Protecci¨®n al consumidor
En relaci¨®n al contenido del escrito titulado Protecci¨®n al consumidor, publicado como carta al director (EL PA?S, 1 de noviembre, Madrid), en el cual se manifiesta- que la Subdirecci¨®n General de Protecci¨®n al Consumidor no hab¨ªa actuado con la debida diligencia en relaci¨®n a una reclamaci¨®n planteada por el titular de la carta contra una tintorer¨ªa, me gustar¨ªa aclarar algunas inexactitudes que deterioran injustamente la imagen de la Administraci¨®n.Con fecha 21 de julio de 1994 se recibi¨® la reclamaci¨®n; con fecha 26 de julio de 1994, por escrito dirigido a la tintorer¨ªa, se intent¨® la conciliaci¨®n entre las partos, con el fin de aclarar el contenido de los hechos reclamados, y que se propusiese una soluci¨®n al problema planteado; con fecha 25 de agosto de 1994 se recibi¨® contestaci¨®n de la tintorer¨ªa manifestando que no hab¨ªa habido un deterioro en la prenda por el tratamiento aplicado, sino, una p¨¦rdida normal de color debido al uso; no obstante, se volvi¨® a tratar la prenda. Con fecha 1 de septiembre de 1994 se da traslado al reclamante de la contestaci¨®n enviada por la tintorer¨ªa, contestando la reclamante, con fecha 12 de septiembre, manifestando su desacuerdo con lo expuesto por la tintorer¨ªa; con fecha 26 de septiembre de 1994 se le comunic¨® el archivo de su reclamaci¨®n, dada la imposibilidad de reunir los elementos de prueba necesarios para acreditar el color y el estado del cuello de la prenda previo al servicio.
A tenor de la exclusiva capacidad sancionadora de la Administraci¨®n para garantizar la tutela. de los intereses de los consumidores, la misma se debe realizar bas¨¢ndose en hechos proba dos. No obstante, a la raz¨®n social reclamada se le han realizado actuaciones de oficio, a fin de comprobar el cumplimiento de la normativa vigente, habi¨¦ndosele incoado expedientes sancionadores por las infracciones administrativas observadas. La no entrega de la prenda por parte de la tintorer¨ªa parece ser que es una decisi¨®n unilateral, independiente de la actuaci¨®n administrativa, no habiendo mantenido el presente organismo contacto alguno al respecto.-
Subdi.rector general de Protecci¨®n al Consumidor.
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