Contratas limpias
LA CORRUPCI?N pol¨ªtica tiene su m¨¢s f¨¦rtil campo de cultivo en los contratos de las administraciones. Comisiones ?legales, abuso de la contrataci¨®n. directa -a dedo-, pol¨¦micas variaciones de los proyectos iniciales: ¨¦stas son las principales lacras que adornan el sistema. Las que permiten la financiaci¨®n ?legal de los partidos, el enriquecimiento de los -intermediarios, el surgimiento de la picaresca y el descr¨¦dito de la propia Administraci¨®n. Para acabar con estas pr¨¢cticas urge una ley que clarifique al detalle los procesos de contrataci¨®n de obras y servicios p¨²blicos. Esta ley no ser¨¢ una panacea para acabar con todas las corruptelas, pero permitir¨¢ exigir responsabilidades a los transgresores, si funcionan como deben los mecanismos y los ¨®rganos de control. El Congreso debate hoy el proyecto de ley de contratos de las administraciones p¨²blicas remitido hace tres meses. La nueva norma sustituir¨¢ a la vieja Ley de Contratos del Estado, de 1965. ?sta era apropiada para su tiempo. Pero se ha convertido ya en una antigualla: ni se adapta al creciente papel inversor del Estado, ni a la descentralizaci¨®n administrativa surgida en torno a autonom¨ªas y ayuntamientos, ni a las ex?gencias de la normativa comunitaria sobre contratos de obras y suministros.
Ojal¨¢ el proyecto de ley llegue a buen puerto y su recorrido parlamentario no quede interrumpido por calendarios electorales. El primer intento del Gobierno de elaborar una nueva ley de contratos del Estado, puesto en marcha no hace todav¨ªa dos a?os, qued¨® truncado por el adelanto de las elecciones generales del pasado 6 de junio. Esta ley es la pionera de cuantas medidas integran el paquete sobre el impulso democr¨¢tico anunciado por Felipe Gonzalez en v¨ªsperas de dichas elecciones. Form¨® el tr¨ªo de medidas Gunto a la revisi¨®n del sistema de financiaci¨®n de los partidos pol¨ªticos y la disminuci¨®n de los gastos electorales) prometidas por el presidente del Gobierno en el debate sobre el estado de la naci¨®n... de marzo de 1992, cuando los s¨ªntomas de corrupci¨®n comenzaban a hacer irrespirable el clima social y pol¨ªtico del pa¨ªs.
Entre octubre de 1992, cuando el Gobierno aprob¨® el proyecto de ley que quedar¨ªa aparcado por las elecciones del 6 de junio, y mayo de 1994 han aflorado un sinf¨ªn de nuevos casos de corrupci¨®n relacionados con las contratas p¨²blicas -el caso Rold¨¢n, especialmente- Deben ser tenidos en cuenta a la hora de mejorar el texto que hoy se debate en el Parlamento para convertirlo en un instrumento disuas¨®rio frente a las nuevas pr¨¢cticas de corruptores y corruptos. El proyecto d¨¦ ley ha sido actualizado al menos en un punto: el que agrava las sanciones contra gestores y funcionarios p¨²blicos que cometan irregularidades en la contrataci¨®n. No era coherente poner el acento en las actuaciones de empresa! o particulares que intentan sobornar al poder pol¨ªtico, pero no en las autor?dades y funcionarios sobornables.
La nueva ley de contratos de las administraciones p¨²blicas supone un importante avance t¨¦cnico respecto de la de 1965. Es m¨¢s transparente, agiliza y simplifica los tr¨¢mites burocr¨¢ticos, introduce elementos de coordinaci¨®n entre las distintas administraciones en el ¨¢mbito del proceso concursal y generaliza el principio de publicidad. Impide adem¨¢s el acceso a los contratos p¨²blicos de las personas que "no son merecedoras de la confianza que la relaci¨®n contractual con las administraciones p¨²blicas implica". Su aprobaci¨®n deber¨ªa ser el punto de partida de pr¨¢cticas m¨¢s transparentes y ajustadas a la legalidad que los modos de contrataci¨®n de obras y servicios p¨²blicos puestos en circulaci¨®n por los socialistas en nombre de la eficacia y de la flexibilidad de la acci¨®n del Gobierno.
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