P¨¦rdida de documentos en el juzgado, retraso de querellas o irrupci¨®n policial por error
El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) inform¨® en los tres ¨²ltimos meses a favor de la mitad de unas veinte peticiones de indemnizaci¨®n por anormal funcionamiento de la Administraci¨®n de justicia. En total, m¨¢s de 50 millones de pesetas, que corresponde pagar al Estado, por hechos tales como el retraso de una querella o de un embargo, la dilaci¨®n de causas que acarrea la prescripci¨®n del delito, la violenta irrupci¨®n policial en un domicilio de madrugada, el extrav¨ªo de unos documentos decisivos para un proceso o la p¨¦rdida de 32 prendas depositadas.
Los ciudadanos se van acostumbrando cada vez m¨¢s a invocar el art¨ªculo 121 de la Constituci¨®n, seg¨²n el cual "los da?os causados por error judicial, as¨ª como los que sean consecuencia del funcionamiento anormal de la Administraci¨®n de justicia, dar¨¢n derecho a una indemnizaci¨®n a cargo del Es tado conforme a la ley". En los casos de error judicial es m¨¢s complicado demostrarlo, porque es preciso que as¨ª lo reconozca un tribunal.Pero en los supuestos de anormal funcionamiento judicial, el CGPJ est¨¢ manteniendo un criterio amplio en sus informes no vinculantes, que, en caso de ser asumidos por el Ministerio de Justicia -hasta ahora muy taca?o en esta materia-, servir¨¢n de compensaci¨®n a los perjudicados por el deficiente servicio judicial, que varias sentencias del Tribunal Constitucional han vinculado al derecho fundamental de la tutela judicial efectiva.
A principio de a?o se hizo p¨²blico el nuevo criterio del CGPJ al informar a favor de la concesi¨®n de cuatro millones de pesetas de indemnizaci¨®n a dos personas acusadas por "meras sospechas" de pertenecer a Terra Lliure y que, tras permanecer 317 d¨ªas privadas de libertad, fueron absueltas por la Audiencia Nacional. En total, los informes del CGPJ emitidos en los tres ¨²ltimos meses avalan indemnizaciones por m¨¢s de 50 millones de pesetas, adem¨¢s de los casos en que el importe no est¨¢ fijado.
Querella dormida siete a?os. Marcial Alonso Prieto pide 25 millones de pesetas por lo que califica de "dilaci¨®n maliciosa de la Administraci¨®n de justicia" en relaci¨®n con una querella presentada en 1985 en un juzgado de Vitoria contra Finanzauto y el entonces Banco Hispano Americano, por supuesta estafa con ocasi¨®n de la venta al reclamante de un autocar. El CGPJ estima "excesivo e injustificable que una querella iniciada en junio de 1985 no haya dado lugar a¨²n a la celebraci¨®n del juicio oral", e informa a favor de la reclamaci¨®n.
Asalto policial de madrugada. Ana Nef Tortosa y Manuel Villalta Torrecillas piden al Ministerio de Justicia que les indemnice por la irrupci¨®n en su casa, en San Adri¨¢n de Besos (Barcelona), en la madrugada del 1 de noviembre de 1991, de "una treintena de polic¨ªas con equipos de operaciones especiales, chalecos antibalas, metralletas, explosivos, m¨¢scaras antig¨¢s, pasamonta?as y todo el material de asalto". Una hija de los reclamantes, embarazada de ocho meses, y otra, con 15 a?os, estaban durmiendo cuando la polic¨ªa rompi¨® a golpes la puerta blindada. El yerno, que se dirigi¨® a los asaltantes al o¨ªr el ruido, se vio rodeado por polic¨ªas especiales que le enca?onaron y redujeron en el suelo sin dejar de apuntarle.
Aunque la actuaci¨®n policial -detener a dos pr¨®fugos- estaba autorizada por un juez, al margen del error, cometido, el CGPJ razona que "el empleo de violencia innecesaria constituye sin duda un supuesto de anormal funcionamiento de la justicia", ya que el derecho a la inviolabilidad de domicilio "no queda eliminado por el hecho de que exista una resoluci¨®n judicial de entrada y registro, sino que sigue teniendo virtualidad para imponer a quien la lleva a cabo una entrada ajustada al principio de proporcionalidad y m¨ªnima intervenci¨®n". Se?ala que no se produjo "resistencia de los moradores" para justificar el da?o.
Delito prescrito por retraso. Juan Pablo Plaza D¨ªaz reclama cuatro millones de pesetas porque, tras presentar en un juzgado de Madrid una querella por calumnias e injurias en junio de 1986, y a pesar de 1as innumerables gestiones" realizadas para que se celebrara el juicio, ¨¦ste no tuvo lugar hasta cuatro a?os despu¨¦s. La Audiencia Provincial de Madrid absolvi¨® a los querellados por prescripci¨®n del delito, ya que la causa estuvo paralizada m¨¢s de dos a?os. El CGPJ informa a favor de la indemnizaci¨®n, y razona que, aunque la paralizaci¨®n se debiera a la preferencia de las causas con preso, "la parte perjudicada no tiene obligaci¨®n de soportar" tal circunstancia.
El embargo lleg¨® tarde. B¨¢rbara Knebel pide al Estado una indemnizaci¨®n de m¨¢s de 14,5 millones de pesetas, importe que dej¨® de percibir porque, a causa del extrav¨ªo de unos documentos, cuando un juzgado de Ibiza fue a embargar bienes tras un pleito por un contrato de traspaso, hab¨ªan pasado dos a?os y la demandada ya hab¨ªa vendido la finca objeto de embargo. S¨®lo pudieron reten¨¦rsele 20.677 pesetas. El CGPJ informa a favor la reclamaci¨®n, por entender que el aseguramiento del embargo "ha de practicarse con urgencia". .
Recurso extraviado. Diego M¨¢rquez Horrillo reclama al Ministerio de Justicia los cinco millones de pesetas que dej¨® de percibir de la revista Tiempo, que en mayo de 1990 fue condenada por la Audiencia Provincial de Madrid, en aplicaci¨®n de la Ley de Protecci¨®n Civil al Honor, Intimidad y Propia Imagen. El motivo de la reclamaci¨®n es que el extrav¨ªo origin¨® que el Supremo anulara casi seis a?os de actuaciones, por lo que hay que repetir toda la apelaci¨®n. El CGPJ estima que se produjo da?o por funcionamiento anormal de la justicia y recuerda que la ley impone a los secretarios judiciales la guarda y dep¨®sito de los documentos".
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