®n, manteniendo un preponderante protagonIsmo del sector p¨²blico, que supone atribuirle capacidad de gesti¨®n a una Administraci¨®n -en todo su entramado municipal, central y auton¨®mico- cuya eficacia sigue siendo todav¨ªa un reto pendiente en la pol¨ªtica general del Estado.
Antes de terminar, hay que dejar constancia de que uno de los errores singulares de la pol¨ªtica espa?ola del suelo reside en el tratamiento fiscal de ¨¦ste, necesario, por una parte, por el papel regulador de los tributos en toda actividad de mercado, y, por otra parte, por la posibilidad -ampliamente utilizada hace a?os en los pa¨ªses m¨¢s significados de Europa- de una acci¨®n Impositiva desagregada de la fiscalidad general, que permita su reversi¨®n en la obtenci¨®n de suelo de gesti¨®n p¨²blica por el medio m¨¢s claramente no inflacionista.
Un elemental conocimiento de la historia reciente ense?a que la fiscalidad del suelo iniciada en 1956 y reajustada en 1975 pas¨® a la legislaci¨®n de r¨¦gimen local y, finalmente, al concentrarse con otros tributos en el impuesto sobre bienes inmuebles -en un af¨¢n simplificador a ultranza-, se llega al extremo de que en Espa?a se abandona toda fiscalidad espec¨ªfica sobre el suelo, de car¨¢cter peri¨®dico, y se act¨²a s¨®lo desde ese impuesto donde se trata al suelo igual que a la vivienda social, con incidencias como la ocurrida recientemente cuando la presi¨®n social hizo suspender la revisi¨®n del catastro, suceso realmente tercermundista, porque el catastro -determinaci¨®n f¨ªsica, jur¨ªdica y econ¨®mica de los bienes inmuebles- no es un instrumento de la pol¨ªtica fiscal, sino un necesario conocimiento de los datos inmobiliarios de naturaleza urbana, y mal se puede resolver un problema si no existe informaci¨®n adecuada sobre la que operar.
Es evidente que, en este ¨²ltimo aspecto, a Solchaga le cabe una importante responsabilidad de la que quiz¨¢s derive subconscientemente su actual preocupaci¨®n. Pero quede claro que no se pretende aqu¨ª tratar este tema.
De la generalidad del problema da idea el que, habiendo promulgado la mayor¨ªa de las comunidades aut¨®nomas su propia ley de disciplina urban¨ªstica, ¨¦sta se ha empeorado progresivamente, y el que en estos pe?ascos en los que uno escribe no solamente se est¨¢ haciendo un tratamiento suicida del territorio -su recurso econ¨®mico m¨¢s importante-, sino que su peculiar crisis, incluyendo la situaci¨®n ruinosa de las corporaciones locales isle?as, est¨¢ en parte motivada por un tratamiento econ¨®mico negativo de las actividades que operan sobre el suelo.
Como dice Solchaga, es preciso introducir en la legislaci¨®n sobre el suelo una visi¨®n econ¨®mica, quiz¨¢s incorporando economistas, pero no para preocuparse de las cuestiones de competencia; lo que es preciso es un tratamiento de pol¨ªtica econ¨®mica resultado del estudio en profundidad de todo el problema. En cualquier caso, ciertamente, bien venido sea el debate.
arquitecto de Hacienda jubilado, ex decano del Colegio de Arquitectos de Canarias y diputado constituyente por Santa Cruz de Tenerife.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.