El Tribunal de la UE puede obligar a Espa?a a derogar la legislaci¨®n sobre delitos monetarios
El Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea (TJCE) declarar¨¢ incompatible la legislaci¨®n espa?ola sobre delitos monetarios (Ley de Control de Cambios), que rige la circulaci¨®n internacional de capitales, con la directiva comunitaria si, como suele ser habitual, sigue la recomendaci¨®n del abogado general de la m¨¢xima instancia judicial de la UE, Giuseppe Tesauro, que ayer se pronunci¨® en este sentido. Tal sentencia obligar¨ªa a sobreseer los juicios pendientes o a absolver a los acusados. El Gobierno teme que suponga un rev¨¦s a la lucha contra el narcotr¨¢fico y el terrorismo.
El UCE dar¨¢ a conocer, probablemente en enero, su respuesta a la cuesti¨®n prejudicial que le fue planteada el 19 de junio por el juez ?ngel Calder¨®n, de la Audiencia Nacional, sobre la posible incompatibilidad entre la ley espa?ola de delitos monetarios y la directiva comunitaria de 1988 que consagra la libre circulaci¨®n de capitales.Esta directiva fue introducida en Espa?a el 1 de febrero de 1993 pero con una salvedad: para poder sacar del pa¨ªs m¨¢s de cinco millones de pesetas en billetes o cheques al portador, el viajero necesita una autorizaci¨®n previa de la Direcci¨®n General de Transacciones Exteriores. Si no la posee puede ser sancionado con multa y con una condena de hasta 12 a?os de c¨¢rcel.Tres meses antes, en noviembre de 1992, hab¨ªa sido detenido en las frontera hispanofrancesa de La Jonquera el italiano Aldo Bordessa que taba cruzar a Francia con 50 millones de pesetas en billetes, ocultos en un doble fondo del maletero y en el interior de los asientos traseros de un aut¨®movil Mercedes.El fiscal Florentino Ort¨ª, convencido de que el dinero transportado por Bordessa proced¨ªa del narcotr¨¢fico, solicit¨® para el acusado seis meses de arresto mayor y una ulta de 20 millones as¨ª como el decomiso del dinero aprehendido. El abogado de Bordessa, Jos¨¦ Colls Alsius, hizo, en cambio, hincapi¨¦ en la incompatibilidad de la restricci¨®n espa?ola con la normativa comunitaria.
El juez Calder¨®n le hizo caso, plante¨® la cuesti¨®n prejudicial a prop¨®sito de Bordessa y lo volvi¨® a hacer tras la detenci¨®n en Francia de Vicente Mar¨ª y Concepci¨®n Barbero, matrimonio valenciano que transportaba 38 millones en billetes. Desde entonces, en una cuarentena de juicios pendientes, los magistrados ni siquiera se han molestado en consultar al UCE porque su respuesta ser¨¢ v¨¢lida para todos.El TJCE tardar¨¢ a¨²n un par de meses en contestar pero el abogado general, una figura a caballo entre el ministerio fiscal y un asesor jur¨ªdico de la Corte, lo hizo ayer. En sus conclusiones, a las que el tribunal suele justar su dictamen, afirma que la autorizaci¨®n administrativa previa que exige Espa?a se opone a la directiva 361. No as¨ªla cumplimentaci¨®n de una mera declaraci¨®n administrativa. Asegura adem¨¢s el italiano Tesauro que la directiva 361 tiene efecto en la legislaci¨®n espa?ola y puede, por tanto, ser invocada por un particular ante el Estado espa?ol."Sus conclusiones", afirmaba ayer satisfecho el abogado de Bordessa, "son totalmente favorables a la tesis que he mantenido en el sentido de que la directiva comunitaria se opone a la aplicaci¨®n de la Ley espa?ola".Tesauro ha desestimado as¨ª los argurnentos del Ministerio de Asuntos Exteriores y la fiscal¨ªa de la Audiencia Nacional que alegaron, primero por escrito y despu¨¦s oralmente, el 4 de octubre, durante la vista oral, que la restricci¨®n r¨ªo equivale a una traba para las transacciones exteriores.
Sostuvieron que al ser delito la carencia de autorizaci¨®n, la Administraci¨®n puede "averiguar a fondo la procedencia y el destino" del dinero intervenido, algo especialmente importante en Espa?a porque "existe un nivel muy alto de fraude fiscal que se ver¨ªa enormemente acentuado si se pudieran sacar del territorio grandes sumas de dinero no identificado de forma clandestina, sin que exista el mas m¨ªnimo riesgo de que dicha conducta sea calificada como delito".
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- Adjudicaci¨®n contratos
- Tribunal Justicia Uni¨®n Europea
- Leyes Ordinarias
- Delitos fiscales
- Contratos administrativos
- Sentencias
- Derecho administrativo
- Uni¨®n Europea
- Hacienda p¨²blica
- Tribunales
- Organizaciones internacionales
- Poder judicial
- Sanciones
- Delitos
- Juicios
- Relaciones exteriores
- Normativa jur¨ªdica
- Finanzas p¨²blicas
- Espa?a
- Sucesos
- Proceso judicial
- Legislaci¨®n
- Administraci¨®n p¨²blica
- Finanzas
- Justicia