Un poder legislativo reforzado
De cumplirse el contenido de la reforma constitucional, se aten¨²a el poder presidencial y se refuerza la independencia del poder legislativo. La C¨¢mara constituyente, con 350 esca?os, redactar¨¢ la nueva Carta Magna, que permitir¨¢ la reelecci¨®n del presidente por cuatro a?os. Se crea la figura del jefe de Gabinete, que ser¨¢ nombrado por el presidente y podr¨¢ ser destituido por el Congreso.
El presidente no tendr¨¢ la obligaci¨®n de ser cat¨®lico, y accede al cargo por sufragio directo.
Se establece la Auditor¨ªa General de la Naci¨®n para controlar al Gobierno. Sus miembros ser¨¢n designados por el Congreso, al igual que los principales directivos del Banco Central.
Se crea el Consejo de la Magistratura para que regule la designaci¨®n de jueces. El Ejecutivo se compromete a aceptar sus nombramientos.
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