Los nuevos planes de pensiones especiales tendr¨¢n liquidez y desaparecer¨¢n el 1 de enero del a?o 2000
Los planes de ahorro popular (PAP) ya tienen recambio, a pesar de no haber visto nunca la luz. Los sustitutos, seg¨²n recoge el proyecto de ley de Supervisi¨®n de los Seguros Privados, se denominar¨¢n planes de pensiones especiales. Estos nuevos instrumentos de ahorro comenzar¨¢n a funcionar el 1 de enero de 1995, pero s¨®lo estar¨¢n en vigor, de momento, hasta el 1 de enero del a?o 2000.El proyecto de ley -que consta de 90 art¨ªculos, 15 disposiciones adicionales y 18 disposiciones transitorias- explica que las aportaciones m¨¢ximas que se podr¨¢n realizar a los planes de pensiones especiales ser¨¢n de car¨¢cter definido. ?stas tendr¨¢n el mismo tratamiento fiscal que las destinadas a los planes de pensiones tradicionales, es decir, la desgravaci¨®n del 15% en la cuota del IRPF. El nuevo mecanismo no podr¨¢ recibir aportaciones de los fondos de pensiones existentes. Al acabar su vida -el 1 de enero del 2.000-, las aportaciones que tenga cada plan de pensiones especial podr¨¢ ser recibido ¨ªntegramente, y en un pago, por el titular o ser destinado a un fondo de pensiones tradicional.
La nueva regulaci¨®n del sector asegurador tambi¨¦n clarifica definitivamente que las aportaciones m¨¢ximas permitidas a los planes de pensiones existentes debe ser de 750.000 millones de pesetas. Adem¨¢s, en la disposici¨®n adicional decimosexta elimina los fondos internos, aunque establece como excepciones los controlados por entidades de cr¨¦dito, aseguradoras y sociedades y agencias de valores.
El proyecto de ley reordena la legislaci¨®n sobre seguros existente en Espa?a para armonizarla con la comunitaria, y aprovecha para introducir importantes modificaciones, sobre todo en los referente a las indemnizaciones por accidentes de circulaci¨®n. En concreto, establece que el importe m¨¢ximo del aseguramiento obligatorio sea, a partir del 1 de enero de 1995, de 35 millones de pesetas por v¨ªctima en los da?os a personas y de 10 millones por siniestro para da?os en bienes.
El texto detalla minuciosamente la valoraci¨®n de los da?os y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulaci¨®n y fija unas tablas de indemnizaci¨®n que contemplan desde la muerte hasta la m¨¢s peque?a minusval¨ªa. Por ejemplo, una de esas tablas- se?ala que el c¨®nyuge de un fallecido, sin hijos y con una edad comprendida entre 19 y 65 a?os, tiene derecho a percibir 12 millones en concepto de da?o moral.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.